SUBVENCION PARA AUTONOMOS MADRID
¿A QUIEN VA DIRIGIDA?
Podrán beneficiarse de esta ayuda las personas físicas que se dan de alta como trabajadores autónomos en el ejercicio 2015 con el fin de realizar una actividad por cuenta propia y en su propio nombre .
La actividad debe realizarse en la comunidad de
¿DE QUE CUANTIA ES LA SUBVENCION DE LA COMUNIDAD DE MADRID ESTINADA A AUTONOMOS?
– Con carácter general 2500 euros.
– 2800 cuando se trate de una mujer desempleada, desempleado mayor de 45 años o parado de larga duración situación de desempleo e inscrito en el inem por un plazo superior a 12 meses
– 3080 Mujeres que hayan sido víctimas de violencia de genero
En los tres casos anteriores la cantidad de gastos a justificar serán 3125 euros (excluido el IVA)
¿QUE REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LOS AUTONOMOS PARA TENER DERECHO A LA SUBVENCION?
– Inscripción previa en el INEM. Por lo que será necesario que se indique al asesor fiscal si se encuentra o no dado de alta como autónomo ya sea en la seguridad social o en la mutua equivalente
– No haber realizado la misma actividad durante los 6 meses anteriores al haber solicitado el alta.
– Justificar los gastos relacionados con su inicio de actividad.
Si se cumplen los requisitos deberá de mantenerse la actividad durante un plazo de 3 años pues en caso contrario debería de reintegrarse la subvencion
¿QUE GASTOS CUENTAN A EFECTOS DE LA JUSTIFICACION?
– Honorarios de notario, registrador e ingenieros técnicos como consecuencia de la constitución y puesta en marcha de la actividad empresarial.
– Honorarios de letrados, asesores y gastos de gestoría relativos a la constitución y puesta en marcha de la actividad empresarial.
– Registro de patentes y marcas.
– Traspaso del negocio.
– Tasa de inspección sanitaria y licencias urbanísticas.
– Alquiler de local para el desarrollo de la actividad correspondiente a los tres primeros meses.
– Desarrollo de página WEB y otras aplicaciones de comercio electrónico que sean necesarios para el ejercicio de la actividad.
– Gastos efectuados en la reforma y mejora del local destinado a la actividad profesional a desarrollar por el solicitante.
– Gastos relativos al Servicio Obligatorio de Prevención a los autónomos que contraten a su primer trabajador, durante el primer año.
– Gastos realizados para el Alta en Internet.
– Gastos correspondientes al pago de la cuota del régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo que hayan capitalizado el desempleo en su modalidad de pago único. En el caso de que se haya solicitado el pago único de la prestación contributiva en su modalidad de capitalización total, se excluirá de este gasto el 50 % de la cuota calculada sobre la base mínima
Los gastos deberán de realizarse entre el mes anterior al día del alta y el 31 de Diciembre
¿QUE PLAZO TENGO PARA SOLICITAR LA SUBVENCION?
El plazo para solicitar la subvención será hasta el 31 de Octubre en el caso de que a esa fecha no se haya iniciado la actividad será necesario una declaración responsable del futuro autónomo comprometiéndose a iniciar la misma en lo que queda de año.
Dado que la subvención se puede solicitar desde el 6 de febrero cuanto antes se solicite la misma mejor pues el dinero destinado a la misma se encuentra limitado
¿QUE PLAZO EXISTE PARA SABER SI ME CONCEDEN LA SUBVENCION?
El plazo de resolución será dos meses sino se contesta en dicho plazo se tendrá por rechazada.
¿QUE PLAZO TENGO PARA JUSTIFICAR LOS GASTOS?
– 31 de enero del año 2016.
– En el caso de que la concesión se notificase una vez finalizado el ejercicio económico en el mes siguiente al de la notificacion
Espero que llegue ese ayuda que se lleva diciendo desde hace tiempo porque no se entiende que tengamos que pagar 250 euros solo por montar un negocio porque si que tengo que recaudar para que me quede un margen amplio para poder vivir, son unos estafadores