El modelo 130 es bastante común entre los autónomos, trimestre tras trimestre son miles los autónomos que tienen que presentar este modelo por lo que es de gran importancia entenderlo y saber como hacerlo.
Todos los autónomos deberían de tener un conocimiento mas profundo sobre sus obligaciones fiscales con el fin de cumplirlas correctamente y evitar que de esta manera pueda llegarle en algun momento una sanción por parte de Hacienda ya que como bien es dicho el desconocimiento de la ley no exhime de culpa.
En este articulo analizaremos este modelo con el fin de que todos podamos entenderlo y sepamos:
¿Que es este modelo?
¿Como y cuando rellenarlo?
¿Para que sirve o cual es la finalidad?
¿Que es el modelo 130?
El modelo 130 es un modelo tributario, a través de la la presentación de los modelos tributarios los autónomos cumplen muchas de sus obligaciones fiscales ya que sirven entre otras cosas para:
Ingresar impuestos es decir tienen carácter pecuniario.
Informar de operaciones con terceras personas.
En el caso de este modelo nos encontramos con un modelo que sirve para cumplir con una obligación fiscal de carácter pecunario, las obligaciones fiscales de carácter pecunario son aquellas a través de las cuales cuando se cumplen se realizan un pago a Hacienda. Dentro de estas obligaciones fiscales existen unas de carácter principal y otras que son accesorias.
El modelo 130 se engloba dentro de las accesorias ya que la obligación principal es la de pagar el IRPF y lo que se realiza mediante este modelo no es el pago de un impuesto sino un adelanto del mismo.
Por lo tanto podemos destacar que los obligados tributarios que tienen que presentar este modelo tendrán dos obligaciones la de pagar el IRPF y por otra parte la de realizar pagos fraccionados a cuenta del mismo.
Comparte con las retenciones el hecho de que tanto las retenciones como a través de la presentación del modelo 130 lo que se esta realizando es un ingreso a cuenta pero tiene la diferencia de que en el modelo 130 es el propio autónomo el que satisface el pago.
Por otra parte no todos los autónomos tienen que presentar este modelo ya que es un modelo reservado a los autónomos que tributen mediante el método de estimación directa en cualquiera de sus modalidades, por lo tanto si eres autónomo y tu actividad se determina bien mediante el método de estimación directa simplificada o bien mediante el método de estimación directa normal debes de estar atento por que es posible que tengas que presentar el modelo 130.
Por lo tanto podemos definir el modelo 130 como:
Un modelo de naturaleza tributaria que sirve para cumplir una obligación tributaria de carácter accesorio y cuyos obligados tributarios son los autónomos que determinan sus rendimientos mediante estimación directa normal o simplificada cuando se den ciertos requisitos.
¿Como rellenar y calcular el modelo 130?
Si tienes que rellenar el modelo 130, lo mejor es que atiendas a los siguientes consejos con el fin de simplificar la forma en que debes de rellenar el modelo y los datos que debes de incluir en el mismo.
Para poder facilitarte las cosas hemos realizado un esquema que te puede guiar y hacerte las cosas mas sencillas tanto a la hora de cumplimentarlo como en el momento del calculo.
Lo primero que tienes que conocer es que lo que tienes que incluir en el modelo son los datos de forma acumulativa, lo que va a suponer que vas a tener en cuenta es los datos desde el 01 de Enero hasta el ultimo dia hábil del trimestre de referencia.
Para ello puedes utilizar programas o bien buscar la ayuda de un asesor fiscal que te ayude con dicho tramite pero en todo caso lo importante es que entiendas el esquema siguiente, en el te hemos desglosado la forma de rellenar y calcular el modelo separando la forma de rellenar y calcular el mismo dependiendo del tipo de actividad que realizas, por lo tanto este modelo te va a servir tanto para si realizas actividades agricolas forestales y pesqueras como si realizas otro tipo de actividades.
De todas formas este esquema no debe ser entendido como sustituto a un asesor fiscal por lo que si tienes duda siempre puedes solicitar ayuda profesional en nuestra asesoría fiscal en Madrid ayudamos a muchos autónomos con este tramite
Esquema para la cumplimentación y calculo del modelo.
Para poder calcular el pago fraccionado que tendremos que ingresar mediante el modelo 130 lo mejor es seguir este esquema que indicamos a continuación:
I. Actividades económicas en estimación directa, normal o simplificada, distintas de las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras
(Datos acumulados del período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre)
Observaciones
[01]
Ingresos de la actividad económica
(1)
[02]
– Gastos Actividad económica. Entre los que deberemos de incluir los gastos de difícil justificación en EDS
[03]
= Rendimiento neto. Diferencia entre Ingresos – Gastos
[04]
20% Rendimiento neto.
(2)
A deducir:
[05]
Suma de los pagos fraccionados previos de los trimestres anteriores (suma de los importes positivos de la casilla [07] menos la suma de los importes de la casilla [16] -minoración por destinar cantidades al pago de préstamos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual-).
(3)
[06]
Retenciones e ingresos a cuenta soportados
[07]
Pago fraccionado previo del trimestre ([07] = [04] – [05] – [06]
(4) y (5)
II. Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa, modalidad normal o simplificada
[08]
Volumen de ingresos del trimestre (excluidas las subvenciones de capital y las indemnizaciones).
[09]
2% del importe de la casilla [08].
A deducir:
[10]
Retenciones e ingresos a cuenta soportados por las actividades de este apartado y correspondientes al trimestre.
[11]
Pago fraccionado previo del trimestre [11] = ([09] – [10]). Si se obtiene una cantidad negativa, consígnela con signo menos (-).
III. Total liquidación
[12]
Suma de pagos fraccionados previos del trimestre [12] = ([07] + [11]). Si se obtiene una cantidad negativa, consígnese el número cero.
Por destinar cantidades al pago de préstamos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
(9)
[17]
Total diferencia ([17] = [14] – [15] – [16])
(10)
A deducir (exclusivamente en caso de declaración complementaria):
[18]
Resultado a ingresar de las anteriores declaraciones presentadas por el mismo concepto, ejercicio y período.
[19]
Resultado de la declaración ([19] = [17] – [18])
(11)
observaciones sobre el calculo del modelo 130.
