Sistema de Módulos vs. Estimación Directa Simplificada en 2025: Ventajas, Desventajas e Implicaciones Fiscales
Si eres autónomo en España, conocer las opciones para calcular tus rendimientos es esencial para optimizar tu carga fiscal. Dos de las alternativas más comunes son el sistema de módulos (estimación objetiva) y la estimación directa simplificada. Ambos métodos tienen ventajas y desventajas, además de importantes implicaciones en el cálculo del IVA, IRPF y las obligaciones formales que deben cumplir los autónomos. En este artículo, exploraremos en profundidad cada sistema y te ayudaremos a elegir el que más te convenga.
¿Qué es el Sistema de Módulos?
El sistema de módulos permite a ciertos autónomos calcular sus rendimientos en función de parámetros objetivos como el número de empleados, el tamaño del local o la actividad económica que desarrollan, en lugar de tener que declarar ingresos y gastos reales. Puedes consultar más detalles sobre las actividades permitidas en la ultima orden de módulos.
Ventajas:
Sencillez en la gestión: Los cálculos son simples, lo que reduce la carga administrativa.
Pagos previsibles: Los impuestos se mantienen estables, independientemente de las fluctuaciones de ingresos. Es decir cada trimestre pagaras lo mismo.
Ideal para ciertos sectores: Como la hostelería, comercio minorista o transporte, donde es más difícil gestionar contabilidades complejas.
Desventajas:
Desconexión con la realidad económica: Puedes terminar pagando impuestos elevados en años de bajos ingresos, ya que los módulos no reflejan la realidad económica. Se paga lo mismo tanto si existe beneficio como si existe perdida en tu negocio
Limitaciones: Solo disponible para autónomos con facturación y características específicas.
Cambios normativos: Cada vez hay más restricciones a su uso y actividades excluidas. La idea de Hacienda es acabar con este sistema pero parece que va para largo
¿Qué es la Estimación Directa Simplificada?
El sistema de estimación directa simplificada es una modalidad que permite calcular los rendimientos económicos basados en los ingresos y gastos reales del negocio, con la posibilidad de aplicar deducciones fiscales específicas. Puedes obtener más información sobre el cálculo del IRPF en la web de la Agencia Tributaria.
Ventajas:
Mayor precisión: El cálculo se basa en la situación económica real del autónomo, permitiendo pagar impuestos ajustados a los beneficios reales.
Más deducciones: Permite deducir una mayor cantidad de gastos relacionados con la actividad, como suministros, transporte o alquileres.
Flexibilidad: Es útil para autónomos que manejan un volumen de negocio fluctuante o que tienen gastos importantes.
Desventajas:
Mayor carga administrativa: Se requiere llevar una contabilidad detallada y realizar registros precisos de ingresos y gastos.
Impuestos variables: Los pagos de IRPF y otros impuestos pueden fluctuar considerablemente, lo que puede dificultar la planificación financiera.
Obligaciones más estrictas: Requiere presentar varias declaraciones a lo largo del año, como los modelos 130, 303 y otros.
Implicaciones Fiscales en el Cálculo del IVA
El IVA se calcula de manera diferente en cada sistema:
En el sistema de módulos, el IVA se liquida trimestralmente, pero no está basado en las facturas reales emitidas, sino en los parámetros fijados en los módulos (por ejemplo, superficie del local o número de empleados). Para más detalles, visita la sección correspondiente de la Agencia Tributaria.
En el sistema de estimación directa simplificada, el IVA se calcula sobre las facturas emitidas y los gastos deducibles del autónomo. Esto implica mayor control sobre el impuesto, pero también una mayor carga administrativa.
Implicaciones Fiscales en el Cálculo del IRPF
El IRPF presenta diferencias significativas entre los dos sistemas:
En el sistema de módulos, el autónomo paga el IRPF en función de los rendimientos estimados por los parámetros fijados por Hacienda, lo que puede ser beneficioso en años de bajos ingresos, pero perjudicial cuando los ingresos son altos y no se pueden ajustar las deducciones.
En el sistema de estimación directa simplificada, el IRPF se calcula sobre los beneficios reales. Esto implica que se pagan impuestos más ajustados a los ingresos y gastos reales, pero requiere una gestión fiscal más detallada.
Obligaciones Formales en Cada Sistema
Ambos sistemas tienen diferentes exigencias en cuanto a las obligaciones formales:
Sistema de módulos: La contabilidad es más sencilla, ya que no es necesario llevar un registro detallado de los ingresos y gastos. Sin embargo, los autónomos deben presentar el modelo 131 de IRPF y el modelo 303 de IVA trimestralmente.
Estimación directa simplificada: Se requiere una contabilidad detallada, registrando todos los ingresos y gastos. Es necesario presentar los modelos 130 para IRPF y 303 para IVA trimestralmente, además de otras declaraciones como el modelo 390 (resumen anual de IVA) y el modelo 347 (operaciones con terceros).
¿Cuál Sistema Deberías Elegir en 2025?
La elección entre el sistema de módulos y la estimación directa simplificada dependerá de varios factores, como el tipo de negocio, el volumen de facturación y la capacidad administrativa del autónomo. Si tu prioridad es la simplicidad y previsibilidad en los pagos, el sistema de módulos puede ser una buena opción. Sin embargo, si buscas optimizar al máximo tus deducciones fiscales y ajustar los impuestos a la realidad de tu negocio, la estimación directa simplificada es más adecuada.
