Contrato swap o permutas financieras. Una forma de protegerse.
Los contratos swap todavía son algo desconocidos por muchos empresarios y autónomos, pero no deberían de ignorar la existencia de este tipo de contrato de permuta financiera.
Y como consideramos que es importantes conocerlos mediante esta entrada de voy a hablar sobre este tipo de producto par que por lo menos te suene.
¿Que es un contrato swap o permuta financiera?
A veces las empresas buscan financiación ajena algunas de las formas que pueden utilizarse para esto es la formalización de un préstamo o la emisión de obligaciones esta ultima alternativa algo mas orientado a grandes empresas.
Los productos anteriormente comentados suponen una obligación contraída por la empresa con el banco o bien con acreedores y esto suele llevar aparejado el pago de unos intereses.
Mediante los contratos swap las empresas lo que hacen es permutar intereses, divisas, mercancías garantizandose así una situación de certidumbre dentro de un entorno sujeto a incertidumbres.
Con lo cual lo podríamos definir como un instrumento financiero mediante el cual se pueden asegurar ciertas condiciones dentro de un entorno lleno de incertidumbres
¿Como funcionan el contrato swap o la permuta financiera?
Como decíamos anteriormente las empresas pueden financiarse mediante financiación ajena.
Algunos de estos instrumentos son los prestamos y las bonos que normalmente suelen llevar aparejados unos intereses variables.
La empresa si quiere eliminar el riesgo de un producto a interés variable si prevé que los tipos de interés van a subir puede firmar un contrato swap con una entidad financiera.
Este contrato le va a suponer no la desaparición de la deuda original sino que lo que se produce es un compromiso por la empresa con una entidad a pagar los intereses a un tipo fijo a cambio de recibir de esta los intereses variables derivados de la deuda original.
Con esto lo que consigue la empresa es traspasar el riesgo de la subida de tipos a la entidad con la que formaliza el contrato swap que lo asume a cambio de la posibilidad de poder beneficiarse de que el tipo de interés pagado por la empresa sea mayor.
¿Cuales son los orígenes de los swap o permutas financieras?
Aunque su aparición en el ámbito financiero es relativamente reciente y no se da hasta los años 80 el origen del mismo lo podemos encontrar mucho mas atrás
La traducción de «swap» en ingles significa «permuta» técnica comercial que se remonta a los orígenes del comercio.
Mediante la permuta al igual que en los «swap» se produce un intercambio de cosas y que sirve como pago de algo y cuyo uso permitía realizar actividades comerciales hasta que apareció el dinero lo cual origino que esta tactica quedase en segundo plano.
La permuta financiera nace en los años 80 con el fin de intentar arreglar ciertas ineficiencias de los mercados y cubrir a su vez una necesidad económica de los empresarios.
Los primeros swap que se formalizaron fueron «swaps de divisas» con los que se pretendían cubrir los riesgos de las fluctuaciones de divisas para posteriormente extenderse a «swaps de intereses», acciones, mercancías …
¿Como se contabiliza un swap o permuta financiera?
Aunque creo que la mejor forma de verlo es con un supuesto practico desde el punto de vista de ambos contratantes.
Ejemplo
Una sociedad X formaliza el 01 de Enero del año X0 con un banco de Madrid un préstamo ICO de 50.000 euros a 3 años .
Las condiciones del préstamo se establecen su devolución a 3 años a un tipo de intereses Euribor +6 % que será pagado por años vencidos cada 31 de Diciembre. Los gastos de formalización del préstamo hipotecario son de 1000 euros.
Con el fin de cubrirse de la probable subida de los tipos de intereses en la misma fecha la sociedad x decide formalizar un contrato de permuta financiera con la entidad «Contrato swap Madrid SA».
Mediante dicho contrato la empresa x se compromete a pagar los intereses al 10% durante los 3 años de duración del contrato. Siendo los gastos de formalización del contrato de permuta financiera de 1500 euros.
