La forma de hacer tu declaración de la renta sera una de las cosas que cambien tras un divorcio.
Una vez que se rompe la unidad familiar formada con tu mujer ya no podrás realizar la declaración de forma conjunta y ademas si tienes hijos puede que tengas que pagar una pensión alimenticia por lo que estas son algunas de las cosas que deberás de tener en cuenta en el momento en que tedivorcies.
También es aconsejable contar con un buen abogado de divorcios que haga que el desagradable tramite sea lo menos desagradable posible y que mire por tus intereses con el fin de que salgas lo menos perjudicado posible y que si tienes pequeños no sufran en exceso.
¿Que tengo que tener en cuenta a la hora de realizar la declaración una vez divorciado?
Si es la primera vez que haces la declaración de la renta tras el divorcio te recomendamos que estés atento a las siguientes cuestiones:
Uno de los primeros cambios es que a partir de ahora ya no vas a poder realizar la declaración de la renta junto con tu ex cónyuge con lo cual si esta era la forma en la que presentabas la declaración por que te salia mas beneficioso al obtener rendimientos del trabajo solo uno de los miembros de la sociedad conyugal pues dicha posibilidad desaparece.
Ahora bien puedes seguir realizando la declaración conjunta junto con tus hijos siempre y cuando te hayas quedado a cargo de los mismos.
Quedarte con la custodia de los hijos únicamente para poder realizar la declaración conjunta no es una de las cosas que deberías de estar pensando ya que el cuidado de un hijo conlleva varias responsabilidades, ahora bien si quieres luchar por la misma este es uno de los servicios con los que te pueden ayudar abogados como Armenteras Blanco que llevan años ejerciendo y cuenta con una gran experiencia como abogados de divorcios en Sabadell
A partir de ahora si realizas la declaración conjunta junto con tus hijos podrás aplicarte una reducción de 2150 euros sobre la base imponible general lo que puede suponer un importante beneficio en tu declaración de la renta y por lo tanto reducir tu carga tributaria.
En el supuesto de que la custodia haya quedado compartida deberás de decidir quien de los dos hace la declaración conjunta por lo que es importante que aunque se haya roto la sociedad conyugal guardes una relación lo mas respetuosa con tu ex y que por lo menos después de la separación seáis capaces de poder mantener una conversación.
El mínimo personal y familiar
Normalmente la persona que incluirá al hijo en la declaración de la renta sera aquella con la que este se haya quedado viviendo salvo que exista custodia compartida en cuyo caso el mínimo personal y familiar podrá ser aplicado por ambos ex cónyuges.
Las pensiones compensatorias
Este sera otro de los aspectos que deberán de tenerse en cuenta a la hora de realizar la declaración. Las pensiones compensatorias podrán ser de dos tipos:
Las pagadas a favor del otro cónyuge.
Las anualidades por alimentos reconocidas a favor de los hijos en común por decisión judicial.
Dependiendo del tipo pensión de la que se trate el tratamiento fiscal va a ser diferente, así pues mientras que las pagadas a favor del cónyuge van a tener que tenerse en consideración tanto en la declaración de la renta de la persona que recibe la pensión como en aquella obligada a pagarla, en el caso de las anualidades reconocidas por los jueces por decisión judicial solo afectan a la persona obligado a pagar las mismas
¿Cual es el tratamiento fiscal de las pensiones compensatorias?
Las pensiones compensatorias a favor del ex cónyuge.
Para el que recibe la pensión supondrá un rendimiento de trabajo no exento de tributación, mientras que para la persona que esta obligado al pago de las mismas podrá incluir dichos pagos en la renta reduciendo su base imponible.
Las anualidades por alimento por decisión judicial.
Este tipo de pensiones no permiten reducir la base imponible pero si la progresividad del impuesto por lo tanto de esta forma se reducirá la carga tributaria.