Si a la hora de calcular el pago fraccionado debes de tener en cuenta rendimientos irregulares se incluirán en el modelo previa aplicación de la reducción contemplada en el articulo 32.1 de LIRPF
Para Ceuta y Melilla para el calculo del pago fraccionado se aplicara un 8% en vez de un 20%
El pago fraccionado se minorara en el importe de las retenciones y de las cantidades positivas de la casilla 7 de trimestres anteriores ojo si se han introducido deducciones en la casilla 16 tambien tendran que tenerse en cuenta
Si el pago fraccionado fuese negativo deberá de ponerse la cantidad con signo negativo.
El contribuyente tiene la posibilidad de indicar aquí una cantidad superior a la que resultase del calculo del pago fraccionado.
Esta minoración podrá repartirse con el modelo 131 si estuviese obligado a presentar los dos modelos en un ejercicio.
Cuantía de los rendimientos netos del ejercicio anterior (en euros)
Importe de la minoración (en euros)
Igual o inferior a 9.000
100
Entre 9.000,01 y 10.000
75
Entre 10.000,01 y 11.000
50
Entre 11.000,01 y 12.000
25
(*)Rendimientos netos de actividad previos a la aplicación, en su caso de la reducción por obtención de rendimientos irregulares y resto de reducciones aplicables, en su caso, sobre el rendimiento neto reducido de la actividad (suma de las casillas correspondientes a los rendimientos netos: a) de actividades económicas en estimación directa, b) de actividades económicas (excepto agrícolas ganaderas y forestales) en estimación objetiva, c) de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva y d) rendimiento neto de actividad económica atribuido por entidades en régimen de atribución de rentas) de la declaración de IRPF del ejercicio anterior (casillas 0144, 0173, 0201 y/o 0224, respectivamente del modelo de declaración de IRPF-2018; casillas 0131, 0158, 0187 y/o 0211 respectivamente, del modelo de declaración de IRPF-2017, casillas 121, 148, 177 y/o 201, respectivamente, del modelo de declaración de IRPF-2016; casillas 118, 143, 172 y/o 195, respectivamente del modelo de declaración de IRPF-2015).
Cuando la cuantía de los rendimientos NETOS de actividades económicas del obligado tributario, obtenidos en el ejercicio anterior al que corresponde el trimestre por el que se efectúa la autoliquidación, haya sido igual o inferior a 12.000 euros, se consignará en esta casilla el siguiente importe, en función de la cuantía de los citados rendimientos:
7. De resultar una cantidad negativa se consignara con signo negativo.
8. Si en la casilla 14 hubiese resultado una cantidad positiva se podrán consignar las cantidades negativas de los trimestres anteriores.
9. Se deberá de tener en cuenta si se realizan pagos por la vivienda o construcción de la misma con derecho a deducción.
10. Podrá resultar negativa como consecuencia de la aplicación del articulo 110.2.3 C por lo que este resultado nunca podrá ser inferior a ( -100)
11 Si la casilla 17 del modelo fuese negativa esta tendrá que ser también negativa.
¿Quien tiene que cumplimentar el modelo 130?
Los autónomos que van a tener que cumplimentar este modelo son como ya se señalo anteriormente los que determinen sus rendimientos mediante estimación directa y sus ingresos no estén sometidos en mayor parte a retención.
Cuando realizamos una actividad como profesionales y nuestros ingresos son percibidos de otros autónomos o empresas situados en España los ingresos van a estar sometidos a retención posiblemente en mas de un 70% y por lo tanto no tendremos que realizar esta declaración como bien indica el articulo 109. 2 señala que «2. Los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 por ciento de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.»
En cambio cuando realizamos una actividad empresarial o nuestros ingresos proceden de otros autónomos o bien de empresas extranjeras nuestros ingresos no estarán sometidos a retención entonces si que tendremos que presentar el modelo 130.
Los autónomos que inician una actividad económica en ocasiones no conocen quienes van a ser sus clientes por lo que tendrán que estar atentos a lo que se indica en el articulo 109.5 del reglamento el cual señala que » A efectos de lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 4 anteriores, en caso de inicio de la actividad se tendrá en cuenta el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o ingreso a cuenta durante el período a que se refiere el pago fraccionado.»
Esto va a implicar que en cada trimestre van a tener que comprobar si existe o no obligación de presentar este modelo.
También estarán obligados a cumplimentar el 130 los autónomos que formen parte de una entidad sin personalidad juridica y que obtengan ingresos que sean calificados como rendimientos de actividades económicas ya que son los participes de las mismas quien debe cumplir con la obligación de pagar el IRPF. En cambio si los rendimientos que obtienes de este tipo de entidades se calificasen como rendimientos del capital inmobiliario o bien rendimientos de capital no tendrás que presentar el modelo.
Ademas si realizas al mismo tiempo una actividad profesional y otra empresarial puede que tengas obligacion de presentar el modelo por la actividad empresarial y no por la profesional, la obligación de presentar el modelo 130 deberá de comprobarse para cada actividad.
¿Cuando y como se realiza la presentación del modelo?
Al finalizar el trimestre y una vez rellenado el modelo 130 el autónomo tendrá que presentar el modelo eligiendo la modalidad del pago aunque también existe la posibilidad de poder aplazarlo.
En el caso de que el autónomo tenga la intención de domiciliarlo para que se lo cobren del banco directamente es necesario que lo presente con 5 días de antelación a la finalización del plazo voluntario de pago.
El periodo voluntario de pago en principio sera para:
a) Los tres primeros trimestres, entre el día 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre. b) Cuarto trimestre, entre el día 1 y el 30 del mes de enero.
Cuando de la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior no resultasen cantidades a ingresar, los contribuyentes presentarán una declaración negativa.
En el supuesto de que el ultimo día de presentación coincida con día inhábil Hacienda podrá prorrogar tanto el plazo de presentación como la domiciliacion bancaria.
Si el modelo se presenta después del plazo para domiciliar el pago habrá que hacerlo por NRC o en efectivo salvo que lo aplacemos.
La presentación del modelo deberá realizarse en todo caso de manera telemática o mediante predeclaración.
¿Para que sirve el modelo 130?
El modelo 130 cumple 3 finalidades básicas dentro del sistema tributario:
Posibilitan a la administración tributaria llevar un control de los rendimientos de la actividad ya que estos deben suministrar información de sus ingreso y gastos cada trimestre.