Vamos a ver como contabilizan estas empresas el primer año estas operaciones teniendo en cuenta que el euribor el primer año es del 3,60%
Contabilidad Empresa X
Por la formalización del préstamo
50000 (572) Bancos
a (170) Deuda l/p ent de cred. 50000
Gastos de formalización del préstamo
1000 (626) Servicios Bancarios
a (572) Bancos 1000
Gastos derivados de la formalización del contrato swap
1500 (626) Servicios bancarios
a (572) Bancos 1500
Pago de los intereses a 31 de Diciembre
4800 (662) Int de deudas c/p
a (572) Bancos 1500
Por la diferencia entre los intereses que tendría que pagar por el prestamo y los que tiene que pagar como consecuencia del contrato swap
200(669) O.G.F
a (572) Bancos 200
Contabilidad de la entidad «Contrato swap Madrid SA»
Por la formalización del contrato de permuta financiera
1500 (572) Bancos
a (705) prestación de serv. 1500
En el momento de la permuta de los intereses financieros
Pagare de empresa o compromiso del cliente en efectuar el pago
En el trafico mercantil algunas empresas entregan a los proveedores pagares en el momento de entregarles la mercancía comprometiéndose de esta forma con el proveedor a efectuar el pago de la misma.
Pero ¿Que es un pagare de empresa?
El pagare es un titulo de valor utilizado en el trafico mercantil junto con otros documentos como la letra bancaria o el cheque.
Su emisión compromete a la persona que lo emite a la cual es llamada «firmante» a pagar una cierta cantidad en un momento dado a otra persona que recibe el nombre de «beneficiaria».
¿Cual es el origen del pagare de empresa?
Este documento mercantil se empezó a utilizar ya por la edad media en Italia por lo que no se trata de algo novedoso.
Con el uso del mismo se evitaba tener que andar con dinero en metálico en una época donde esto era aún mas peligroso que hoy en día ya que eran mas frecuente el robo ante las dificultades del transporte.
Ya por aquel entonces el uso de bancos empezaba a ser frecuente el comerciante lo que hacia era entregarle el dinero al banco a cambio este le entregaba un documento firmado constatando dicho hecho y ese documento se podía posteriormente cambiar por dinero.
En España su uso cayo en desuso debido a que las letras de cambio gozaban a través del código de comercio de una mayor fuerza ejecutiva.
Con la redacción de la ley cambiaria y del cheque de 1985 el uso del pagare se igualaba al uso de la letra del cambio siendo en este momento cuando aumento su uso incluso convirtiéndose hoy en día en un documento de mayor aceptación debido a su sencillez y bajo coste.
¿En que se diferencian los pagares de empresa de la letra de cambio?
Si bien es cierto que ambos son documentos del trafico mercantil mediante el cual una persona se compromete con otro a realizar el pago no deja de ser cierto que estos dos documentos presentan algunas diferencias como:
Quien emite el pagare es el propio deudor a diferencia de la letra de cambio que es el propio acreedor quien emite la orden.
La letra de cambio lleva aparejada la orden de pago mientras que en el pagare es una promesa de pago.
La letra de cambio debe emitirse en papel timbrado mientras que en el pagare no se necesita papel timbrado.
En una letra de cambio participan 3 personas librador, librado y el tomador. En un pagare participan dos personas
¿Que ventajas tiene el pagare de empresa?
Se trata de un documento cuya emisión va a proporcionar beneficios tanto para el acreedor como para el deudor
Desde el punto de vista del deudor le permitirá financiarse a corto plazo pues el uso del pagare le permita puede contar con una mercancía comprometiéndose a pagarla mas adelante.
Por otra parte el acreedor es poseedor de un titulo de valor que en caso de impago le permitirá reclamar judicialmente la deuda siendo el procedimiento para el pago del mismo bastante rápido
¿Como reclamar el pago de un pagare de empresa?
Para poder reclamar el pago del documento bastara con que el acreedor adjunte a la demanda el pagare lo cual produce que se embarguen de forma preventiva los bienes del deudor al que se le conceden 10 días para oponerse o realizar el pago.
Una vez pasado los 10 días en el supuesto en que el deudor no se oponga o bien no pague su deuda esto provocara que se embarguen definitivamente sus bienes.
En cambio si el acreedor no dispusiese de pagare el procedimiento seria mucho mas largo ya que en el caso de poseerse pagare la carga de la prueba de que no existe tal deuda recae en el deudor el cual únicamente podrá intentar demostrar que el bien no se ha entregado o que el servicio se efectuado de forma totalmente defectuosa.
¿Como puedo saber si el pagare de empresa que me han entregado esta correcto?
El pagare es un documento legal y como tal deberá de contener ciertas formalidades por lo que debes de estar atento al documento que te entreguen.
El pagaré deberá contener:
1.º Deberá de mencionar expresamente en el titulo del documento la palabra «Pagare»
2.º La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.
3.º La indicación del vencimiento. aunque si no se indicase se entendería que es pagadero a la vista.