La vivienda
La vivienda normalmente queda en manos de la persona que se queda con la custodia de los hijos para lo cual va a seguir siendo su vivienda habitual.
Esto va a tener una serie de implicaciones fiscales que son las siguientes.
Aunque uno de los cónyuges se tenga que ir de su residencia habitual si se venia practicando la deducción por inversión en vivienda habitual podrá seguir practicándose siempre y cuando el hecho de tener que seguir pagando la hipoteca sea acordada por decisión judicial.
En el caso de una posterior venta solamente para el cónyuge que sigue residiendo en la vivienda tiene la posibilidad de poder aplicar la exención por reinversión.
En el supuesto de que la casa fuera alquilada la parte del pago realizada por el ex tendrá la consideración de rendimiento de trabajo, mientras que la persona que recibe la paga debería de incluirlo como rendimientos del trabajo.
La extinción de condominio
Aquí es donde juega un papel importante contar con abogados como Armenteras Blanco que vele por sus intereses, en cuanto a la fiscalidad de la misma en principio la extinción de condominio no deberá suponer una ganancia patrimonial siempre y cuando no exista un exceso de adjudicación.
Los excesos de adjudicación podrán genera una ganancia patrimonial para uno de los cónyuges pero nunca una perdida.
Para que no exista un exceso de adjudicación en la extinción de condominio se debe de cumplir dos requisitos:
Que no se produzca una alteración del valor de los bienes o derechos recibidos. Por lo tanto si al producirse la separación el bien tuviese un valor distinto al de adquisición va a existir una alteración patrimonial.
Que el reparto se realice respetando las cuotas iniciales de cotitularidad. Si no se respetan estas estaremos ante una ganancia patrimonial.
¿Como declarar la ganancia patrimonial derivada de una extinción de condominio?
En principio quien recibe bienes inferiores a su valor actual sera quien debe tributar en el impuesto sobre la renta ya que esta obteniendo una ganancia patrimonial por diferencia entre el valor actual del bien y el valor de adquisición de dicho bien, mientras que la persona que recibe el bien en principio estaría sujeta al impuesto de sucesiones y donaciones salvo que exista una compensación en metálico por la diferencia.
Si la sociedad conyugal se extingue y uno de los cónyuges se queda con la totalidad del piso a cuenta de encargarse el solo de la hipoteca pendiente entonces la ganancia patrimonial vendrá determinada por la diferencia entre el mayor valor del 50% del precio actual del piso o el 50% de la hipoteca pendiente y el 50% del precio de adquisición de la vivienda siendo la persona que transmite el piso quien debe de incluir esta ganancia patrimonial en su renta la cual no podrá ser en ningún caso negativa. Ahora bien si el préstamo hipotecario fuese una deuda de la sociedad conyugal entendemos que si el precio actual del piso se correspondiera con el del la hipoteca no existe ganancia patrimonial.
Otro de los supuestos en los que se produce una ganancia patrimonial es cuando se adjudica el piso a uno de los miembros que formaban la sociedad conyugal con la obligación de compensar en metálico al otro, esto provoca que una de las partes transmita su parte del inmueble a la otra con lo cual existirá una ganancia patrimonial que vendrá determinada por la diferencia entre el valor que recibe por la transmisión y el valor de de adquisición de la copropiedad.
Ejemplo 1.
Imaginemonos que A y B han comprado un piso en común por el que ha pagado 200.000 euros y que actualmente vale 400000, para A poder quedarse con dicha casa compensa a B con 200.000 euros con lo cual la ganancia que obtiene B sera de
Precio de adquisicion parte de B 50% de 200.000 = 100.000
Precio actual del piso 50% 400.000 = 200000.
Con lo cual del valor actual a B le corresponderia 200000 como adquirio por 100.000 lo que esta obteniendo es una diferencia de 100.000 euros que es la ganancia patrimonial que obtiene.
Ejemplo 2
Imaginemonos que la misma casa tiene una hipoteca todavia pendiente de 100.000 euros.