Conclusión
En 2025, los autónomos deberán seguir evaluando su situación financiera y fiscal para tomar la mejor decisión en cuanto al método de cálculo de sus rendimientos económicos. Ambas opciones tienen ventajas y desventajas, pero lo más importante es elegir el sistema que mejor se adapte a tu actividad y a tu capacidad de gestión fiscal.
FAQ (Preguntas Frecuentes)
1. ¿Qué actividades pueden acogerse al sistema de módulos?
Las actividades que pueden acogerse a módulos están limitadas por Hacienda y se revisan anualmente. Entre ellas destacan sectores como la hostelería, comercio minorista, transporte y agricultura. Consulta más detalles en la Agencia Tributaria.
2. ¿Qué tipo de autónomo debe optar por la estimación directa simplificada?
Los autónomos cuyos ingresos superan los límites establecidos para módulos o aquellos que tienen gastos elevados y fluctuaciones en su facturación.
3. ¿Cómo afecta el sistema elegido al pago de impuestos?
El sistema de módulos ofrece pagos más estables pero desconectados de los ingresos reales, mientras que la estimación directa simplificada ajusta los impuestos a los beneficios reales del negocio.
CTA: ¿Tienes dudas sobre qué sistema es más conveniente para tu actividad? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a elegir la mejor opción para optimizar tu situación fiscal en 2025.
Ejemplo comparativo de actividad en módulos y actividad en estimación directa
IRPF
Este es el modulo de IRPF para las patatas fritas, por lo que vamos a imaginarnos que tenemos un establecimiento que se dedica a la elaboración de palomitas de maiz
Según el ejemplo los rendimientos de esta actividad va a depender de:
Personal asalariado: Es decir los empleados.
Personal no asalariado: Aquí nos incluiríamos nosotros como autónomos
Superficie del local : Aquí lo que nos va a interesar son los metros cuadrados.
Imaginémonos que para nuestra actividad usamos un asalaria a tiempo completo (1800 horas) , trabajamos nosotros y tenemos un local de 30 metros.
Con esto obtendríamos que de cara al IRPF nuestros rendimientos serian de :
+ Personal asalariado = 4390,12
+ Personal no asalariado = 12723,18
+ Superficie del local = 793,50
(30*26,45)
Total Rendimientos de la actividad= 17906,68 euros
Por lo que de acuerdo al método de módulos si nuestro beneficio es superior a 18000 euros nos va a interesar estar en módulos, en cambio si obtenemos un beneficio inferior a 18000 euros nos va a interesar estar en estimación directa.
IVA
Pero claro ademas esta actividad esta sujeta a IVA por lo que no solamente el IRPF sera lo que tengamos que tener en cuenta a la hora de decidirnos por un método u otro.
Siguiendo el ejemplo de la actividad anterior nos encontraríamos que el IVA de la actividad bajo el sistema de módulos va a depender de:
Personal empleado: Aquí se incluye tanto el autónomo como el empleado.
Superficie del local: Los metros esto no cambia
Con los datos del ejemplo por lo tanto tendríamos lo siguiente
+ Personal empleado 2 personas *2550,92 = 5101,84
+ Superficie del local 30 metros *10,63 = 318,9
Total cuota devengada = 5420,74
De este IVA podríamos restar las cuotas soportadas hasta llegar al 32% de esta cantidad en esta casa pues nos dice que es la cuota mínima lo cual serian unos 1734 euros lo que habría que pagar de IVA a lo largo del ejercicio.
Si tenemos en cuenta que la elaboración de palomitas de maíz tributa al 10% nos va a interesar estar en módulos cuando tengamos unos rendimientos de 17340 euros.
Conclusión
Por lo tanto del ejemplo podemos sacar de conclusión que la actividad de módulos va a ser siempre mejor cuando al menos tengamos unos 18.000 euros de beneficio.
El ejemplo esta hecho a modo de ejemplo para saber elegir entre módulos y estimación directa pues si lo hiciésemos analizándolo mas detenidamente tendríamos que tener en cuenta el salario de se trabajador pues no va a llevar IVA, por lo tanto si no te quieres pillar los dedos entre elegir uno y otro lo que puedes hacer es o contratar los servicios de un asesor fiscal que te analice tu situación y te ayude a decidirte o pensar también en el sueldo de tu empleado a la hora de decidirte
IRPF recomendado mayor o menor no existe pues pueden existir muchas situaciones diferentes y algunos profesionales puede convenirles aplicar un IRPF del 15% y a otros un 7%
Tenemos que tener claro que cuando hablamos del IRPF o % de retención que debemos de incluir en nuestras facturas si realizamos una actividad profesional es algo totalmente diferente a la cantidad de impuestos que vamos a pagar a Hacienda por los beneficios de nuestra actividad.
Por lo tanto, que ahora soportes un % de retención mayor no va a implicar que pagues más IRPF.
Ya no sé cuantas veces a lo largo de mi actividad como asesor fiscal, he escuchado eso de ¿Cuál es el % de IRPF recomendado para poner en la factura?