Permiten al tesoro publico financiarse mediante los ingresos de los pagos que hacen los autónomos a través de este modelo.
Facilitan al autónomo ir pagando sus impuestos poco a poco con el fin de que no tengan que desembolsar todo el dinero de golpe antes de hacer la declaración de la renta.
Si en el momento de hacer la declaración el autónomo hubiese ingresado mediante los pagos fraccionados ingresados mediante este modelo una cantidad mayor a la que le correspondería según el calculo del impuesto este va a tener derecho a percibir la diferencia.
Diferencias entre retenciones y pagos fraccionados del modelo 130
Aunque la obligación tributaria que se cumple con la presentación del modelo 130 es la de realizar un ingreso a cuenta al igual que sucede con las retenciones hay que tener también claro que existen diferencias entre una obligación y otra y los sujetos pasivos o contribuyentes que tienen que realizar este modelo y aquellos que tienen que sufrir las retenciones.
Como Hacienda a los profesionales sobre todo aquellos profesionales que tienen como clientes a otros autónomos y a empresas ya los tiene controlados a través de las retenciones era necesario también contar con un modelo que permitiese controlar la actividad de aquellos profesionales que bien prestaban servicios en mayor parte a particulares y ademas a aquellos autónomos que realizaban actividades empresariales, por lo que el modelo 130 va a ser un modelo que permita dicho control ademas de permitir la financiación al tesoro publico el modelo 130 es un modelo importante para Hacienda.
No cumplir con las obligaciones fiscales de presentarlo cuando es necesario puede provocar la imposición de sanciones, es por eso que Hacienda le da bastante importancia a que las declaraciones censales estén correctamente rellenadas y Hacienda pueda saber de esta forma que obligaciones fiscales tiene que cumplir o no el autónomo.
[serptrade]
Tablas de Amortización para autónomos y sociedades.
Antes de ponernos hablar de la amortización existen una serie de conceptos que deberías de comprender para poder entender por que debes usar las tablas de amortización.
En una empresa se producen diversas operaciones algunas suponen un gasto para la empresa y afectan directamente al resultado, otras son inversiones y aunque estas tendrán que tenerse en cuenta al calcular tus resultados su imputación al mismo no debe de hacerse de golpe.
A continuación vamos a hablar de estos conceptos y una vez que lo tengas claro te contare por que algunos bienes deben de amortizarse.
¿En que se diferencia un gasto, un coste y una inversión?. La necesidad de aplicar las tablas de amortización.
Es muy importante para un economista y sobre todo si se dedica a la contabilidad y a presentar impuestos que entienda la diferencia entre gasto, coste e inversión y posiblemente por eso sea una de las cosas que aprendes en primero de carrera.
Como no pretendo que pases por la universidad a continuación te lo voy a explicar a grandes rasgos con el fin de que tu también puedas diferenciarlos.
Coste:El sacrificio que tienes que hacer para conseguir algo ya sea en dinero por lo que hablaremos de un pago o en dejar de hacer algo para conseguir lo otro en este ultimo caso hablamos de lo que llamamos coste de oportunidad
Gasto: Al hablar de gasto hablamos de algo en lo que hemos pagado dinero y se ha gastado en el ejercicio económicos como por ejemplo:
Los gastos de suministros (luz, agua)
El gasto de personal
El gasto derivado de una reparación
Gastos de transporte
El gasto del teléfono.
Consumo de mercaderías. Ojo hablamos de consumo
Inversiones: Se trata de aquellos elementos que normalmente forman parte del inmovilizado material o inmaterial que van a permanecer en el patrimonio de la empresa durante mas de un ejercicio económico.
Al durar mas de un año en la empresa para calcular bien el resultado del ejercicio económico debemos de introducir una herramienta contable a la que llamaremos amortización y para ello en la practica se usan las tablas de amortización
Por ejemplo un ordenador se amortiza normalmente en 4 años ya que lo normal es que dure mas de un ejercicio económico
¿Que es la amortización?
A la hora de definir la amortización podemos ver esta desde tres puntos de vista
Tecnico: En tal caso nos estaríamos centrando en la perdida que año tras año va sufriendo el bien por el uso, el deterioro o la obsolescencia es decir se va quedando anticuado.
Económico: Que es el que nos interesaría a nosotros para declarar nuestros impuestos ya que en este caso estaríamos hablando de la perdida que se produce dentro de la empresa como consecuencia de ir pasando el tiempo, ir usándose el bien, cada año van usándose nuevas cosas y la perdida va perdiendo valor económico.
Financiero: Si miramos desde un punto de vista financiero a la amortización supone pensar en ella como un instrumento que a través de la retención de una parte de beneficios que debería de ser casi del mismo importe que la amortización sufrida nos va a permitir reponer el bien o al menos ayudar a reponerlo.
Por lo tanto un autónomo o empresa que obrase correctamente iría guardando una parte de los beneficios para reponer los bienes según se van gastando .
Para que la amortización se realice correctamente y aunque existen varias formas de amortización desde el punto de vista practico lo que se usa es amortizar linealmente en función de unas tablas de amortización que son establecidas por Hacienda.