Para saber el valor de la participación en la sociedad conyugal haríamos lo siguiente.
Precio de adquisicion de a vivienda 50% de 200.000= 100.000
Parte que le corresponde de la hipoteca 50% de 100.000 = 50000.
Valor de la participacion de B en la sociedad conyugal 50.000
Valor actual de la casa 50% de 400000 = 200.000.
Revalorización de la casa correspondiente a B 100.000
Ganancia patrimonial de B = 200.000 – 50000 = 150.000 que es lo que saca limpio por extinguirse la sociedad conyugal.
Cuando hacemos una actividad económicaen ocasiones tenemos que contratar a profesionales para que realicen ciertos servicios, como llevar la gestión fiscal del negocio, realizar o mejorar la pagina web u otros servicios profesionales necesarios para el negocio, a veces en ese negocio también usamos trabajadores y en todas estas operaciones existe la obligación de retener, ademas de retener como es lógico necesitamos ingresar las mismas para lo cual tenemos el modelo 111.
En este articulo vamos a explicar que es el Modelo 111 y como funciona su proceso contable.
¿Que es el modelo 111?
El modelo 111 es un modelo tributarioque debe presentarse de forma trimestral y cumplimentarse en la sede electrónica de Hacienda y que sirve para ingresar las retencionesque realizamos a los trabajadores y profesionales que utilizamos en el ejercicio de nuestra actividad económica independientemente de que el pago se realice en dinero o en especie.
Ademas de las retenciones anteriores este modelo incluye también:
Premios obtenidos en la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en los montes públicos.
Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen, ingresos a cuenta previstos en el art. 92.8 de la Ley del Impuesto
– Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
– Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
– Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
– Cuarto trimestre: Del 1 al 20 de enero, ambos inclusive.
Por lo tanto durante el trimestre iremos recibiendo nuestras facturas con retención y realizando retenciones en las nominas de nuestros trabajadores y llegado dichas fechas ingresaremos las retenciones mediante este modelo en Hacienda.
¿Como se cumplimenta el modelo 111?
Para explicar como debemos de complementar este modelo hemos preparado la siguiente guía que espero que te facilite las cosas cuando vayas a rellenar el modelo 111.
Guía para presentación del Modelo 111
Lo primero sera introducir los datos identificativos del retenedor.
Es decir deberemos de indicar el:
NIF: Numero de identificación fiscal del contribuyente
Apellidos o Razón Social: Aquí pondremos nuestro apellido o la denominación de la sociedad en caso de persona jurídica.
Nombre: Aquí pondremos nuestro nombre si la declaración que queremos presentar es la de una persona fisica.
El cuadro debajo de los datos identificativos queda reservado para las administraciones publicas.
2. Una vez introducidos los datos identificativos deberemos de indicar el devengo de la declaración
Ejercicio: Año al que se refiere la declaración presentada
Periodo: Trimestre al que esta referido la declaración presentada.
3. Lo siguiente al devengo sera incluir las rentas a las que les hemos hecho retención
Como se ve en la imagen hay que distinguir entre aquellos pagos que se han realizado en dinero y aquellos que han sido satisfechos en especie ya que estos últimos llevan aparejados un ingreso a cuenta.
Las retenciones ademas deberán de desglosarse por apartados de la siguiente forma:
I. Rendimientos del trabajo
En concreto la información que deberemos de incluir en este apartado son
Numero de perceptores: Numero de personas a las que les hemos pagado rentas.
Importe de las percepciones: No confundir con el total pagado, lo que se debe de incluir en este apartado es solo la parte del salario que este sometido a retención.
Importe de las Retenciones: En este apartado incluiremos la suma de las retenciones practicadas durante el trimestre.
Numero de perceptores: Numero de personas a las que les hemos realizado pagos no consistentes en dinero. Por ejemplo el numero de personas que hayan recibido la cesta de navidad se debería de incluir en este apartado.
