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¿Qué es la unidad familiar?👪Ventajas fiscales.

por | Feb 23, 2020 | Hacienda | 2 Comentarios


unidad familiarUnidad familiar, es la palabra que define al conjunto de personas que forman parte de una familia.

Posiblemente cuando vamos a hacer la declaración de la renta una de las dudas que nos pueden surgir son las de hacer la renta de forma independiente o conjuntamente con los miembros de tu unidad familiar.

Tomar una u otra decisión en muchas ocasiones supone un ahorro importante de dinero ya que elegir la modalidad optima de tributación ayudara a reducir la carga impositiva.

Ahora bien la definición que hace el impuesto sobre la renta o IRPF sobre el concepto de unidad familiar puede diferir algo del que tu tienes.

En este articulo te ayudaremos a que sepas cuando debes tributar de forma independiente con conjunta con el resto de miembros de tu familia.

¿Qué es la unidad familiar en el IRPF?

A efectos de IRPF la unidad familiar constituye a efectos prácticos una unidad económica que puede estar formada por:

1.ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

  • a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.

  • b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

Este ejemplo de unidad familiar seria la de una familia clásica.

Pero también la unidad familiar puede estar formada por un solo padre o madre en cuyo caso la normativa del IRPF menciona que

 En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla 1.ª de este artículo

Es importante resaltar que el articulo 82 de la ley del IRPF hace cierta discriminación que tal vez hubiese que corregir ya que no considera unidad familiar a las parejas de hecho por la falta de vinculo matrimonial entre los integrantes.

Posiblemente este sea un articulo de la normativa del IRPF que necesita de una modificación teniendo en cuenta que el concepto de familia cada vez varia mas.

¿Quién puede formar parte  de mi unidad familiar?

Si estas casado, vives con tus hijos que no han cumplido todavía los 18 años edad esta en la que se alcanza la mayoría de edad en España tu unidad familiar va a estar formada por tu cónyuge y los hijos que tengáis en común.

También  formaran parte de esa unidad familiar los hijos que habiendo cumplido la mayoría de edad  por alguna circunstancia se haya prorrogado la patria potestad o se haya rehabilitado

El cumplimiento de la mayoría de edad de un hijo/a no va a suponer que este deje de formar parte de tu familia ya que uno se convierte en familia desde que nace hasta que fallece, de hecho la propia ley del IRPF te va a permitir seguir aplicando el mínimo por descendientes dado que entiende que va a seguir necesitando de tus padres lo que si hace es aislarlo de la unidad económica que constituye la unidad familiar en la renta.

Debemos de distinguir entre hijos que forman parte de la unidad familiar e hijos que permiten aplicar el mínimo por descendientes.

Un hijo va a permitir que sigas aplicando el mínimo por descendientes siempre y cuando se cumplan los requisitos para ello hasta los 25 años, en cambio deja de formar parte de tu unidad familiar al alcanzar la mayoría de edad.

Al cumplir la mayoría de edad ya no va a ser necesario tener que incluir sus rentas en la declaración conjunta de la familia si decides presentar la declaración de esta forma, en cambio si que puedes seguir aplicando el mínimo personal y familiar si se cumpliesen los requisitos para ellos que igualmente suelen ir relacionados con el volumen de rentas y la dependencia económica.

A efectos prácticos se tiene en cuenta su edad a fecha de 31 de diciembre al ser este el dia en que salvo fallecimiento se produce el devengo del impuesto.

Otro de los aspectos claves a la hora de considerar quien forma parte de tu unidad familiar es el concepto de convivencia, el cual no debe entenderse que existe únicamente cuando se vive bajo un mismo techo.

El IRPF al hacer mención de la convivencia entre los miembros de la unidad familiar va algo mas allá que el simple hecho de convivir e incluye también la convivencia a la dependencia económica de los miembros de la unidad familiar, lo que supone que si un hijo estudia fuera de su vivienda por motivos de estudios por ejemplo va a seguir formando parte de esa unidad familiar.

En cuanto a la segunda modalidad de unidades familiares contempladas en el IRPF se podría generar un debate sobre si esta o no actualizado.

En una vivienda pueden vivir dos padres junto con sus hijos y de cara al IRPF no constituir una unidad familiar por falta de matrimonio entre ellos.

En tal caso Hacienda permitirá a uno de los padres el que ellos decidan a tributar conjuntamente junto con los hijos mientras que el otro lo tendrá que hacer de forma independiente. 

En  cuanto a los hijos se les exigen los mismos requisitos que a la unidad familiar biparental.

En todo caso es importante tener en cuenta que ninguna persona va a poder formar parte a un mismo tiempo de dos unidades familiares.

¿Qué ventajas tiene formar parte de una familiar en el IRPF?

En principio formar parte de una unidad familiar o no a efectos de IRPF nos permite  poder optar entre hacer tributación conjunta o de forma separada.

La tributación conjunta permite importantes reducciones en la base imponible del IRPF.

Que se pueda aplicar una reducción por tributación conjunta no supone que siempre sea mejor esa opción que tributar de forma individual

La reducción  sobre la base imponible podrá ser de :

  • 3400 en el caso de familias biparentales
  • 2150 nn el supuesto de familias monoparentales

Estas reducciones se aplican sobre la base imponible con carácter previo a las reducciones previstas en los artículos 51, 53 y 54.

Declarar conjuntamente con tu unidad familiar va a suponer que en una misma declaración van a tener que agruparse todas las rentas obtenidas por los sujetos que forman parte de esa unidad familiar, esto a veces supone que si se opta por tributar conjuntamente se tenga que pagar una cantidad mayor por que se aplique un tipo marginal mas alto o por que se dejan de aplicar ciertos incentivos fiscales sobre los rendimientos.

Si los dos miembros de una unidad familiar obtienen rendimientos de trabajo las reducciones aplicables sobre estos solo se aplicarían una vez por lo que ya seria motivo para analizar con detalle si conviene mas una u otra forma de tributación y posiblemente se termine tributando individualmente.

En cambio cuando se esta divorciado o solamente uno de los miembros de la familia obtiene ingresos tributar con tu unidad familiar puede suponer un ahorro importante en el dinero a pagar a Hacienda por tu declaración o mejor aun una mayor cantidad a devolver.

En el caso de unidades familiares uniparentales la reducción por tributación conjunta no se aplica si se vive con el otro padre / madre de los hijos que forman parte de la unidad familiar, aunque a veces tributar conjuntamente de igual forma puede ser beneficioso al permitirte aplicar una determinada deducción

 

 

 

Alejandro Jimenez Castro

Alejandro Jimenez Castro

Economista Licencia en ADE

Tengo la suerte de poder trabajar en algo que me gusta, y de vivir en la playa. (Playa de Gandía)

Tengo mi propia asesoría fiscal desde el año 2013 y a través de este blog aprovecho las nuevas tecnológicas para tratar de allanar el camino a empresarios y emprendedores

2 Comentarios

  1. Javier

    Hola buenas tardes:
    Tengo una hija con mi pareja anterior(no estuvimos casados) y en el convenio regulador consta que la custodia pertenece a ella y que tengo que pagar 300 euros cada mes.
    Yo estoy con la niña fines de semana alternos y vacaciones correspondientes.
    Actualmente estoy casado con otra mujer
    ¿Puedo poner en mi declaración individual a mi hija como miembro de mi unidad familiar y aplicarme el mínimo por descendientes y también los 300 euros mensuales como anualidades por alimentos?
    Muchas gracias por su atención

    Responder
    • admin

      Habria que verlo con detenimiento

      Responder

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