4.º El lugar donde debe realizarse el pago, si no lo indicase se entenderá como tal el lugar de su emisión
5.º El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.
6.º La fecha y el lugar en que se firme el pagaré en caso de omitirse el lugar de emisión se entenderá como tal el lugar que aparezca junto al nombre del firmante
7.º La firma del que emite el título, denominado firmante.
¿Como puedo descontar un pagare de empresa?
Aunque los pagares de empresa tienen una orden de vencimiento fijada muchas veces el proveedor necesita adelantar su pago.
Lo bueno es que el pagare de empresa al igual que la letra de cambio es endosable salvo que se indique lo contrario en el propio documento mediante la palabra «no a la orden».
Mediante el endoso el proveedor puede ceder el pagare a un tercero el cual le paga la cantidad por adelantado al proveedor solo que este no le va a entregar su cantidad sino que lo que le entrega es una cantidad descontándole una parte.
El descuento de pagares suele efectuarse normalmente mediante entidades financieras (Bancos y cajas de ahorro) existiendo la posibilidad de entregar el endoso únicamente para que sea la entidad financiera la que se encargue de su negociación con el cliente o bien transmitiendo los riesgos del impago la propia entidad financiera.
¿Como se contabilizad un descuento de pagare?
Si los riesgos del impago son asumidos por el banco en cuyo caso el asiento a realizar seria:
Si el pagare es de 1000 euros el banco nos descuenta un 10% encargandose ellos de la negociación y de los riesgos de imago el asiento a realizar seria
100 (665) Otros gastos financieros
900 (572) Bancos
(431) clientes pagares 1000
Este tipo de endoso o descuento de pagares se dice que es sin recurso
Si el pagare se hubiese descontado con recurso o entregado al banco a efectos de negociación el asiento seria el siguiente
Por el endoso
900 (572) Deudas con el banco
100 (665) OGF
(5208) Deudas con el Banco 1000
Por la reclasificación del cliente
1000 (431x) client. pag descont.
(431) Clientes pagares 1000
Si el cliente paga el asiento a realizar seria
1000 (5208) Deudas bancos
(431x) Cl. pagares descontados1000
Si el cliente no paga y el banco nos cobra intereses del 10% por la devolución
Facturar como autónomo a empresas, a otros autónomos y a tus clientes extranjeros
Facturar como autónomo implica la necesidad de darse de alta en Hacienda mediante un modelo 036 o 037 y ademas de darte de alta en Hacienda te aconsejo que te des de alta también en la seguridad social.
También hemos visto en este blog los requisitos que debe tener la factura que realices como autónomo para que esta se considera correcto.
Ahora en esta entrada lo que te vamos a explicar es como debes de realizar una factura como autónomo.
Saber facturar bien es importante y te puedes ahorrar dinero te contamos como hacerlo.
¿Como facturar como autónomo?
Cuando vayas a facturar como autónomo deberás de conocer tus obligaciones fiscales las cuales habrás comunicado a Hacienda anteriormente mediante la correcta cumplimentación del Modelo 037 o 036 mas fácil el primero os lo puedo asegurar.
Esto es lo que exactamente deberás de saber antes de realizar una factura:
Que impuestos afectan a tu actividad y como.
Quienes son tus clientes
¿Que impuestos debo tener en cuenta a la hora de facturar como autónomo?
Existen actividades que obligan a aquellos que las realicen a repercutir el IVA a sus clientes utilizando Hacienda a estos autónomos y empresarios como agentes recaudadores.
Por otra parte realizar una actividad profesional puede suponer que estés obligado a soportar la retención de tus ingresos.
De estos impuestos y como afectan al autónomo al realizar una factura es de lo que te vamos a hablar a continuación para que sepas como facturar.
El IVA en las facturas como autónomo
Cuantas veces habremos oído hablar de que para poder deducirnos el IVA deberemos de estar en posesión de las facturas y por lo tanto para que puedas deducirte el IVA debe existir otro autónomo o empresa que realice una factura como autónomo al igual que tu las realizaras para que tus clientes si son autónomos o empresas puedan deducirse las mismas por eso deberás de conocer a la hora de emitir tu factura si en esta debes de incluir el IVA.
Operaciones Exentas
La mayoría de las actividades deben repercutir IVA en cambio existen actividades que no están sujetas a IVA y que por lo tanto los autónomos que las realicen no deberán de incluir el IVA en las facturas algunas de estas actividades son:
Las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a ellas que constituyan el servicio postal universal siempre que sean realizadas por el operador u operadores que se comprometen a prestar todo o parte del mismo.