Tipos de tablas de amortización
Tabla de amortización en estimación directa
Tipo de elemento
Coeficiente lineal máximo
Período de años máximo
Obra civil
Obra civil general
2%
100
Pavimentos
6%
34
Infraestructuras y obras mineras
7%
30
Centrales
Centrales hidráulicas
2%
100
Centrales nucleares
3%
60
Centrales de carbón
4%
50
Centrales renovables
7%
30
Otras centrales
5%
40
Edificios
Edificios industriales
3%
68
Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras
4%
50
Almacenes y depósitos (gaseosos, líquidos y sólidos)
7%
30
Edificios comerciales, administrativos, de servicios y viviendas
2%
100
Instalaciones
Subestaciones. Redes de transportes y distribución de energía
5%
40
Cables
7%
30
Resto instalaciones
10%
20
Maquinaria
12%
18
Equipos médicos y asimilados
15%
14
Elementos de transporte
Locomotoras, vagones y equipos de tracción
8%
25
Buques, aeronaves
10%
20
Elementos de transporte interno
10%
20
Elementos de transporte externo
16%
14
Autocamiones
20%
10
Mobiliario y enseres
Mobiliario
10%
20
Lencería
25%
8
Cristalería
50%
4
Útiles y herramientas
25%
8
Moldes, matrices y modelos
33%
6
Otros enseres
15%
14
Equipos electrónicos e informáticos. Sistemas y programas
Equipos electrónicos
20%
10
Equipos para procesos de información
25%
8
Sistemas y programas informáticos
33%
6
Producciones cinematográficas, fonográficas, videos y series audiovisuales
33%
6
Otros elementos
10%
Tabla de amortización en estimación directa simplificada
Grupo
Elementos patrimoniales
Coeficiente lineal máximo
(%)
Período máximo (años)
1
Edificios y otras construcciones
3
68
2
Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material
10
20
3
Maquinaria
12
18
4
Elementos de Transporte
16
14
5
Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos
26
10
6
Útiles y herramientas
30
8
7
Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino
16
14
8
Ganado equino y frutales no cítricos
8
25
9
Frutales cítricos y viñedos
4
50
10
Olivar
2
100
Tabla de amortización en estimación objetiva (excepto actividades forestales)
Grupo
Elementos patrimoniales
Coeficiente lineal máximo (%)
Período Máximo (Años)
1
Edificios y otras construcciones
5
40
2
Útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos
40
5
3
Batea
10
12
4
Barco
10
25
5
Elementos de Transporte y resto de inmovilizado material
25
8
6
Inmovilizado intangible
15
10
7
Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino
22
8
8
Ganado equino y frutales no cítricos
10
17
9
Frutales cítricos y viñedos
5
45
10
Olivar
3
80
¿Que bienes se deben amortizar fiscalmente?
Y después de todo el rollo que te he contado vamos a lo que verdaderamente te importa, es decir que bienes debo amortizar fiscalmente y que bienes puedo incluir directamente como un gasto.
La normativa fiscal permite amortizar libremente aquellos bienes que no superen individualmente los 300 euros en su precio de adquisición entendiendo como precio de adquisición ademas del precio del bien aquellos que fuesen necesarios para la puesta en funcionamiento del mismo.
Esta libertad de amortización esta limitada a 25000 euros anuales, si el ejercicio económico fuese inferior por empezar o acabar la actividad económica antes del inicio o fin de año habrá que entender dicho limite de forma proporcional.
Por lo tanto ahora que se acerca el fin de año deberas de tener en cuenta lo anterior a la hora de usar las tablas de amortización
¿Como se usan las tablas de amortización?
Las tablas vienen acotadas en cuanto años máximos en los que se puede amortizar un bien y el % máximo que podemos aplicar a la hora de amortizar un bien.
Ademas fiscalmente para que un bien sea deducible es necesario que la amortización se refleje como gasto para ello en el plan general contable disponemos básicamente de 3 cuentas.
680. Amortización del inmovilizado intangible 681. Amortización del inmovilizado material 682. Amortización de las inversiones inmobiliarias.
Yo para los bienes de escaso valor puede que mal hecho los llevo a una cuenta del grupo 62 a efectos fiscales me da lo mismo pero es una forma de separarlos.
Teniendo en cuenta lo anterior debes de tener cuidado y asegurarte de aplicar las amortizaciones del bien, pero somos humanos o por x razones te puede interesar no amortizar un bien.
¿Que ocurre si se te olvida amortizar un año?
Desde nuestra asesoría fiscal entendemos que mientras no te pases del coeficiente máximo de amortización no vas a tener problema.
Veamos esto con un ejemplo
Un bien de valor de 40000 euros según tablas imaginemos que se puede amortizar como máximo en un 25% o bien en 8 años
La entidad ha amortizado este elemento de la siguiente forma:
Si durante los 4 primeros años no amortiza el bien siempre y cuando no se pase del coeficiente máximo es decir del 25% y del numero máximo de años va a poder amortizar el bien sin ningún problema
Ejercicio
1
2
3
4
5
6
7
8
Amortización
–
–
–
–
10.000
10.000
10.000
10.000
Lo que no podría hacer bajo ningún concepto seria lo siguiente:
Ejercicio
1
2
3
4
5
6
7
8
Amortización
–
–
–
–
–
10.000
10.000
20.000
En el año 8 existe un exceso de amortización que según tablas no va a estar permitido, por lo que lo máximo que va a poder amortizar van a ser 10.000 euros.
En el supuesto de que el bien fuese usado se permitiría amortizar por el doble del coeficiente según las tablas.
A este método de amortización según tablas se le conoce como lineal pero no es el único método de amortización que existe
Otros métodos de amortización según tablas de amortización
¿Os imagináis amortizar de la siguiente forma?
Método de porcentaje lineal degresivo.
Metodo de suma de dígitos progresivo o degresivo
Método de porcentaje lineal degresivo.
Para poder usar este método aplicando tablas de amortización deberíamos de tener en cuenta las siguientes consideraciones;
No puede usarse para edificios, mobiliarios y enseres
El porcentaje constante no podrá ser inferior a 11%
“…El porcentaje constante se determinará ponderando el coeficiente de amortización lineal obtenido según las Tablas oficiales por los siguientes coeficientes:
1,5, sí el elemento del inmovilizado tiene un periodo de amortización inferior a 5 años.
2, sí el elemento del inmovilizado tiene un periodo de amortización igual o superior a 5 años e inferior a 8 años.
2,5, sí el elemento del inmovilizado tiene un periodo de amortización igual o superior a 8 años.
Con lo cual para un ordenador que valiese 1.000 euros si aplicásemos este método de amortización teniendo en cuenta que el periodo maximo de amortización es de 10 años
Tedriamos que se deberia de aplicar 1000/10= 10%
Por lo que el porcentaje seria de 10*2,5 = 25%
El primer año amortizariamos 1000*25%= 250 euros
El segundo año amortizariamos 750*25% = 187,50 euros
El tercer año (750-187,50)*25%=140,65
Al final nos volveríamos locos y habríamos logrado amortizar durante mas años el bien.
Método de suma de digitos.
La normativa fiscal no nos dice si tiene que ser progresivo ni regresivo
La única condición al igual que en el método anterior es que no se use para edificios mobiliarios y enseres.