Importe de percepciones: Aquí incluiremos el valor del pago en especie utilizado. Volviendo al ejemplo anterior iría el valor de las cestas de navidad entregadas.
Importe de los ingresos a cuenta: Incluiríamos en este apartado los ingresos a cuenta realizados como consecuencia de la realización de pagos a cuenta.
II. Rendimientos de actividades económicas.
Para rellenarlo es aconsejable seguir las mismas instrucciones que las indicadas para los rendimientos del trabajo.
La diferencia respecto a los rendimientos del trabajo radica en que los rendimientos de actividades económicas son obtenidos por personas que realizan actividades por cuenta propia, en cambio los rendimientos del trabajo son obtenidos por personas que realizan trabajos por cuenta ajena.
III. Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
Aquí se incluirán las percepciones procedentes de premios sujetos a retención o ingreso a cuenta a los que se refiere el artículo 75.2.f) del Reglamento del Impuesto, salvo que constituyan rendimientos del capital
mobiliario, en cuyo caso serán objeto de declaración e ingreso en el modelo que proceda de los correspondientes a dicha clase de rendimientos.
Para rellenar los apartados se aplicaran las mismas normas que las indicadas anteriormente.
IV. Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.
En este apartado incluiremos las rentas satisfechas sometidas a retención que hayan sido pagadas a los vecinos en el periodo de la declaración. Esta obligación de retención esta recogida en el artículo 75.1.d) del Reglamento del Impuesto.
A la hora desglosar las rentas y retenciones se procederá de la misma forma que en los apartados anteriores.
V. Contraprestaciones por la cesión de derechos de imagen: ingresos a cuenta previstos en el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto.
En este apartado incluiremos los importes pagados por la cesión de derechos de imagen.
Este apartado se difiere del resto en que en este apartado se incluirán juntos tanto los pagos en dinero como los realizados en especie por este concepto.
4. Incluidos los datos sumaremos el importe de las retenciones y los ingresos a cuenta y nos dará como resultado la cantidad a ingresar
En la casilla 28 deberemos de incluir la suma de las diferentes retenciones realizadas.
En un principio la casilla 28 y casilla 30 deberán de coincidir salvo que como consecuencia de un error se haya presentado una declaración anterior que deba corregirse mediante una segunda declaración.
La segunda declaración que se pretende tendrá la consideración de declaración complementaria en cuyo caso deberemos de rellenar el siguiente apartado donde indicaremos el numero de justificante de la declaración anterior presentada.
Autoliquidación negativa
Cuando en el periodo de la declaración se hubiesen pagado rentas sometidas a retención pero sin que se hayan producido retenciones de forma efectiva deberemos de marcar esta casilla.
Modelo 190
La información que trimestralmente presentamos en el modelo 190 después debe ser detallada en el modelo 190.
El modelo 190 es un modelo tributario en el que se resume las personas a las que les hemos hecho retención
¿Como contabilizar el modelo 111?
Para enteder como el proceso de la contabilización del modelo 111 lo mejor es verlo con un ejemplo contable, asi que para ello hemos elegido la contabilización de una factura de un profesional sin IVA y de una nomina sin retención.
El motivo de contabilziar una nomina aun cuando no tenga retención es para dar a entender al lector que las nominas deben ser incluidas en este modelo incluso cuando no soporten retención.
Para contabilizar el modelo 111 tendremos que tener en cuenta las diferentes retenciones que hemos ido realizando a la hora de pagar a los profesionales y a los trabajadores como ya se indico en este articulo por lo tanto tendremos una serie de asientos como estos por ejemplo
Retencion realizada en la factura de un profesional.
Normalmente cuando recibidos una factura del profesional realizaremos el siguiente asiento.