Los servicios de hospitalización o asistencia sanitaria.
Servicios de profesionales médicos o sanitarios.
Entregas de sangre, plasma y otros
Servicios de estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales
Transporte de enfermos o heridos
Ciertos servicios de asistencia social.
La enseñanza reglada incluida las clases particulares
Servicios en los que existan derechos de autor.
Operaciones seguras y financieras como la intermediación.
Algunas operaciones inmobiliarias como el arrendamiento de viviendas.
Inversión del sujeto pasivo
Con el fin de evitarse fraudes Hacienda en sus normas también ha regulado ciertas operaciones en las que o no es el empresario o profesional que efectúa las operaciones sino, en principio, y dejando a salvo las excepciones contenidas en dicho precepto, el destinatario de las mismas, por lo que ha de considerar como IVA devengado en sus autoliquidaciones las cuotas del impuesto y, en su caso, como IVA soportado deducible. Algunas de estas operaciones son:
1º. Los servicios intracomunitarios.
2º. Operaciones de entregas de oro sin elaborar y de productos semielaborados de oro.
3º. Entregas de gas y electricidad y de calor o de frío .
4º. Operaciones relacionadas con los materiales de recuperación .
5º. Prestaciones de servicios relativas a derechos de emisión de gases efecto invernadero.
6º. Determinadas entregas de bienes inmuebles.
7º. Determinadas ejecuciones de obras inmobiliarias.
8º. Determinadas entregas de los siguientes bienes: plata , platino y paladio; teléfonos móviles; consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales .
Exportaciones y servicios realizados a 3 países
Otras veces no existe obligación de emitir IVA por que las operaciones gozan de exención plena es el caso de las exportaciones o por que se realizan ciertos servicios realizados a personas, empresas y autónomos localizados fuera del TAI siempre y cuando en este ultimo caso no se deba aplicar la regla de utilizacion efectiva «Regla de cierre»
a) Las cesiones y concesiones de derechos de autor, patentes, licencias, marcas de fábrica o comerciales y los demás derechos de propiedad intelectual o industrial, así como cualesquiera otros derechos similares.
b) La cesión o concesión de fondos de comercio, de exclusivas de compra o venta o del derecho a ejercer una actividad profesional.
c) Los de publicidad.
d) Los de asesoramiento, auditoría, ingeniería, gabinete de estudios, abogacía, consultores, expertos contables o fiscales y otros similares, con excepción de los comprendidos en el número 1.º del apartado Uno del artículo 70 de esta Ley.
e) Los de tratamiento de datos y el suministro de informaciones, incluidos los procedimientos y experiencias de carácter comercial.
f) Los de traducción, corrección o composición de textos, así como los prestados por intérpretes.
g) Los de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios financieros, citados respectivamente por el artículo 20, apartado Uno, números 16.º y 18.º, de esta Ley, incluidos los que no estén exentos, con excepción del alquiler de cajas de seguridad.
h) Los de cesión de personal.
i) El doblaje de películas.
j) Los arrendamientos de bienes muebles corporales, con excepción de los que tengan por objeto cualquier medio de transporte y los contenedores.
k) La provisión de acceso a las redes de gas natural situadas en el territorio de la Comunidad o a cualquier red conectada a dichas redes, a la red de electricidad, de calefacción o de refrigeración, y el transporte o distribución a través de dichas redes, así como la prestación de otros servicios directamente relacionados con cualesquiera de los servicios comprendidos en esta letra.
l) Las obligaciones de no prestar, total o parcialmente, cualquiera de los servicios enunciados en este apartado.
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IRPF, las retenciones y los clientes
También deberás tener en cuenta el impuesto sobre la renta cuando vayas a realizar tus facturas como autónomo y aunque la ley no lo especifique no esta de mas que cuando vayas a facturar a tu cliente sea a través de la factura donde quede indicado que te debe de retener.
Por eso si realizas una actividad profesional deberás de incluir en tus facturas las retenciones indicándole a tu cliente que deben practicarte la retención que corresponda.
No olvides que solo deben retenerte los clientes que realicen una actividad económica es decir las empresas y los otros autónomos, nunca realices una factura a un cliente particular con retención salvo que quieras perder el dinero puesto que estos no tienen posibilidad de ingresar la retención en Hacienda.
Si te vas a hacer autónomo debes de saber como funciona el calculo del IRPF; y deberás de prestar una mayor atención como funciona este calculo para los rendimientos de tu actividad económica.