Imaginemos el mismo ordenador del ejemplo anterior si las tablas de amortización nos dice que el periodo máximo de años son 10 tendríamos que sacar el denominador de la siguiente forma:
10+9+8+7+6+5+4+3+2+1=55
Al precio de adquisición del bien se le dividiria por 55
Posteriormente al resultado de la división se multiplicaria por:
Si aplicamos dígitos decrecientes el primer año seria x10 el segundo por 9 y así hasta llegar al final de la vida útil, en cambio si aplicásemos métodos de dígitos crecientes empezaríamos por el 1 acabaríamos por el 10.
Con este método lo que conseguimos es que los primeros años de amortización serian mayores mientras que los últimos serian menores o al revés dependiendo de si usamos dígitos crecientes o decrecientes.
Cualquiera de los dos métodos anteriores puede ser usado legalmente ademas la empresa podrá proponerle a Hacienda otro método diferente.
Facturar como autónomo a empresas, a otros autónomos y a tus clientes extranjeros
Facturar como autónomo implica la necesidad de darse de alta en Hacienda mediante un modelo 036 o 037 y ademas de darte de alta en Hacienda te aconsejo que te des de alta también en la seguridad social.
También hemos visto en este blog los requisitos que debe tener la factura que realices como autónomo para que esta se considera correcto.
Ahora en esta entrada lo que te vamos a explicar es como debes de realizar una factura como autónomo.
Saber facturar bien es importante y te puedes ahorrar dinero te contamos como hacerlo.
¿Como facturar como autónomo?
Cuando vayas a facturar como autónomo deberás de conocer tus obligaciones fiscales las cuales habrás comunicado a Hacienda anteriormente mediante la correcta cumplimentación del Modelo 037 o 036 mas fácil el primero os lo puedo asegurar.
Esto es lo que exactamente deberás de saber antes de realizar una factura:
Que impuestos afectan a tu actividad y como.
Quienes son tus clientes
¿Que impuestos debo tener en cuenta a la hora de facturar como autónomo?
Existen actividades que obligan a aquellos que las realicen a repercutir el IVA a sus clientes utilizando Hacienda a estos autónomos y empresarios como agentes recaudadores.
Por otra parte realizar una actividad profesional puede suponer que estés obligado a soportar la retención de tus ingresos.
De estos impuestos y como afectan al autónomo al realizar una factura es de lo que te vamos a hablar a continuación para que sepas como facturar.
El IVA en las facturas como autónomo
Cuantas veces habremos oído hablar de que para poder deducirnos el IVA deberemos de estar en posesión de las facturas y por lo tanto para que puedas deducirte el IVA debe existir otro autónomo o empresa que realice una factura como autónomo al igual que tu las realizaras para que tus clientes si son autónomos o empresas puedan deducirse las mismas por eso deberás de conocer a la hora de emitir tu factura si en esta debes de incluir el IVA.
Operaciones Exentas
La mayoría de las actividades deben repercutir IVA en cambio existen actividades que no están sujetas a IVA y que por lo tanto los autónomos que las realicen no deberán de incluir el IVA en las facturas algunas de estas actividades son:
Las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a ellas que constituyan el servicio postal universal siempre que sean realizadas por el operador u operadores que se comprometen a prestar todo o parte del mismo.
Los servicios de hospitalización o asistencia sanitaria.
Servicios de profesionales médicos o sanitarios.
Entregas de sangre, plasma y otros
Servicios de estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales
Transporte de enfermos o heridos
Ciertos servicios de asistencia social.
La enseñanza reglada incluida las clases particulares
Servicios en los que existan derechos de autor.
Operaciones seguras y financieras como la intermediación.
Algunas operaciones inmobiliarias como el arrendamiento de viviendas.
Inversión del sujeto pasivo
Con el fin de evitarse fraudes Hacienda en sus normas también ha regulado ciertas operaciones en las que o no es el empresario o profesional que efectúa las operaciones sino, en principio, y dejando a salvo las excepciones contenidas en dicho precepto, el destinatario de las mismas, por lo que ha de considerar como IVA devengado en sus autoliquidaciones las cuotas del impuesto y, en su caso, como IVA soportado deducible. Algunas de estas operaciones son:
1º. Los servicios intracomunitarios.
2º. Operaciones de entregas de oro sin elaborar y de productos semielaborados de oro.
3º. Entregas de gas y electricidad y de calor o de frío .
4º. Operaciones relacionadas con los materiales de recuperación .
5º. Prestaciones de servicios relativas a derechos de emisión de gases efecto invernadero.
6º. Determinadas entregas de bienes inmuebles.
7º. Determinadas ejecuciones de obras inmobiliarias.
8º. Determinadas entregas de los siguientes bienes: plata , platino y paladio; teléfonos móviles; consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales .
Exportaciones y servicios realizados a 3 países
Otras veces no existe obligación de emitir IVA por que las operaciones gozan de exención plena es el caso de las exportaciones o por que se realizan ciertos servicios realizados a personas, empresas y autónomos localizados fuera del TAI siempre y cuando en este ultimo caso no se deba aplicar la regla de utilizacion efectiva «Regla de cierre»
a) Las cesiones y concesiones de derechos de autor, patentes, licencias, marcas de fábrica o comerciales y los demás derechos de propiedad intelectual o industrial, así como cualesquiera otros derechos similares.
b) La cesión o concesión de fondos de comercio, de exclusivas de compra o venta o del derecho a ejercer una actividad profesional.
c) Los de publicidad.
d) Los de asesoramiento, auditoría, ingeniería, gabinete de estudios, abogacía, consultores, expertos contables o fiscales y otros similares, con excepción de los comprendidos en el número 1.º del apartado Uno del artículo 70 de esta Ley.
e) Los de tratamiento de datos y el suministro de informaciones, incluidos los procedimientos y experiencias de carácter comercial.
f) Los de traducción, corrección o composición de textos, así como los prestados por intérpretes.
g) Los de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios financieros, citados respectivamente por el artículo 20, apartado Uno, números 16.º y 18.º, de esta Ley, incluidos los que no estén exentos, con excepción del alquiler de cajas de seguridad.
h) Los de cesión de personal.
i) El doblaje de películas.
j) Los arrendamientos de bienes muebles corporales, con excepción de los que tengan por objeto cualquier medio de transporte y los contenedores.
k) La provisión de acceso a las redes de gas natural situadas en el territorio de la Comunidad o a cualquier red conectada a dichas redes, a la red de electricidad, de calefacción o de refrigeración, y el transporte o distribución a través de dichas redes, así como la prestación de otros servicios directamente relacionados con cualesquiera de los servicios comprendidos en esta letra.
l) Las obligaciones de no prestar, total o parcialmente, cualquiera de los servicios enunciados en este apartado.
