La clausula suelo un quebradero mas para el contribuyente a la hora de hacer la declaración
El año 2016 o el año 2017 sera un año clave para aquellos que hayan obtenido la devolución del dinero procedente de la clausula suelo injustamente impuesta por las entidades financieras.
¿Qué consecuencias fiscales tiene la devolución de la clausula suelo en la renta del contribuyente?
Hacienda lo ha dejado claro la devolución de la clausula suelo no sera un ingreso a incluir en la declaración de la renta ahora bien que no suponga un ingreso no significa que como cualquier otra cantidad que se reciba Hacienda no vaya a estar atento para meter mano y aumentar las arcas del estado a consta de unos pocos.
La determinación de la forma en la que haya de incluirse dichas cantidades obtenidas como consecuencia de la devolución de la clausula suelo dependerá de en que concepto hubiesen sido incluidas en las declaraciones anteriores por el contribuyente.
Podemos diferenciar dos hechos diferentes que pueden obligar al contribuyente a tener que regularizar sus rentas:
- Los intereses indebidamente cobrados procedentes de la devolución de la clausula suelo fueron incluidos en la base de la deducción por inversión vivienda habitual.
En dicho caso el contribuyente se habrá aplicado una deducción por una cantidad que le ha sido devuelta por lo que no seria justo que se hubiese aplicado una deducción por dichas cantidades, habrá que devolver dichas cantidades para ello le daremos el mismo tratamiento que a otras deducciones que se pierdan el derecho de deducción con la diferencia de que no habrá intereses de demora.
Esta medida no debe afectar a aquellos contribuyentes que hubieran superado el limite de base de deducción y entendemos que tampoco a aquellos cuya renta hubiese salido al misma cantidad a devolver o pagar independientemente de que se haya incluido o no la deducción aunque esto ultimo seria cuestión de análisis
- Las cantidades abonadas habían sido incluidas como gasto deducible
Hecho que sucede por ejemplo en los arrendamientos de inmuebles donde el contribuyente puede incluir como gasto deducible los intereses abonados por la adquisición del propio inmueble, en dicho caso existirá obligación de presentar una declaración complementaria minorando los gastos deducibles en dichos importes. Solo habra que regularizar aquellas declaraciones que no hayan prescrito.
¿Deberá el contribuyente regularizar aquellas cantidades que hayan sido destinadas a amortizar parte del préstamo?
Si el contribuyente con derecho a aplicar la deducción por inversión de vivienda habitual hubiese optado por amortizar parte del préstamo deberá tener en cuenta que las cantidades pagadas anteriormente no pueden dar derecho a aplicarse nuevamente la deducción por inversión de la vivienda por lo que la base de deducción estará formada unicamente por los recibos del préstamo hipotecario u otras cantidades distintas que se hubiesen pagado relativas a la adquisición de la vivienda
¿Como tributan las costas procesales y los intereses indemniza torios pagados conjuntamente con la clausula suelo?
- Intereses indemnizatorios
Dichos intereses no pueden tener la consideración de rendimientos del capital mobiliario y deben calificarse como ganancia patrimonial que se incluirá en la la base imponible del ahorro , pues se trata de intereses indemnizatorios que tratan de resarcir al contribuyente del perjuicio causado
- Costas procesales
Las costas procesales forman parte de la base imponible general sin que puedan descontarse los gastos de defensa jurídica pagados pues esta ganancia patrimonial no deriva de una transmisión
Y tu ¿ ya has cobrado la clausula suelo?
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