¿Como calcular el IRPF de un autónomo?
El IRPF grava la obtención de renta por parte del contribuyente. Y de acuerdo a la normativa del IRPF esta se puede obtener por diferentes vías:
Rendimientos del trabajo: Esta es la vía por la que los trabajadores por cuenta ajena obtienen sus rentas.
Rendimientos del capital mobiliario. Es decir son aquellos rendimientos que provienen de tus ahorros y por las obtienes dividendos, intereses …
Ganancias patrimoniales. Aquellos rendimientos que proceden de la transmisión de algún activo. Son activos los inmuebles, las participaciones en una entidad . También son ganancias patrimoniales aquellas que provienen de subvenciones.
Imputaciones de renta. Un ejemplo de estos rendimientos son aquellos que se producen según Hacienda por tener un inmueble vacío. A ver quien les dice a estos que tener un inmueble vació también pueden general ciertos gastos.
Por último y para nosotros los autónomos nuestra principal fuente de rendimientos, los rendimientos de nuestra actividad económica.
Y el impuesto sobre la renta es un impuesto directo y que se va aplicar para los rendimientos que obtengas en España pero también para aquellos que obtengas en Espernanco.
¿Como calcular los rendimientos de actividad económica?
Para realizar el calculo del IRPF algunos autónomos tienen tres métodos de estimación:
Directa Normal.
Directa simplificada.
Objetiva.
El calculo mediante estos tres métodos es diferente e incompatible entre si, lo que significa que si realizas varias actividades económicas no podrás calcular el IRPF de una de ellas mediante un método y usar un método diferente para la otra actividad.
Existe una excepción a esta incompatibilidad de métodos de calculo de IRPF procedente de actividades económicas.
Esta excepción se produce cuando se inicia una nueva actividad económica y ya se venia desarrollando otra y se utilizan métodos de estimación de calculo diferentes
Aunque el método de estimación directa normal y el método de estimación directa simplificadase parezcan bastante no dejan de ser diferentes en cuanto a obligaciones formales y en cuanto a calculo del IRPF puesto que en el método de estimación directa se puede aplicar un 5% en concepto de gastos de difícil justificación.
La incompatibilidad entre los regímenes de estimación es de tres ejercicios económicos. Por lo que piensa bien antes de tomar una decisión si estas dentro de las actividades que tributan mediante módulos.
Los rendimientos de actividad económica se imputaran normalmente de acuerdo al criterio de devengo aunque también existe el criterio de caja en el IRPF.
¿Como funciona el calculo del IRPF de las actividades económicas?
En este apartado debemos de diferenciar tres tipos de pago. Por un lado están los pagos que se hacen a través de las retenciones que los clientes hacen a los prestadores de servicios profesionales y los realizados a través de la autoliquidación del modelo 130, mientras que por otra parte tenemos el pago del impuesto es decir aquel que se hace en la declaración de cada año.
El pago trimestral realizado mediante pagos fraccionados.
Este es el pago que se hace trimestralmente mediante la declaración del modelo 130.
El pago realizado mediante las facturas que nos pagan nuestros clientes.
Nosotros lo pagamos factura a factura, aunque realmente el ingreso a Hacienda se hace de forma trimestral.
La diferencia respecto al pago trimestral es que a diferencia del pago anterior que se hace trimestralmente mediante el 130 y el encargado de realizarlo es el propio autónomo en este caso es nuestro cliente a través del Modelo 111.
Tanto en el anterior pago realizado por nosotros como este pago ingresado por nuestro clientelo que se hace es ir preparándonos para la declaración final.
Por lo tanto es como si metiéramos dinero en una hucha para luego pagar menos.
Entre tener el dinero en el banco parado y tenerlo Hacienda a cuenta de mi declaración futura no existe mucha diferencia, así que salvo que necesites el dinero si te quieres retener un 15 % en tus facturas como profesional desde el principio por mi perfecto de esta forma evitar andar entregando documentación adicional a tu cliente.
Si lo necesitas no te olvides que durante el año de inicio y los dos siguientes tienes derecho a que tus clientes te retengan solo un 7%.
Eso si asegurate que se acuerden de ingresarte las retenciones que hay alguno que tiene mucho morro y después hay que andar con papeleos con Hacienda.
Asegurarte de que ingresen tus retenciones por eso guarda tus retenciones te servirá para justificar en hacienda que te las han practicado.