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IRPF, las retenciones y los clientes
También deberás tener en cuenta el impuesto sobre la renta cuando vayas a realizar tus facturas como autónomo y aunque la ley no lo especifique no esta de mas que cuando vayas a facturar a tu cliente sea a través de la factura donde quede indicado que te debe de retener.
Por eso si realizas una actividad profesional deberás de incluir en tus facturas las retenciones indicándole a tu cliente que deben practicarte la retención que corresponda.
No olvides que solo deben retenerte los clientes que realicen una actividad económica es decir las empresas y los otros autónomos, nunca realices una factura a un cliente particular con retención salvo que quieras perder el dinero puesto que estos no tienen posibilidad de ingresar la retención en Hacienda.
Si te vas a hacer autónomo debes de saber como funciona el calculo del IRPF; y deberás de prestar una mayor atención como funciona este calculo para los rendimientos de tu actividad económica.
¿Como calcular el IRPF de un autónomo?
El IRPF grava la obtención de renta por parte del contribuyente. Y de acuerdo a la normativa del IRPF esta se puede obtener por diferentes vías:
Rendimientos del trabajo: Esta es la vía por la que los trabajadores por cuenta ajena obtienen sus rentas.
Rendimientos del capital mobiliario. Es decir son aquellos rendimientos que provienen de tus ahorros y por las obtienes dividendos, intereses …
Ganancias patrimoniales. Aquellos rendimientos que proceden de la transmisión de algún activo. Son activos los inmuebles, las participaciones en una entidad . También son ganancias patrimoniales aquellas que provienen de subvenciones.
Imputaciones de renta. Un ejemplo de estos rendimientos son aquellos que se producen según Hacienda por tener un inmueble vacío. A ver quien les dice a estos que tener un inmueble vació también pueden general ciertos gastos.
Por último y para nosotros los autónomos nuestra principal fuente de rendimientos, los rendimientos de nuestra actividad económica.
Y el impuesto sobre la renta es un impuesto directo y que se va aplicar para los rendimientos que obtengas en España pero también para aquellos que obtengas en Espernanco.
¿Como calcular los rendimientos de actividad económica?
Para realizar el calculo del IRPF algunos autónomos tienen tres métodos de estimación:
Directa Normal.
Directa simplificada.
Objetiva.
El calculo mediante estos tres métodos es diferente e incompatible entre si, lo que significa que si realizas varias actividades económicas no podrás calcular el IRPF de una de ellas mediante un método y usar un método diferente para la otra actividad.
Existe una excepción a esta incompatibilidad de métodos de calculo de IRPF procedente de actividades económicas.
Esta excepción se produce cuando se inicia una nueva actividad económica y ya se venia desarrollando otra y se utilizan métodos de estimación de calculo diferentes
Aunque el método de estimación directa normal y el método de estimación directa simplificadase parezcan bastante no dejan de ser diferentes en cuanto a obligaciones formales y en cuanto a calculo del IRPF puesto que en el método de estimación directa se puede aplicar un 5% en concepto de gastos de difícil justificación.
La incompatibilidad entre los regímenes de estimación es de tres ejercicios económicos. Por lo que piensa bien antes de tomar una decisión si estas dentro de las actividades que tributan mediante módulos.
Los rendimientos de actividad económica se imputaran normalmente de acuerdo al criterio de devengo aunque también existe el criterio de caja en el IRPF.
¿Como funciona el calculo del IRPF de las actividades económicas?
En este apartado debemos de diferenciar tres tipos de pago. Por un lado están los pagos que se hacen a través de las retenciones que los clientes hacen a los prestadores de servicios profesionales y los realizados a través de la autoliquidación del modelo 130, mientras que por otra parte tenemos el pago del impuesto es decir aquel que se hace en la declaración de cada año.
El pago trimestral realizado mediante pagos fraccionados.
Este es el pago que se hace trimestralmente mediante la declaración del modelo 130.
El pago realizado mediante las facturas que nos pagan nuestros clientes.
Nosotros lo pagamos factura a factura, aunque realmente el ingreso a Hacienda se hace de forma trimestral.
La diferencia respecto al pago trimestral es que a diferencia del pago anterior que se hace trimestralmente mediante el 130 y el encargado de realizarlo es el propio autónomo en este caso es nuestro cliente a través del Modelo 111.
Tanto en el anterior pago realizado por nosotros como este pago ingresado por nuestro clientelo que se hace es ir preparándonos para la declaración final.
Por lo tanto es como si metiéramos dinero en una hucha para luego pagar menos.
Entre tener el dinero en el banco parado y tenerlo Hacienda a cuenta de mi declaración futura no existe mucha diferencia, así que salvo que necesites el dinero si te quieres retener un 15 % en tus facturas como profesional desde el principio por mi perfecto de esta forma evitar andar entregando documentación adicional a tu cliente.
Si lo necesitas no te olvides que durante el año de inicio y los dos siguientes tienes derecho a que tus clientes te retengan solo un 7%.
Eso si asegurate que se acuerden de ingresarte las retenciones que hay alguno que tiene mucho morro y después hay que andar con papeleos con Hacienda.
Asegurarte de que ingresen tus retenciones por eso guarda tus retenciones te servirá para justificar en hacienda que te las han practicado.
Pago anual o pago del Impuesto
Este pago es el mas importante.Aquí es muy importante el conocimiento de tu asesor fiscal pues entre una declaración realizada por un buen asesor fiscal y un asesor fiscal con falta de conocimientos puede existir una diferencia de hasta 4000 euros.
De tu declaración de la renta saldrá el calculo del IRPF de tu actividad económica y en caso de que Hacienda quiera comprobar algo sera posiblemente a donde dispare con lo cual debes tener muy en cuenta varias cosas para que este calculo sea perfecto.
Las retenciones y los pagos fraccionados deben ser restados.
Parece obvio verdad , pues hay quien se olvida de restar las retenciones o quien se olvida de los pagos fraccionados.