1000
—————————————-
(623) Servicios Profesionales
—————————————-
———————————–
a (410) Acreedor prest de servicios
a (475X) HP Retenciones practicada
————————————-
850
150
Es decir recibido una factura por sus servicios por 1000 euros pero realmente lo que tenemos que pagarle a el van a ser 850 euros por que 150 los tendremos que ingresar nosotros en Hacienda a su nombre
Contabilización de una nomina sin retención incluida en el modelo
1000
————————————————————
(640) Sueldos y salarios
——————————
(476) SS acreedores
325
300
(642) Hp IVA soportado
(465) Rem pendientes
975
————————————————————-
——————————-
En este caso no existen retenciones pero al ser ingresos sometidos a retención igualmente deberemos de incluir la nomina devengada en el modelo.
Asiento contable del pago del modelo 111
Cunado Hacienda nos pase el modelo 111 por el banco el asiento a realizar sera el siguiente:
150
——————————–(475x) HP retenciones
———————————
——————————
(572) Bancos
——————————
150
De tal forma que las retenciones realizadas durante el trimestre ya no tendrían un saldo contable distinto a 0 y por otra parte ya habremos cumplido con el pago completo por los servicios del profesional el cual va a poder descontar dicha retención de su cuota liquida en el momento de hacer la declaración de la renta.
Ademas de contar con un NIF los obligados tributarios necesitan de un nombre con el que poder realizar documentos legales, cuando hablamos de personas físicas todos tenemos un nombre y al menos un apellido en España por ejemplo se usan dos apellidos. El nombre legal de la empresa es la razón social de la empresa.
En este articulo vamos a analizar que es la razón social de la empresa, como se da una razón social de esa empresa o que usos tiene por lo que si estas en proceso de crear una empresa mediante este articulo podrás conocer que es la razón social y como puedes obtener una para tu empresa.
¿Que es la razón social de la empresa?
Las empresa o sociedades necesitan de un nombre legal que le permita contraer obligaciones y tener derecho, algunas empresas al tener personalidad jurídica propia ademas del NIF necesitan tener un nombre legal, ese nombre legal de la empresa que es el que le permitirá realizar documentos oficiales a su nombre es la razón social de la empresa.
En sociedades limitadas y sociedades anónimas, donde la personalidad jurídica de la empresa tiene gran relevancia por que puede contratar y presentar documentos legales la razón social de la empresa tiene gran importancia.
Otras empresas como las sociedades civiles en las que de acuerdo a Hacienda se les entiende dotadas de personalidad jurídica propia la razón social también tiene gran importancia.
En resumen todos aquellos empresarios o autónomos que actúan a través de una sociedad o entidad deben de darle una razón social que va a permitir que esa empresa pueda realizar documentos legales.
¿Como se establece una razón social para la empresa?
El nombre legal de la empresa se elige en el registro mercantil, cuando un empresario quiere dotar a una SL, SA de una razón social lo primero que deberá de obtener es un certificado negativo de nombre.
El certificado negativo de nombre es el que va indicar que no existe otra sociedad inscrita con el mismo nombre en el registro y que por lo tanto ese nombre puede ser la razón social de la empresa.
Ese certificado negativo de nombre va a ser necesario para realizar la escritura ante notario, una vez hecha la escritura se envía a registro y el registro mercantil es el que da oficialidad a la razón social de la empresa.
¿Que diferencia existe entre el nombre comercial y el nombre legal de la empresa?
Algunas empresas aunque tienen una razón social a veces usan otro tipo de nombre para darse a conocer a los clientes o potenciales clientes.
Por ejemplo YOIGO su nombre real no es YOIGO sino Xfera moviles SAU en cambio la mayoría de la gente lo conoce por YOIGO ya que es mas fácil de recordar y suena mejor que Xfera moviles SAU.
Posiblemente cuando te mencionan Xfera en el nombre lo primero en lo que piensas es en una tienda de ropa mientras que cuando usa su nombre comercial de YOIGO enseguida piensas en una compañía de teléfonos , YOIGO por lo tanto es el nombre comercial de Xfera moviles SAU
Por lo tanto mientras que YOIGO es el nombre comercial con el que la compañía se da a conocer a sus clientes Xfera móviles SAU es el nombre que es utilizado para los documentos legales de la empresa.