Las retenciones solo se aplican en facturas de clientes españoles, ya sean empresas, comunidades de vecinos, otros autónomos, clubs deportivos … Nunca debes de hacer una factura con retención si la factura va dirigida a un particular que no actúa como empresario o como profesional.
Solamente podrás elegir un % de retención u otro si el año inmediatamente anterior al alta no has realizado una actividad económica.
Elegir entre un 7% y un 15% de retención ¿Cuál es el IRPF recomendado para mi factura?
No existe un IRPF recomendado para todas las personas, lo que existen son situaciones en las que tomar una decisión u otra sí que puede ayudarte a planificar mejor la forma con la que cumplir con tus obligaciones fiscales
Veamos esto con varios ejemplos
Pensemos en un profesional que tiene la previsión en el año 2023 de tener unos ingresos altos a pesar de haberse dado de alta este mismo año.
Si más o menos sabes los ingresos que vas a percibir y estos tienes pensados que sean altos, una forma de no tener que pagar tanto en el momento de la liquidación del IRPF que tiene lugar con la realización de la declaración de la renta es la des soportar ahora una mayor retención para después tener que pagar menos a Hacienda, aquí el IRPF recomendado podría ser el 15%
Otra aptitud que podría tener el profesional sería la de mantener .
También podría ocurrir que ese profesional tuviese ingresos procedentes tanto de España como del extranjero, aquí el IRPF recomendado ¿Cuál sería?
El profesional tiene que presentar el modelo 130 si las facturas realizadas al extranjero superan el 70% de sus ingresos, ya que no van a tener retención, por otro lado, las facturas a España tendrán que llevar retención, pensando siempre en que se trata de un nuevo autónomo la retención de las facturas podría ser un 7% o un 15%.
Teniendo en cuenta que el pago fraccionado se realiza sobre el 20% de los rendimientos netos totales, una solución podría ser la de retener el 15%, cantidad que ya sería restada a la hora de confeccionar el pago fraccionado y que va a minorar este, con lo cual aquí la decisión parece un poco irrelevante, ya que al final del trimestre se acercara mucho la cantidad a pagar tomando una u otra decisión.
Si tienes pensado aplazar el modelo 130 retente el 15% así ya iras pagando este poco a poco a medida que facturas
Por otro lado, tenemos un profesional con ingresos bajos.
Teniendo en cuenta que casi seguro la renta será a devolver, máxime cuando se trate de un cliente nuevo con el que no se haya tenido relación laboral con antigüedad, ya que aquí tendrás derecho a aplicarte ciertas reducciones cuando realices la renta el IRPF recomendado a poner en la factura es el 7% así no tendrás que esperar a que Hacienda te realice la devolución.
A veces por simplicidad el profesional también puede optar por el 15 % y de esta forma evitarse formalismos
Si el IRPF recomendado es el 7% ¿Qué debo hacer para poder facturar?
En la normativa del impuesto establece que el tipo general de retención será el 15%, ahora bien los profesionales que en ejercicio anterior no hayan realizado actividad económica alguna pueden retener el 7%, pero para ello deben de comunicárselo al cliente.
Lo ideal, lo maravilloso y lo que todo el mundo debiera de hacer es realizar un escrito informando al cliente con el que se quiere trabajar, de que se te puede aplicar una retención reducida y la fecha del alta, es importante tener en cuenta que el 7% solamente se puede aplicar el año de inicio y los dos siguientes y que además nos referimos a años naturales.
Por ejemplo, un autónomo que sé dé de alta en marzo del 2023 podrá aplicar la retención del 7% durante el resto del 2023 y también durante todo 2024 y 2025.
Para soportar % de retención general no hace falta ningún formalismo, pero es importante que no engañemos al cliente, pues le podríamos meter en un problema si Hacienda se pusiera serio en este sentido.
La cuota de autónomos en 2023 estará comprendida entre los 230 euros y los 500 euros, y la cantidad a pagar dependerá de tu rendimiento neto.
Ahora bien, si es la primera vez que te vas a dar de alta como autónomo, debes conocer que tienes la posibilidad de optar a una tarifa plana reducida de 80 euros que deberás de solicitar en el momento de tramitar el alta en la seguridad social.
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Entonces, ¿para ser autónomo cuanto ahí que pagar?
La cuota de autónomos en 2023 estrena un nuevo sistema de cálculo, hasta la entrada de este nuevo sistema todos los autónomos pagaban lo mismo, salvo que se hubiesen cumplido una cierta edad donde la cuota subía un poco.
Para el año 2023 cada autónomo pagará una cuota diferente a la seguridad social y esta dependerá de los rendimientos netos.
Con lo cual habrá una diferencia entre aquellos que no llegan al salario mínimo interprofesional Base 751,63 y aquellos que ganan más de 6000 euros Base mínima 1633.99.
Si quieres obtener una aproximación de cuál va a ser tu cuota de autónomo, solo tienes que multiplicar por 31,2%la base de cotización que elijas
La cuota de autónomos en 2023 para nuevos autónomos sera de 80 euros siempre queacojan a la tarifa plana, para poder aplicar la tarifa plana se debe:
1. Solicitarla, es decir, en el momento del alta habrá que indicar que queremos aplicar la tarifa plana.
2. La base de cotización debe serobligatoriamente 950,98 euros
En principio, la tarifa plana tendrá una duración de un año, pero se podrá seguir con la misma un año más, siempre y cuando los rendimientos sean inferiores al salario mínimo interprofesional.