Pago anual o pago del Impuesto
Este pago es el mas importante.Aquí es muy importante el conocimiento de tu asesor fiscal pues entre una declaración realizada por un buen asesor fiscal y un asesor fiscal con falta de conocimientos puede existir una diferencia de hasta 4000 euros.
De tu declaración de la renta saldrá el calculo del IRPF de tu actividad económica y en caso de que Hacienda quiera comprobar algo sera posiblemente a donde dispare con lo cual debes tener muy en cuenta varias cosas para que este calculo sea perfecto.
Las retenciones y los pagos fraccionados deben ser restados.
Parece obvio verdad , pues hay quien se olvida de restar las retenciones o quien se olvida de los pagos fraccionados.
Ademas por si las moscas alguno de tus clientes intenta ir de listo debes siempre intentar conservar un justificante del pago de tus facturas y que te paguen preferiblemente por el banco.
Es posible que Hacienda te pregunte por que te estas restando mas retenciones que las que aparecen en sus datos fiscales pero no te preocupes con este consejo tu cliente deberá ser quien deberá de preocuparse.
Soy partidario de avisar a los clientes de que no han ingresado la retención, cuidado con este tema que es delicado y te puedes encontrar al típico listo que cree que lo sabe todo y no sabe un pijo.
Si inicias la actividad tienes derecho a aplicarte una reducción del 20% los dos primeros años con beneficio.
No me puedo creer como puede haber asesores fiscales que se olvidan de este detalle , o que no se atreven a aplicar esta reducción.
Aquí tienes que tener en cuenta un par de cosas para no meter la pata:
El autónomo no debe haber realizado ninguna actividad económica el año anterior ni en España ni en ningún otro país
Los rendimientos no deben proceder en mas de un 50% de un pagador con la que se haya tenido relación de trabajo en el año anterior.
La base de la reducción no puede superar los 100.000 euros aunque esto ya viene capado por Hacienda.
El año que marca la reducción es el primero beneficio, si el segundo es negativo ¡Te jodes! y solo te lo aplicas un año.
No tener esta reducción en el calculo del IRPF del autónomo puede suponer una perdida de gran cantidad de dinero.
Si solo tienes un pagador tal vez puedas aplicarte las mismas reducciones que si fueras trabajador por cuenta ajena.
Si cumples los siguientes requisitos:
Solo tienes un pagador
Tus gastos no superan un 30% de tus ingresos
No tienes rendimientos del trabajo ese año.
Calculas tus rendimientos mediante alguna de las modalidades de estimación directa tienes derecho a las mismas reducciones que un trabajador normal.
a) Podrás restarte 2000 euros en concepto de otros gastos. Ahora bien debes tener en cuenta ni puede existir vinculación entre la persona que te paga ni podrás aplicarte el 5% de gastos de difícil justificación.
Para el calculo del IRPF con tener en cuenta que no es vinculada la persona que te paga en principio te valdría ya que lo otro suele venir configurado por Hacienda.
Esta reducciones seria aplicable a aquel autónomo que tuviera la condición de trabajador autónomo dependiente reconocida.
b) Adicionalmente, el rendimiento neto se reduce en los siguientes supuestos:
• Rendimientos netos de actividades económicas inferiores a 14.450 euros, siempre que el contribuyente no tenga rentas distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 euros, excluidas las exentas. Se diferencia según se trate de contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas:
– iguales o inferiores a 11.250 euros: reducción de 3.700 euros anuales;
– comprendidos entre 11.250 y 14.450 euros: reducción de 3.700 euros menos el resultado de multiplicar por 1,15625 la diferencia entre el rendimiento de actividades económicas y 11.250 euros anuales.
• Personas con discapacidad que obtengan rendimientos netos derivados del ejercicio efectivo de estas actividades económicas:
– regla general: reducción de 3.500 euros anuales;
– si acreditan necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida , o un grado de discapacidad igual o superior al 65%: reducción de 7.750 euros anuales.
Si tienes pocos ingresos también tienes derecho a reducirte ciertas cantidades
Cuando no se cumplan los requisitos de la reducción anterior, los contribuyentes con rentas no exentas inferiores a 12.000 euros, incluidas las de la propia actividad económica, pueden reducir el rendimiento neto de las actividades económicas en las siguientes cuantías diferenciando según la suma de las citadas rentas:
– sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 1.620 euros anuales;
– esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 1.620 euros menos el resultado de multiplicar por 0,405 la diferencia entre las citadas rentas y 8.000 euros anuales.