Ademas por si las moscas alguno de tus clientes intenta ir de listo debes siempre intentar conservar un justificante del pago de tus facturas y que te paguen preferiblemente por el banco.
Es posible que Hacienda te pregunte por que te estas restando mas retenciones que las que aparecen en sus datos fiscales pero no te preocupes con este consejo tu cliente deberá ser quien deberá de preocuparse.
Soy partidario de avisar a los clientes de que no han ingresado la retención, cuidado con este tema que es delicado y te puedes encontrar al típico listo que cree que lo sabe todo y no sabe un pijo.
Si inicias la actividad tienes derecho a aplicarte una reducción del 20% los dos primeros años con beneficio.
No me puedo creer como puede haber asesores fiscales que se olvidan de este detalle , o que no se atreven a aplicar esta reducción.
Aquí tienes que tener en cuenta un par de cosas para no meter la pata:
El autónomo no debe haber realizado ninguna actividad económica el año anterior ni en España ni en ningún otro país
Los rendimientos no deben proceder en mas de un 50% de un pagador con la que se haya tenido relación de trabajo en el año anterior.
La base de la reducción no puede superar los 100.000 euros aunque esto ya viene capado por Hacienda.
El año que marca la reducción es el primero beneficio, si el segundo es negativo ¡Te jodes! y solo te lo aplicas un año.
No tener esta reducción en el calculo del IRPF del autónomo puede suponer una perdida de gran cantidad de dinero.
Si solo tienes un pagador tal vez puedas aplicarte las mismas reducciones que si fueras trabajador por cuenta ajena.
Si cumples los siguientes requisitos:
Solo tienes un pagador
Tus gastos no superan un 30% de tus ingresos
No tienes rendimientos del trabajo ese año.
Calculas tus rendimientos mediante alguna de las modalidades de estimación directa tienes derecho a las mismas reducciones que un trabajador normal.
a) Podrás restarte 2000 euros en concepto de otros gastos. Ahora bien debes tener en cuenta ni puede existir vinculación entre la persona que te paga ni podrás aplicarte el 5% de gastos de difícil justificación.
Para el calculo del IRPF con tener en cuenta que no es vinculada la persona que te paga en principio te valdría ya que lo otro suele venir configurado por Hacienda.
Esta reducciones seria aplicable a aquel autónomo que tuviera la condición de trabajador autónomo dependiente reconocida.
b) Adicionalmente, el rendimiento neto se reduce en los siguientes supuestos:
• Rendimientos netos de actividades económicas inferiores a 14.450 euros, siempre que el contribuyente no tenga rentas distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 euros, excluidas las exentas. Se diferencia según se trate de contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas:
– iguales o inferiores a 11.250 euros: reducción de 3.700 euros anuales;
– comprendidos entre 11.250 y 14.450 euros: reducción de 3.700 euros menos el resultado de multiplicar por 1,15625 la diferencia entre el rendimiento de actividades económicas y 11.250 euros anuales.
• Personas con discapacidad que obtengan rendimientos netos derivados del ejercicio efectivo de estas actividades económicas:
– regla general: reducción de 3.500 euros anuales;
– si acreditan necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida , o un grado de discapacidad igual o superior al 65%: reducción de 7.750 euros anuales.
Si tienes pocos ingresos también tienes derecho a reducirte ciertas cantidades
Cuando no se cumplan los requisitos de la reducción anterior, los contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros, incluidas las de la propia actividad económica, pueden reducir el rendimiento neto de las actividades económicas en las siguientes cuantías diferenciando según la suma de las citadas rentas:
– sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 1.620 euros anuales;
– esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 1.620 euros menos el resultado de multiplicar por 0,405 la diferencia entre las citadas rentas y 8.000 euros anuales.
Esta reducción, conjuntamente con la prevista con carácter general para los rendimientos del trabajo no puede exceder de 3.700 euros.
En tributación conjunta, la reducción anterior tiene como límite el saldo de la suma de rendimientos netos de actividades económicas de los miembros de la unidad familiar, sin que pueda resultar negativo por aplicación de la reducción y sin que, además, la cuantía de la reducción, conjuntamente con la reducción por rendimientos del trabajo, pueda exceder de 3.700 euros.
Como consecuencia de la aplicación de esta reducción el saldo resultante no puede ser negativo.
A veces también ocurre
Con menos frecuencia aunque a veces también puede ocurrir que los autónomos obtengan rendimientos irregulares o que obtengan rendimientos con un periodo de generación a dos años en cuyo caso podrás aplicarte una reducción del 30 % sobre estos rendimientos.
Hacerse autónomo en España no es fácil y si nos ponemos a estudiar la situación de un autónomo en España veremos que no es para nada sencillo y que ademas no tenemos muchas ayudas.
Desde el primer momento para ser autónomo en España se tendrán que cumplir una serie de tramites y obligaciones fiscales.
Vamos a analizar la situación de un autónomo en España para que veas que esto no es sencillo
Las dificultades de un autónomo en España.
Lo primero que debes hacer es darle de alta tanto en la seguridad social como en Hacienda. para darte de alta de autónomo puedes consultar aqui la forma mas sencilla.
Cierto es que puedes haber oido que no es necesario ser autónomo hasta llegar a cierta cantidad, pero ojo en esto existe interpretación y no hay nada escrito sino mira como esta el tema
Aquí puedes consultar la cuota de autónomos y así tomar una decisión ten en cuenta que solo tendrás que pagar la parte proporcional de aquellos días que estes de alta.
Decidas o no darte de alta como autónomo en la seguridad social y te hayas dado de alta obligatoriamente en Hacienda ya que es condición necesaria para poder facturar y realizar la actividad.
Y después de todo este lio tendrás que pagar impuestos
Los impuestos del autónomo en España son estos
1 El IVA. Tu actividad podrá tener un IVA del 21, 10 o 4 .
El IVA nacerá o se devengara con la realización del hecho imponible que no es otra que la entrega del bien o la prestación que se realice y esto provocara la emisión de una factura que pondrá el IVA en circulación en el trafico mercantil.