¿Consecuencias de no elegir bien la cuota de autónomos en 2023?
Para muchos autónomos, saber cuál es el rendimiento que va a obtener en 2023 es una tarea complicada, ya que sus rendimientos no dependen de unos ingresos periódicos o fijos, como puede ocurrir en el caso de algunos profesionales con lo cual adivinar en el mes de enero cuanto se va a ganar en el 2023 es bastante complicado.
La seguridad social nos está pidiendo que cojamos nuestros ingresos, le restemos los gastos sin tener en cuenta las propias cuotas de autónomos y multipliquemos este resultado por 0,93, y que basándonos en eso elijamos una base de cotización, esta tarea puede parecer muy fácil si se hiciera a año vencido, pero a un año vista posiblemente sea más sencillo jugar a la lotería o a la quiniela.
Pero no debemos de preocuparnos por el cálculo anteriormente mencionado, en caso de que fallemos se regularizara de oficio sin recargos ni intereses por la seguridad, teniendo en cuenta el resultado de nuestra declaración de la renta,.
¿Qué cuota de autónomos le interesa entonces pagar al autónomo?
Según mi opinión, la mínima posible, puesto que con 43 años, casi 44, tengo serias dudas de que vaya a tener jubilación y de que me interese jubilarme, pero esto es algo que podríamos debatir otro día.
En lo que se refiere a la cuota de autónomos a pagar a la seguridad social, teniendo en cuenta mi pensamiento pesimista, yo elegiré siempre la base mínima dentro de mi rango, ahora bien, esto es algo a lo que tenemos que prestar especial importancia, ya que va a ser importante ara nuestros intereses.
La seguridad social cada año comunica las cantidades que paga cada autónomo en concepto de cuota de autónomos a Hacienda, con lo cual el riesgo de no pagar la cuota de autónomos que se corresponde con nuestro tramo de rendimientos va a provocar que la Seguridad social va a tener que regularizar para ajustar y que ese ajuste no va a estar comunicado a Hacienda, puesto que la seguridad social no va a conocer cuál es el rendimiento del autónomo hasta que se presente la declaración de la renta.
¿Qué cuota de autónomos le interesa entonces pagar al autónomo?
Puede ocurrir qué hayas pagado de menos o hayas ingresado de más porque has estimado mal tus rendimientos en el ejercicio, en este caso serás objeto de una regularización obligándote a ingresar una cantidad o que la seguridad social deba devolverte dinero si has ingresado de mas.
A lo cual la consulta vinculante V2518-22 indica lo siguiente «el importe adicional a satisfacer por el contribuyente en el ejercicio siguiente como un mayor gasto deducible por cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a ese ejercicio»
Con lo cual no procederá rectificación de la renta, sino que lo incluiremos en el ejercicio en que se pague.
En el caso de que se produzca una devolución, esta deberá de incluir como menos gasto y en el caso de que la devolución sea mayor que el importe pagado a la seguridad social como rendimiento.
Declarar el alquiler en la renta, es una de las primeras cosas que debes de saber o al menos conocer si eres el propietario de un piso alquilado o actualmente estas viviendo en un piso en alquiler.
Seguramente sera una de las temas estrella de tu declaración si eres arrendador por que va a suponer que estas obteniendo un rendimiento y de no declararlo podrias tener problemas con Hacienda y si eres arrendatario por que puede que igual tengas la posibilidad de poder deducirtelo y ahorrarte un dinero.
En este articulo vamos a analizar como declarar el alquiler desde el punto de vista del arrendador con el fin de que puedas comprender la incidencia fiscal que tiene el mismo en tu tributación y asi puedas tener en cuenta a la hora de hacer tus calculos si te merece mas alquilar la vivienda para que alguien viva o de forma temporal mediante alguna plataforma digital por ejemplo.
En cuanto al tema deducción del alquiler le dedicaremos otro articulo aparte.
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¿Por que es importante declarar el alquiler en la renta?
Mucha gente ha evitado declarar el alquiler en la renta en el pasado, hoy en dia actuar de esta manera ha pasado de ser una imprudencia a ser totalmente temerario y es que en los ultimos años han sido varios cambios los que se han producido en la renta con el fin de que hacienda pueda darse cuenta de aquellas personas que no quieren declarar el alquiler de forma correcta.
La forma de declarar el alquiler en la renta se ha ido poco a poco modificando y cada vez son mas los datos que incluimos en nuestra declaración cuando consignamos en la misma los ingresos por arrendamiento (Nif del arrendatario , gechas de los contratos, dias en los que ha estado alquilado, precio de compra ….) Todos estos datos facilitan a los programas informaticos de la agencia tributaria realizar de forma eficiente un cruce de datos con las declaraciones de los arrendatarios los cuales ademas deben informar de donde viven metiendo el NIF del arrendador en el momento e hacer la declaracion.
Por otra parte teniendo en cuenta que el arrendador tiene que poenr las fechas de los contratos tamnpoco queda mucho margen para declarar el alquiler cuando a este le de la gana.