Esta reducción, conjuntamente con la prevista con carácter general para los rendimientos del trabajo no puede exceder de 3.700 euros.
En tributación conjunta, la reducción anterior tiene como límite el saldo de la suma de rendimientos netos de actividades económicas de los miembros de la unidad familiar, sin que pueda resultar negativo por aplicación de la reducción y sin que, además, la cuantía de la reducción, conjuntamente con la reducción por rendimientos del trabajo, pueda exceder de 3.700 euros.
Como consecuencia de la aplicación de esta reducción el saldo resultante no puede ser negativo.
A veces también ocurre
Con menos frecuencia aunque a veces también puede ocurrir que los autónomos obtengan rendimientos irregulares o que obtengan rendimientos con un periodo de generación a dos años en cuyo caso podrás aplicarte una reducción del 30 % sobre estos rendimientos.
Hacerse autónomo en España no es fácil y si nos ponemos a estudiar la situación de un autónomo en España veremos que no es para nada sencillo y que ademas no tenemos muchas ayudas.
Desde el primer momento para ser autónomo en España se tendrán que cumplir una serie de tramites y obligaciones fiscales.
Vamos a analizar la situación de un autónomo en España para que veas que esto no es sencillo
Las dificultades de un autónomo en España.
Lo primero que debes hacer es darle de alta tanto en la seguridad social como en Hacienda. para darte de alta de autónomo puedes consultar aqui la forma mas sencilla.
Cierto es que puedes haber oido que no es necesario ser autónomo hasta llegar a cierta cantidad, pero ojo en esto existe interpretación y no hay nada escrito sino mira como esta el tema
Aquí puedes consultar la cuota de autónomos y así tomar una decisión ten en cuenta que solo tendrás que pagar la parte proporcional de aquellos días que estes de alta.
Decidas o no darte de alta como autónomo en la seguridad social y te hayas dado de alta obligatoriamente en Hacienda ya que es condición necesaria para poder facturar y realizar la actividad.
Y después de todo este lio tendrás que pagar impuestos
Los impuestos del autónomo en España son estos
1 El IVA. Tu actividad podrá tener un IVA del 21, 10 o 4 .
El IVA nacerá o se devengara con la realización del hecho imponible que no es otra que la entrega del bien o la prestación que se realice y esto provocara la emisión de una factura que pondrá el IVA en circulación en el trafico mercantil.
Para poder facturar hay que saber que tipo de IVA llevan las facturas y esto dependerá de la actividad que realices que podrán ser gravadas por el 21, 10 o 4%
El tema del IVA en España es muy curioso Hacienda pretende que sea autónomo que le realice el trabajo y cobre en su nombre el IVA entonces llegan los problemas y es que no todas las personas que son autónomas en España les es fácil repercutir el IVA a sus clientes y ya lo comentamos aquí cuando comentamos como se calculaba el IVA
Hay que señalar que el IVA es un impuesto europeo por lo que no somos los únicos autónomos que tenemos que cobrar IVA a nuestros clientes aunque si es cierto que an algunos países hasta cierto volumen de ingresos no es necesario pasa como con el IRPF y las comunidades autónomas cada estado tiene cierta libertad para fijar su iVA pero todo bajo supervisión de Europa.
Podríamos pensar que lo bueno sería que por lo menos nos permiten deducir el IVA de nuestros gastos, pero son todo trabas cuando el autónomo en España se quiere deducir algo, es aquí cuando aparece Hacienda y le dice que no puede deducirse nada.
La gasolina que si al 50%
Las comidas que nada que no es deducible el IVA
Los móviles que tenemos que tener dos ni qué Apple los regalase eso si ahora hacen de todo coño si ellos mismos han intentado que presentásemos los impuestos mediante el teléfono móvil.
Y así con un montón de IVA soportado al final va a ser mejor quedar en casa y no gastar ni en ropa por qué incluso con la ropa existen problemas.
Para mi gusto son muchas las trabas que le pone Hacienda al autónomo español a la hora de deducirse el IVA ¿Pero toda la culpa la tiene Hacienda?.
En contestación a la respuesta anterior no me atrevo a decir que si tal vez la cultura española invita a esta restricción ya que si nos dan una mano solemos ser de los que pillamos el brazo entero y esto a veces pues juega en nuestra contra, pero de verdad ser autónomo en España no es fácil.
2 Y si acaso IVA fuese poco lo que hay que pagar ademas hay que pagar también el IRPF.
Pues eso que ademas del IVA el autónomo tiene la obligación de declarar el IRPF por el concepto de rendimientos de actividades económicas.