¿Paras que se utiliza la razón social ?
La razón social de la empresa es la que se utilizara para:
El nombre que se debe de incluir en facturas emitidas y recibidas
El nombre que debe aparecer en los contratos de las empresa
Cuando la empresa presente los impuestos debe de incluir su razón social.
En la presentación de las cuentas anuales también es este nombre el que debe aparecer.
La tarjeta en la que se comunica por Hacienda el NIF definitivo de la empresa
Muchas personas cometen el error de no saber diferenciar entre DNI (Documento nacional de Identidad) y NIF (numero de identificación fical), actualmente tanto el DNI como el NIF aparecen en único carnet que ademas en los últimos años ademas tiene carácter electrónico pero el DNI existe desde mucho antes que el NIF
¿Cual es la diferencia entre NIF y DNI?
El DNI es el documento nacional de Identidad que identifica a las personas físicas de nacionalidad española.
El NIF es un numero de identificación fiscal que sirve para identificar fiscalmente a los ciudadanos con residencia fiscal en España.
Todas las personas que viven en España tienen un NIF incluyendo a las sociedades que también tienen NIF, en cambio no todas las personas que viven en España tienen un DNI ya que estos solo lo tendrán aquellos que tengan nacionalidad española.
Por otra parte el DNI es mucho mas antiguo que el NIF pues el DNI se creo en los años 50 mientras que el NIF tiene su origen en 1990
Diferencias entre CIF NIF DNI
¿Por que es necesario tener un NIF?
Las personas y las empresas están obligadas a pagar impuestos y también a relacionarse con la agencia tributaria, mediante el numero de identificación fiscal Hacienda es capaz de poder identificar al contribuyenteya que pueden existir varias personas con el mismo nombre e incluso con los mismos apellidos en cambio el NIF es único e intransferible lo cual permite una corriente identificación del contribuyente.
El NIF en España puede tener una composición diferente según se trate de una persona extranjera, de una persona española o de una empresa.
El CIF
Antes de que todos los contribuyentes dispusieran de numero de identificación fiscal las empresas disponían de un CIF o código de identificación fiscal con la instauración del NIF como numero de identificación fiscal de los obligados tributarios la denominación de CIF para referirse al numero de identificación de las empresas dejo de usarse, aun así existen muchas personas que todavia creen que las empresas tienen CIF y no NIF.
La verdad que el NIF salvo el nombre es prácticamente idéntico.
El Nif de las empresas esta compuesto por una letra inicial que determina el tipo de sociedad de la que se trata.
Se trata de un numero que al igual que el DNI identifica a los residentes de nacionalidad española sirve para identificar aquellos que residiendo en España tienen otra nacionalidad.
El NIE esta compuesto por una letra inicial que puede ser una X , una Y o una Z + 7 dígitos mas una letra final.
Aunque aun se conservan números de identificación de extranjeros que en vez de 7 números tienen 8 ya que hasta 2008 los NIES contaban con 8 números en vez de 7.
El DNI.
Como ya indicamos inicialmente al comenzar este articulo el DNI sirve para identificar a aquellas personas que cuentan con nacionalidad española.
Cuando te marchas a vivir fuera de España este numero de identidad se sigue conservando mientras no se pierda la nacionalidad española por algún motivo.
¿Para que sirve el NIF?
EL NIF es muy valido para muchas cuestiones del día a día ademas de para relacionarse con Hacienda el NIF lo necesitaras:
Cuando vayas a pagar con tarjeta en un supermercado.
Si quieres hacerse socio de un club también normalmente te suelen pedir el NIF.
En el caso de que seas autónomo y tengas que emitir o recibir facturas es muy importante que estas lleven el NIF del emisor y del receptor.
