¿Por quien esta formada tu unidad familiar?
Tu unidad familiar puede no ser tu familia
Todas las personas físicas que obtienen rentas de una fuente o de otra son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta de las personas físicas que después exista obligación o no de realizar la declaración eso es tema aparte.
Este impuesto permite su presentación de dos formas diferentes consignando tus rentas individualmente o bien conjuntamente con las personas que forman tu unidad familiar, pero aunque parezca extraño tu familia puede no ser tu unidad familiar , por lo que es necesario que te leas la ley del IRPF para saber quien es tu familia pues en caso contrario te puede caer una sanción. Y tu pensando que te echabas en la cama con tu pareja o como en mi caso con ella y mi gato y ahora resulta que en vez de acostarme con mi mujer me acuesto con alguien que no se si forma parte de mi familia o no.
Y ahora tu te preguntaras si los amigos de mis amigas son mis amigos como cantaba el grupo Objetivo Birmania por mitad de los años 80 como es posible que hacienda establezca que mi familia no es mi familia ¡uh, vaya lío! que nos han hecho estos en el impuesto sobre la renta.
Y es que en España existen dos tipos de unidad familiar:
La primera de ellas formada por los cónyuges no separados legalmente y los hijos menores de edad que convivan con sus padres así como aquellos hijos que aun siendo mayores de edad se encuentras acogidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
La segunda de las modalidades entre las que se encuentren las controvertidas parejas de hecho estará formada por el padre o la madre y los hijos que cumplan las condiciones anteriores.
Para aplicarse la reducción de esta segunda modalidad es necesario que no exista convivencia entre el padre y la madre de los hijos
Lo cual es lo que hace posible que para hacienda tu familia no forme parte de tu unidad familiar por lo que tendremos que andarnos atentos
Vamos a poner un ejemplo de la vida real una pareja de hecho que acaban de tener un hijo en común pero que ella anteriormente ha tenido otro hijo de otra relación, en este caso podrían existir dos unidades familiares totalmente distintas aun cuando existe un hijo en común, la formada por el padre y la hija que acaba de nacer y una segunda unidad familiar formada por la madre y el hijo de la anterior relación.
Si los tiempos cambian y vivimos en un país con la mente aparentemente cada vez más abierto ¿no deberían cambiar también las leyes?
Ahora bien mientras no cambien estas leyes y nos podamos aprovechar de ellas pues aprovechémonos.
Por cierto para algún despistado que pueda estar leyendo esto, cabe recordar que la mayoría de edad en España se cumple a los 18 años y en aquel periodo impositivo en el que el hijo cumpla los mismos antes del 31 de Diciembre no formaran parte de la unidad familiar del contribuyente, lo cual supondrá que no será necesario incluir las rentas del hijo en la declaración de la renta, lo que no impide por otra parte que si se pueda aprovechar del mínimo personal y familiar.