Aunque nos cueste reconocer y pagar nunca sea gratificante aqui Hacienda ha hecho realmente un buen trabajo.
Ademas esto le ha permitido poder eliminar las deducciones del alquiler sin perder el control sobre los ingresos por arrendamiento percibidos por el arrendador.
Ademas de todo este control no ahi que olvidar que Hacienda tiene hechado el cerco a portales como Idealista y son capaces de concer quien esta registrado en estos portales.
Asi que cuidado ¡NOS ESTAN VIGILANDO!
En este articulo trataremos de ayudar a los buenos contribuyentes que dentro de la legalidad quieren pagar lo menos posible cuando se dispongan a declarar el alquiler en la renta
¿Como declarar los ingresos por arrendamiento?
Conocer el importe que percibes por el alquiler de tu casa o de tu local es algo relativamente sencillo ya que basta con hechar un ojo al contrato de alquiler que tienes firmado con tu arrendatario y comprobar que realmente se corresponde con lo que te ingresa por dicho alquiler en el banco.
Tal vez si que existen mas dudas y suele estar menos controlados es que gastos podemos deducirnos por tener el piso alquilado, cuantos mas gastos menos supondra el efecto impositivo del alquiler en tu declaracion por lo que es aconsejable que lleves esto controlado en un excel o alguna aplicacion informatica.
¿Como prepararte para declarar el alquiler en la renta?
No esperes a que llegue abril para declarar el alquiler en la renta, lo que debes es ir preparandote desde enero para que cuando hagas la declaración no te coja desprevenido, para esto existen varis cosas que puedes ir haciendo a lo largo del año.
Punto 1 Ten cuidado con el uso que le da el arrendatario al piso.
La normativa fiscal prevee una reducción del 60% sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler pero para poder aplicarla sera necesario que dicha vivienda sea destinada a satisfacer la necesidad de vivienda del arrendatario.
No se trata de limita el uso por parte del arrendatario de la vivienda pero si de dejarle claro que si va a afectar la vivienda le vas a cobra rel IVA sobre dicha vivienda con lo cual le va a salir un 21% mas caro el alquiler y que hoy en dia no compensa afectar la vivienda a la actividad si esta de alquiler.
Por otra parte a ti te esta causando un perjuicio que provocara que cuando vayas de declarar el alquiler en la renta no tendras l posibilidad de aplicarte la reduccion del 60%.
Yo por ejemplo si viven de alquiler les explico las cosas pero que yo lo haga no significa que el resto de asesores o que el autonomo si realiza el solo sus declaraciones tenga esto en cuenta.
Asi que si no nos dandamos con ojo algun dia alguno llevara un susto en forma de cartita de la agencia tributaria.
Punto 2 Si vas a alquiler el piso con muebles incluyelos en el contrato.
La normativa tributaria permite ademas de la amortización del inmueble alquilado poder aplicar una amortizacion sobre los muebles cedidos con el mismo.
Logicamente se tendra que justificar que dichos muebles se usan para la vivienda si los incluimos en el contrato ya estara justificado.
Si yo fuera el arrendatario trataria de que cada cosa que compro y que incorporo a esa vivienda aparezca establecido en el contrato ya que seria una forma bastante correcta de ir justificando a Hacienda las diferentes gastos y mejoras en las que incurras en ese piso.
Para poder realizar el contrato de alquiler correctamente haz click aqui y te llevara ala pagina de idealista a una herramienta para que puedas preparar tu contrato de alquiler, ahora bien no te olvides que es muy importante indicar el uso que se le debe de dar a la vivienda.
¿Como debo declarar el alquiler en la renta?
No creo que cambie mucho la pantalla del programa padre o renta web con el que se hace la declaración de la renta ya que hoy en dia ya es bastante completo.
Lo primero que tendras que hacer es irte a la pantalladel programa de tu dclaración de la renta reservada a la declaracion de los inmuebles.
Una vez dentro nos encontraremos con la siguiente pantalla
En esta pantalla deberemos de informar sobre si dicho bien inmueble lo tenemos en propiedad o en usufructo, si tenemos la nuda propiedad a Hacienda no le interesa ya que únicamente generan rendimientos los bienes que tenemos a nuestra disposición ya sea a titulo de propietario o de usufructuario.
En cambio el nudo propietario nunca deberá de incluir el bien inmueble.
Por otra parte en la misma pantalla deberemos de incluir el uso de ese inmueble eligiendo entre:
A disposición de sus titulares, aquí se incluirían aquellos inmuebles no alquilados.
Vivienda habitual.
Vivienda en casos de separación o divorcio
Inmueble afecto a actividades económicas.
Como a nosotros lo que nos interesa es incluir el piso que tenemos alquilado en nuestra declaración deberemos de señalar la casilla de arrendamiento al igual que esta en la pantalla.
Una vez completado este paso y teniendo en cuenta que deberemos de incluir los datos del arrendamiento deberemos de pinchar en información adicional para que se nos abra la siguiente pantalla.
Desde la renta 2019 se han introducido algunos cambios a los que vamos a tener que estar muy atentos si queremos sacar un sobresaliente a la hora de confeccionar nuestra declaración de la renta ya que nos han cambiado algunas cosas aunque la esencia de la declaración sigue siendo la misma.