Para entrar en una discoteca y demostrar al portero que que eres mayor de edad.
Estos son algunos de los usos que tendrá tu NIF
El NIF IVA
Cuando las personas o empresas que realizan actividades económicas con IVA ademas realizan operaciones con otros autónomos o empresas situados en otros estados miembros de la Unión Europea ademas del NIF también deberán de contar con un NIF IVA o VAT number
La declaración de la renta de los rendimientos obtenidos en el año 2019, se tiene que hacer en el año 2020.
Siempre los rendimientos que se obtienen en un año anterior se declararan en el año siguiente aunque pueden existir excepciones.
En este articulo informativo trataremos de mantener al lector informado sobre cuando pueden realizar su declaración de la renta.
¿Cuando se hace la declaración de la renta del año 2019?
Pues por el momento y sin que haya existido algún cambio en las fechas dadas por hacienda para la realización de
En un primer momento la declaración de la renta y sin que de momento existan cambios por el coronavirus o Covid 19 y la situación del estado de alarma que vive España, la campaña se realizara desde el día 01 de Abril hasta el 30 de Junio, de hecho , veremos a ver que ocurre si seguimos en esta situación yo por ejemplo posiblemente no recibas a nadie presencialmente puesto que no voy a exponerme a contagiarme.
En un primer momento se barajo ya que Hacienda suspendió los procedimientos administrativos que la declaraciones también quedaran suspendidas pero claro el Gobierno se dio cuenta de que de esa forma se iba a dejar de ingresar grandes cantidades de dinero entonces el dia 18 de ABril sacaba una modificación del BOE pero como bien informa el CEF desde su pagina web no se interrumpirán los plazos de las declaraciones y ademas ya están aprobados los modelos para la confección de la declaración de la renta y del patrimonio
Por lo tanto la campaña para la presentación de la declaración de la renta del año 2019 que tendrá lugar entre los días 01 de Abril y 30 de Junio deberá de seguir el siguiente calendario:
31 de Marzo
Desde ese día el contribuyente puede solicitar cita previa para que Hacienda le pueda realizar su declaración de la renta, para poder concertar esta cita podrá hacerlo bien llamando al 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71. Se recomienda no llamar a los 901 pues estos números son teléfonos prepagos.
Desde el 01 de Abril
Desde el 01 de Abril el contribuyente va a poder acceder al borrador de su renta, para realizar dicho tramite podrá hacerlo por cualquiera de los siguientes metodos:
Clave PIN o numero de referencia.
Certificado digital
DNI electronico
Es importante que se realice un examen detenido de los datos fiscales con el fin de poder comprobar que todos los datos contemplados estan correctos.
A partir de ese día también sera posible la presentación de la declaración tanto del impuesto sobre la renta como del impuesto sobre el patrimonio.
Para poder presentar la declaración de la renta va a ser necesario estar en posesión del numero de referencia, contar con certificado digital o poseer Dni electrónico con el fin de que se pueda firmar la declaración.
Otra posibilidad para poder presentar la declaración de la renta sera por teléfono a través del plan «le llamamos»
Obtención del numero de referencia.
Para este año la casilla que se utilizara para obtener el numero de referencia sera la casilla 505 de la declaración de la renta del año 2018 que es la ultima declaración que habremos hecho ya que es la que se realizo en la campaña de la declaración de la renta del año 2019 que correspondía a los rendimientos obtenidos en 2018.
La referencia se notificara a través de Internet si estamos utilizando un portátil o un ordenador de sobremesa en el momento de su obtención aunque también sera posible obtener la referencia para la presentación de la renta del ejercicio 2019 al igual que el año pasado por la app
A partir del 13 de Mayo
El día 13 de Mayo sera el indicado para que los contribuyentes que han solicitado cita previa en Hacienda puedan acudir a las oficinas de la administración tributaria para poder realizar su declaración del ejercicio 2019.
Hasta el día 25.