Para poder facturar hay que saber que tipo de IVA llevan las facturas y esto dependerá de la actividad que realices que podrán ser gravadas por el 21, 10 o 4%
El tema del IVA en España es muy curioso Hacienda pretende que sea autónomo que le realice el trabajo y cobre en su nombre el IVA entonces llegan los problemas y es que no todas las personas que son autónomas en España les es fácil repercutir el IVA a sus clientes y ya lo comentamos aquí cuando comentamos como se calculaba el IVA
Hay que señalar que el IVA es un impuesto europeo por lo que no somos los únicos autónomos que tenemos que cobrar IVA a nuestros clientes aunque si es cierto que an algunos países hasta cierto volumen de ingresos no es necesario pasa como con el IRPF y las comunidades autónomas cada estado tiene cierta libertad para fijar su iVA pero todo bajo supervisión de Europa.
Podríamos pensar que lo bueno sería que por lo menos nos permiten deducir el IVA de nuestros gastos, pero son todo trabas cuando el autónomo en España se quiere deducir algo, es aquí cuando aparece Hacienda y le dice que no puede deducirse nada.
La gasolina que si al 50%
Las comidas que nada que no es deducible el IVA
Los móviles que tenemos que tener dos ni qué Apple los regalase eso si ahora hacen de todo coño si ellos mismos han intentado que presentásemos los impuestos mediante el teléfono móvil.
Y así con un montón de IVA soportado al final va a ser mejor quedar en casa y no gastar ni en ropa por qué incluso con la ropa existen problemas.
Para mi gusto son muchas las trabas que le pone Hacienda al autónomo español a la hora de deducirse el IVA ¿Pero toda la culpa la tiene Hacienda?.
En contestación a la respuesta anterior no me atrevo a decir que si tal vez la cultura española invita a esta restricción ya que si nos dan una mano solemos ser de los que pillamos el brazo entero y esto a veces pues juega en nuestra contra, pero de verdad ser autónomo en España no es fácil.
2 Y si acaso IVA fuese poco lo que hay que pagar ademas hay que pagar también el IRPF.
Pues eso que ademas del IVA el autónomo tiene la obligación de declarar el IRPF por el concepto de rendimientos de actividades económicas.
Cuando el autónomo español realiza actividades profesionales los ingresos salvo que sus clientes sean particulares o estén situados fuera de España los ingresos que perciben van a estar sujetos a retención.
Para el resto de casos es decir aquellos que realizan actividades empresariales en cambio tienen que presentar el modelo 130 para realizar pagos a cuenta, estos pagos a cuenta tendrán que realizarlos también aquellos profesionales que no llevan retención, para saber si tienes o no obligación de presentar el modelo 130 lo puedes consultar en este articulo en el también podrás ver una pequeña guía de como rellenar dicho modelo
La idea es que tanto unos y otros tengan algún mecanismo que permita a Hacienda controlar a todos los autónomos españoles.
Posteriormente todos tendremos que presentar la declaración de la renta y acabar de completar el vaso que mencionábamos en el articulo sobre el modelo 130.
Los impuestos deberán de presentarse en plazo
Y si fuese poco tener que pagar dos impuestos, los autónomos en España tampoco podrán decidir cuando presentar el IVA y los pagos fraccionados sino que deberán de hacerlo puntuales como un reloj trimestre tras trimestre siendo el ultimo día de plazo los siguientes:
El ultimo día para presentar los impuestos son el 20 de los meses Abril, Julio, Octubre y en el caso del curto trimestre el 30 de Enero al menos cuando estos días acaban en festivo se pasa al hábil siguiente y para domiciliar lo normal es que el plazo acabe los 5 días anteriores desde hace poco cuando el ultimo día no sea hábil se suele alargar también el de domiciliar.
Entre los meses de Abril y Junio tanto los autónomos como el resto de personas tienen cita con Hacienda para hacer la declaración de la renta
Y ademas deberán de incluirse un montón de información.
El autónomo en España no se podrá limitar a pagar el impuesto sino que ademas deberá de informar a Hacienda de un montón de cosas en estas declaraciones por ejemplo en el Modelo de autoliquidación del IVA deben de incluirse las siguientes operaciones
Las ventas y compras de bienes y servicios por las que se repercutan y soporten cuotas de IVA
Las importaciones.
Aquellas por las que el autónomo deba autrepercutirse el IVA por existir inversión del sujeto pasivo
Las adquisiciones y entregas de bienes y servicios Intrcomunitarios.
Las exportaciones de bienes. (No existen exportaciones de servicios)
Aquellas operaciones no sujetas o servicios localizados fuera del T.A.I
A la hora de declarar el modelo 303 hay que tener en cuenta que en dicho modelo deberán incluirse solo operaciones que den derecho a deducción nunca las operaciones exentas. Estos autónomos y los que en recargo de equivalencia no tienen dicha obligación.
Por qué esa es otra en el IVA encontraras un montón de regímenes especiales que hay que saber e interpretar.
Para el IRPF tienes también tres formas para determinar los rendimientos
Directa normal.
Directa simplificada.
Objetiva o Módulos.
El método estimación objetiva únicamente esta disponible para algunos autónomos lo que hace que la mayoría acabemos usando el de directa simplificada.
La diferencia entre unos u otros va a depender de la forma de calcular los rendimientos.
Mas obligaciones a vigilar por el autónomo en España
LAS RETENCIONES: Deben soportarse por quien realicen actividades profesionales y ademas estos deberán de poder justificar que les han retención por si el obligado a retener no las ingresa por lo que si eres profesional te toca hacer de policía.
Así que ha rezar para que tu cliente presente el modelo 111 y se acuerde de informarte en el modelo 190.
Cuando alquilas un local tienes los mismos problemas que un profesional pero en estos casos los modelos donde se presentan e informan son el 115 y 180.
LOS RESUMENES ANUALES: Ademas de el 180 y 190 los autónomos en España deben presentar el modelo 390 (resumen del IVA que si estas en módulos o eres arrendador no hace falta) y el modelo 347 (Si tienes algún proveedor o cliente superen los 3005 euros y no se han informado en otros modelos)
De los modelos importantes ya solo te quedan por presentar el modelo 309 si no tienes obligación de presentar el modelo 303 y haces alguna operación intracomunitaría y el modelo 349 de operaciones intracomunitarías.
Hasta aquí los modelos importantes aunque todavía hay más pero menos habituales y que no se te olvide de presentar ninguno que sino te pondrán una sanción de 200 o 300 euros aunque luego pasa como con trafico y existen reducciones pero estate con ojo.