Como declarar un inmueble accesorio al piso alquilado.
Saber que inmuebles se pueden declarar como accesorios al piso que tenemos en alquiler puede ayudarnos a reducir la carga fiscal ya que si incluimos de esta forma los trasteros, garajes que pueden estar ligados a esa vivienda de la que estamos cobrando un alquiler nos puede reducir la carga fiscal.
Para poder realizar esto tendremos que abrir el desplegable de inmuebles accesorios pinchando en el lápiz y se nos abrirá la siguiente pantalla para que indiquemos las referencias catastrales y direcciones de los inmuebles alquilados como accesorios a la vivienda alquilada.
Como indicar el tipo de alquiler a declarar.
Si tenemos un piso en alquiler puede gozar con la ventaja de poder aplicar una reducción del 60% sobre los rendimientos obtenidos, no aplicable si el inmueble alquilado es un local o si siendo una vivienda el uso que se le da a la misma no es el de satisfacer la necesidad de vivienda habitual.
Una vez que ya tenemos los datos introducidos hemos indicado los inmuebles accesorios a ese alquiler y hemos indicado el tipo de alquiler que vamos a declarar lo siguiente sera calcular el rendimiento obtenido.
¿Como calcular el rendimiento del alquiler a declarar?
Es hora de meter los ingresos y los gastos para lo cual tendremos que ir completando los datos que aparecen en la siguiente pantalla.
Ingresos Íntegros: Hace referencia a los rendimientos brutos obtenidos por el piso es decir la cuantía del alquiler que recibimos cada mes. Si nuestro porcentaje de titularidad es el 50% deberemos de meter el 50% de la mensualidad pagada por el arrendatario.
De estos ingresos podrán restarse una serie de gastos.
¿Que gastos me puedo restar al declarar los rendimientos del inmueble alquilado?
A la hora de tener en cuenta los gastos a deducir del alquiler tendremos que separar los mismos en dos grupos.
Los gastos de reparación y conservación junto con los intereses. Estos gastos nunca podrán superar a la cantidad obtenida del alquiler.
El resto de gastos como comunidad, seguros, amortizaciones, suministros, tasas e impuestos como el IBI sobre lo que no existe limite
Clases de gastos.
Limitados
Intereses: Si realizamos una ampliación, una mejorara en el inmueble y para ello acudimos a financiación ajena podremos deducir los intereses que nos cobren. También serán deducibles los intereses pagados en la hipoteca constituida para la adquisición del inmueble. En todo caso estos gastos estarán limitados.
Los gastos de conservación y reparación: Son aquellos gastos en los que contribuyente incurre con el objetivo de mantener el bien alquilado en perfectas condiciones de uso y de mejora. Estos gastos no deben de confundirse con las ampliaciones y las mejoras pues en este caso no podrían imputarse como gastos en el ejercicio teniendo que amortizarse. Si son gastos de conservación los de sustitución de elementos, cambio de una caldera, cambio e calefactores, pintura … En cambio si colocamos aire acondicionado donde antes no existía estamos ante una mejora
La suma de estos gastos no podrá superar el valor recibido por el alquiler declarado en caso de ser mayores deberán de descontarse en las 4 rentas siguientes por lo tanto en la renta del 2019 podremos descontar los gastos que no se hayan podido deducir en los años 2015, 2016, 2017 y 2018
2. No Limitados
Gastos de comunidad: La mayoría de los pisos tienen gastos comunitarios ya que los bloques de edificios tienen elementos comunes que hay que conservar estos gastos de comunidad tienen carácter deducible.
Los gastos de formalizacion del contrato de arrendamiento: Si es el primer año que has alquilado un inmueble puede que hayas contratado los servicios de algún gestor/asesor que te ayudase a redactar el contrato el coste de sus servicios son deducibles.
Gastos de defensa jurídica: Aquí se incluirían los gastos soportados por pleitos con arrendatarios por ejemplo así como otros relacionados con el piso.
Otras cantidades devengadas por servicios personales:Podríamos incluir en este apartado los gastos de personas y empresa que hayamos contratado para el mantenimiento de nuestro inmueble, muchos de estos gastos van a estar incluidos en otras partidas ya que aqui antiguamente lo que se incluía principalmente es la comunidad que este año tiene su propio casilla.
Servicios y suministros:Si pagamos la luz, el agua de nuestro inmueble y no se lo repercutimos al arrendatario entonces podremos incluir estos gastos de lo contrario si se incluyen también deberían de contarse dichos gastos como rendimientos. Ojo con esos arrendadores que creen que por que lo incluyen en su renta que el arrendatario no le ha pagado.
Primas de contratos de seguros:Los seguros del hogar y los seguros de inquilinos son deducibles. Otros seguros como el seguro de vida no se pueden incluir como gastos aun cuando se hayan contratado junto con la hipoteca.
Tributos recargo y tasas: Impuestos como el IBI y el impuesto sobre basuras relacionados con el inmueble cuyo alquiler estemos declarando van a ser deducibles. Los recargos por declaración extemporánea y los intereses de demora son deducibles.