Aquellas rentas cuyo resultado sea a ingresar y deseen domiciliar su pago en el banco dispondrán hasta el día 25 para poder realizar la declaración
El ultimo dia sera el 30 de Junio
Si la renta sale a devolver o deseas aplazar tu renta saliendote de los dos aplazamientos que concede la agencia tributaria para poder aplazar la renta del 2019 sin que se devenguen intereses podrás realizar tu declaración de la renta hasta el día 30 , otra forma para poder realizar la declaración de la renta hasta el día 30 es si la renta es pagada llevándola directamente a tu entidad bancaria.
¿Cuando comenzaremos en nuestra asesoría fiscal a realizar la declaración de la renta?
Para este año y teniendo en cuenta el coronavirus las declaraciones de la renta no se podrán realizar de forma presencial hasta que finalice el plazo de cuarentena que nos ha impuesto el gobierno a todos los españoles, pero no por eso debes de preocuparte nosotros podemos seguir ayudandote.
SI quieres realizar la declaración con nosotros lo que puedes hacer es ponerte en contacto con nosotros te facilitamos una carpeta en la nube de AJC asesor fiscal en Madrid de esta forma no tendrás que salir y poner en riesgo tu salud
Entre las medidas anunciadas por Sanchez existe una prestación extraordinaria para autónomos aqui te contamos los puntos importantes.
¿Quien tiene derecho a percibir la prestación extraordinaria?
Si eres trabajador autónomo y tu actividad se encuentra en alguno de estos casos como consecuencia del COVID 19:
Se ha declarado suspendida para poder gestionar la situación de la crisis sanitaria.
La facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida en un 75% tomando como promedio la facturación del semestre anterior
Entonces tendrás derecho a una prestación por cese de actividad siempre que :
A) Te encuentres dado de alta como autónomo en el momento de la declaración del estado de alarma o en el Régimen especial de la seguridad social de los trabajadores del mar.
B) Estés en condición de acreditar la reducción de la facturación en un 75% en relación con la efectuada el semestre anterior.
C) Estar al corriente de pago en tus cuotas con la seguridad social. No obstante en dicho caso se concederá un plazo al autónomo para que en 30 días pueda satisfacer la deuda y así tener derecho a la prestración extraordinaria.
En el caso de ser socio de una cooperativa y estar encuadrado como trabajador autónomo vas a tener derecho a la prestación siempre que cumplas con los requisitos establecidos para el resto de autónomos
¿Como se determina la prestación a percibir?
Para el calculo de la misma se utilizara como base la base reguladora y se le aplicara un 70% sobre la misma.
Por lo tanto teniendo en cuenta que la base reguladora de la mayoría de los autónomos es de 944,40 la cuantía de la prestación a recibir seria de 661,08 euros.
Si no se ha llegado al periodo mínimo de cotización sera igualmente de 661,08 ya que aunque para poder cobrar el paro se requiere al menos estar 12 meses de alta en este caso no se va a exigir los 12 meses.
¿Cuanto tiempo puedo aprovecharme de esta prestación extraordinaria?
En principio va a tener la duración de un mes pero dicha prestación se va a ir alargando hasta el ultimo día del mes en que finalice el estado de alarma.
¿Que implicaciones tiene para los autónomos que se acojan a esta prestación?
La prestación no va a tener efectos sobre la cotización ya que aunque cobres la prestación dicho tiempo se computara como cotizado y tampoco va a reducir la duración de la prestación en el momento en que tengas que utilizarla.
Es decir si tu periodo de acuerdo al tiempo cotizado antes de percibir esta prestación era de 12 meses van a seguir siendo 12 meses.
¿A quien le corresponde la gestión de estas prestaciones?
Estas prestaciones deben ser gestionadas por las mutuas en las que te encuentres dado de alta , en el caso de mis autónomos y empresas están todos dados de alta en Fremap por lo tanto sera Fremap quien deba encargarse de estas prestaciones.
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