Cuando el autónomo español realiza actividades profesionales los ingresos salvo que sus clientes sean particulares o estén situados fuera de España los ingresos que perciben van a estar sujetos a retención.
Para el resto de casos es decir aquellos que realizan actividades empresariales en cambio tienen que presentar el modelo 130 para realizar pagos a cuenta, estos pagos a cuenta tendrán que realizarlos también aquellos profesionales que no llevan retención, para saber si tienes o no obligación de presentar el modelo 130 lo puedes consultar en este articulo en el también podrás ver una pequeña guía de como rellenar dicho modelo
La idea es que tanto unos y otros tengan algún mecanismo que permita a Hacienda controlar a todos los autónomos españoles.
Posteriormente todos tendremos que presentar la declaración de la renta y acabar de completar el vaso que mencionábamos en el articulo sobre el modelo 130.
Los impuestos deberán de presentarse en plazo
Y si fuese poco tener que pagar dos impuestos, los autónomos en España tampoco podrán decidir cuando presentar el IVA y los pagos fraccionados sino que deberán de hacerlo puntuales como un reloj trimestre tras trimestre siendo el ultimo día de plazo los siguientes:
El ultimo día para presentar los impuestos son el 20 de los meses Abril, Julio, Octubre y en el caso del curto trimestre el 30 de Enero al menos cuando estos días acaban en festivo se pasa al hábil siguiente y para domiciliar lo normal es que el plazo acabe los 5 días anteriores desde hace poco cuando el ultimo día no sea hábil se suele alargar también el de domiciliar.
Entre los meses de Abril y Junio tanto los autónomos como el resto de personas tienen cita con Hacienda para hacer la declaración de la renta
Y ademas deberán de incluirse un montón de información.
El autónomo en España no se podrá limitar a pagar el impuesto sino que ademas deberá de informar a Hacienda de un montón de cosas en estas declaraciones por ejemplo en el Modelo de autoliquidación del IVA deben de incluirse las siguientes operaciones
Las ventas y compras de bienes y servicios por las que se repercutan y soporten cuotas de IVA
Las importaciones.
Aquellas por las que el autónomo deba autrepercutirse el IVA por existir inversión del sujeto pasivo
Las adquisiciones y entregas de bienes y servicios Intrcomunitarios.
Las exportaciones de bienes. (No existen exportaciones de servicios)
Aquellas operaciones no sujetas o servicios localizados fuera del T.A.I
A la hora de declarar el modelo 303 hay que tener en cuenta que en dicho modelo deberán incluirse solo operaciones que den derecho a deducción nunca las operaciones exentas. Estos autónomos y los que en recargo de equivalencia no tienen dicha obligación.
Por qué esa es otra en el IVA encontraras un montón de regímenes especiales que hay que saber e interpretar.
Para el IRPF tienes también tres formas para determinar los rendimientos
Directa normal.
Directa simplificada.
Objetiva o Módulos.
El método estimación objetiva únicamente esta disponible para algunos autónomos lo que hace que la mayoría acabemos usando el de directa simplificada.
La diferencia entre unos u otros va a depender de la forma de calcular los rendimientos.
Mas obligaciones a vigilar por el autónomo en España
LAS RETENCIONES: Deben soportarse por quien realicen actividades profesionales y ademas estos deberán de poder justificar que les han retención por si el obligado a retener no las ingresa por lo que si eres profesional te toca hacer de policía.
Así que ha rezar para que tu cliente presente el modelo 111 y se acuerde de informarte en el modelo 190.
Cuando alquilas un local tienes los mismos problemas que un profesional pero en estos casos los modelos donde se presentan e informan son el 115 y 180.
LOS RESUMENES ANUALES: Ademas de el 180 y 190 los autónomos en España deben presentar el modelo 390 (resumen del IVA que si estas en módulos o eres arrendador no hace falta) y el modelo 347 (Si tienes algún proveedor o cliente superen los 3005 euros y no se han informado en otros modelos)
De los modelos importantes ya solo te quedan por presentar el modelo 309 si no tienes obligación de presentar el modelo 303 y haces alguna operación intracomunitaría y el modelo 349 de operaciones intracomunitarías.
Hasta aquí los modelos importantes aunque todavía hay más pero menos habituales y que no se te olvide de presentar ninguno que sino te pondrán una sanción de 200 o 300 euros aunque luego pasa como con trafico y existen reducciones pero estate con ojo.
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