Saldo de dudoso cobro: Si nuestro inquilino no nos paga tendremos la posibilidad de poder deducirnos los impagos a la hora de calcular los rendimientos, pero para ello debe de haberse cumplido alguna de las siguientes condiciones:
Que existiera un concurso sobre el arrendador.
Cuando entre el momento de la primera gestión de cobro realizada por el contribuyente y el de finalización del período impositivo han transcurrido más de seis meses. Si el inquilino nos debiese los meses de mayo a diciembre por lo tanto únicamente vamos a poder meter los meses de mayo y junio.
Amortización de los bienes muebles cedidos con el inmueble: Aquí es donde entra en juego el haber hecho los deberes y haber realizado correctamente el contrato de arrendamiento. Para amortizar los bienes muebles debemos de usar las tablas de amortizacion de estimacion directa simplificada. El porcentaje tratándose de bienes muebles sera el 10%
Amortización del inmueble: Hacienda en el programa de este año para amortizar los bienes inmuebles nos obliga a completar una serie de datos a traves de la siguiente pantalla
Deberemos de indicar como se ha adquirido el bien inmueble, es decir si ha sido adquirido mediante una compraventa o bien a través de una donación o herencia.
Cuidado con la fecha de adquisición en las transmisiones lucrativas pues en el caso de herencia la fecha de adquisición es la del fallecimiento.
La base de la amortización sera la mayor de:
El precio de adquisición o valor catastral siempre excluyendo el valor del suelo en el caso de que la adquisición o el valor catastral siempre y cuando se trate de una adquisición onerosa.
El valor catastral y los impuestos que hayamos pagado en el momento de la donación o herencia , con lo cual el valor catastral siempre va a ser el elegido en el caso de que el inmueble se hubiese adquirido de forma lucrativa, esto la verdad facilita bastante los cálculos.
Es importante que los valores este correctos mas que nada por que se los estamos dando a Hacienda y puede ocasionarnos algún problema en el caso de una venta posterior.
Ojo: Estamos hasta ahora muy acostumbrados a realizar estos cálculos sin estas herramientas y si a la hora de amortizar cogemos el valor catastral entero en vez de coger la parte correspondiente podríamos estar deduciendonos de mas un gasto que seria muy fácil de detectar por parte de la administración tributaria. Estoy seguro que esto dará lugar a mas de un susto.
Los cambios en el funcionamiento del programa y los cambios en las normativas son una de las causas por lo que a mi no me gusta hacer declaraciones hasta el momento en el que se finaliza el trimestre.
Ademas este año el plazo para hacer la declaración y por lo tanto para declarar el alquiler se alargara. Vamos a ver como realizan la campaña de la renta esta gente sin que los contribuyentes y el personal temporal que se utiliza paras estas cosas por la administración puedan ir a trabajar no me extrañaría que una vez mas tiraran de nosotros los asesores para sacarles las castañas del fuego.
El porcentaje a aplicar sobre la base de la amortización sera del 3% siempre excluyendo el valor del suelo
Amortización de los inmuebles accesorios: Los inmuebles accesorios podrán amortizarse junto con el inmueble principal siguiendo las mismas normas utilizadas para este.
Otros gastos fiscalmente deducibles: La verdad que con tanto desglose se me hace difícil pensar en otros gastos fiscalmente deducible. ¿Se os ocurre algún otro gasto que podamos deducir a la hora de declarar el alquiler? ¿Tal vez la compensación aplicable a los alquileres de renta antigua?
Reducción por arrendamientos irregulares: La verdad que nunca he usado esta casilla aunque se para que sirve y es para contratos que a lo mejor aquí incluiríamos :
a) Los importes obtenidos por el traspaso o la cesión del contrato de arrendamiento de locales de negocio.
b) Las indemnizaciones percibidas del arrendatario, subarrendatario o cesionario por daños o desperfectos en el inmueble.
c) Los importes obtenidos por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute de carácter vitalicio (por ejemplo, un usufructo vitalicio).
En estos casos, el rendimiento neto se reduce en un 30%, siempre y cuando, además, se imputen a un único período impositivo, ya que si el rendimiento íntegro se imputara en varios períodos impositivos nunca va a poder reducirse el rendimiento neto.
Los anteriores gastos los podremos deducir para calcular el rendimiento de nuestro alquiler pero si el alquiler no se alquila durante todo el ejercicio económico es importante tener en cuenta que dichos gastos deben ser prorrateados.
¿Como declarar el alquiler el alquiler dependiendo del uso?
A la hora de declarar el alquiler del inmueble es muy importante tener en cuenta el uso que se le ha dado al mismo y si dicho inmueble tiene o no tiene cédula de habitabilidad.
Dependiendo del uso que se le de al inmueble como ya se indico al comienzo de este articulo existe la posibilidad de poder aplicar una reducción sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler del inmueble.
Por lo tanto debemos de declarar de diferente forma aquellos inmuebles que se usan para vivienda, para uso vacacional o si el alquiler es un local o inmueble que no tenga cédula de habitabilidad.
Declarar un inmueble usado como vivienda habitual.
Posiblemente el alquiler de viviendas para usarse como vivienda es uno de los mas habituales y también el único que te permitirá aplicarte la reducción del 60% sobre los rendimientos obtenidos.
Declarar un inmueble utilizado como vivienda puede parecer sencillo pero son varias las cosas que tendrás que tener en cuenta para realizar tu declaración de forma correcta.
En primer lugar al igual que sucede en la pantalla de a continuación deberás de marcar la clave 1 e indicar que el uso del inmueble sera el de vivienda habitual.
También deberás de indicar la fecha del contrato y los Nif de las personas que han ocupado el inmueble del año 2019
Uno de los problemas que puedes tener es pensar por ejemplo como introducir los datos si existen mas de un inquilino durante el año, ayer mismo me encontré con este problema un declarante que había tenido dos arrendatarios entonces me preguntaba tengo que meter el inmueble y repetirlo otra vez y entonces en vez de un inmueble aparecerían dos lo cual no me parecía muy correcto, y tras pensar encontré la solución.
Para poder declarar mas de un arrendatario lo que tendrás que hacer es ir a la pantalla de ingresos y gastos a la cual se ha indicado mas arriba podrás dar de alta tantos arrendamientos como fuesen necesarios.
Dar de alta varios arrendamientos nos permitirá poder reflejar los alquileres correctamente y aplicar correctamente la amortización del inmueble así como aplicarte los gastos de forma correcta lo cual va en sintonía con las intenciones de Hacienda al modificar el modelo.
Otra cosa que tienes que tener en consideración es que la reducción del 60% en este tipo de arrendamientos esta condicionada a la voluntad del contribuyente de informar correctamente los alquileres por lo que si piensas que vas a poder ocultar que tienes un piso alquilado lo cual hoy en día en un mundo cada vez mas informatizado y donde conocemos que Hacienda tiene acceso a datos como el consumo de luz y gas que se realiza en una vivienda parece casi imposible ademas vas a perder esta reducción por lo que nuestro consejo es que informes de los pisos que tienes alquilado.
Declarar un inmueble vacacional o cedido a AIRBNB.
Si el inmueble es ofrecido para estancias temporales posiblemente obtengas mas dinero por el sobre todo si se encuentra bien situado.
Los pisos vacacionales no tienen derecho a la reducción del 60%.
Pero si que vas a poder deducirte ciertos gastos que corren por tu parte y que no son repercutidos a los inquilinos la mayoría de veces como:
Internet
Teléfono
Luz
Agua
Gas
Estos gastos normalmente cuando el uso es de vivienda no es que no te los puedas deducir pero se suelen repercutir al inquilino por lo que si te los deduces como gastos también lo deberás de hacer como ingresos.
Declarar un local o inmueble sin cédula de habitabilidad.
Cuando el inmueble no tenga cédula de habitabilidad o bien tenga uso comercial ademas de IRPF deberás de repercutir a tu inquilino el IVA independientemente de que sea o no autónomo o una empresa, pero si ademas en el inmueble se desarrollara la actividad de una empresa o un autónomo o fuese usado como local accesorio (almacenes …) ademas deberá de soportarse retención salvo algunas excepciones.
Para introducir los pisos vacacionales y los inmuebles sin cédula de habitabilidad en la declaración de la renta deberás de usar la clave 2
Cambios a tener en cuenta para la realización de la declaración de la renta del ejercicio 2021.
Cambio 1
El tribunal Supremo a tumbado el algoritmo de hacienda de acuerdo a los criteriosde Hacienda a la hora de clacular la amortizacion de un inmueble heredado la base de dicha amortización estaba unicamente compuesta por el impuesto pagado mas los gastos cuando por ejemplo para el calculo de la ganancia patrimonial se tenia en cuenta el valor del bien declarado en el impuesto , esto carecia de todo sentido y era contraproducente por fin el tribunal supremo ha puesto a Hacienda en su sitio y podremos tomar como base el valor declarado en el impuesto. Os cuento un secreto muchos asesores llevamos usando este criterio mucho antes de que el tribunal supremo nos diera la razón.
Cambio 2
En 2022 sera todavía mas importante declarar el alquiler correctamente y a tiempo si queremos aplicar la reducción del 60% sobre los rendimeintos obtenidos del alquiler.
En cuanto a esta reducción podemos hablar de un antes y un despues a la renta del ejercicio 2021
ANTES:
Para pdoer aplicarse esta reduccións e tenian que cumplir dos requisitos:
Requisito 1. El piso alquilado tiene que destinarse a vivienda.
Requisito 2: La renta del alquiler debe ser declarada por el arrendador.
Hasta ahora si en el procedimiento de comprobacion se realizaba la declaración los tribunales exigian a Hacienda que el contribuyente podria aplicarse dicha reducción
Esto fue señalado por el Tribunal Supremo en la sentencia 3264/2020, de 15 octubre de 2020 , el cual permitia poder aplicar la reducción siempre y cuando declarase dichos rendimientos al recibir la comprobacion.
A PARTIR DEL 2021:
Solo sera posible aplicar la reducción del 60% al declarar el alquiler si los ingresos de alquiler han sido incluidos previamente al realizar la autoliquidación y siempre que esta se haya presentado antes de recibir la comprobación.
Esta modificacion noa fectara a als rentas anteriores en las que el contribuyente podra seguir presentando una autoliquidación si recibe una comprobación.
Asi pues mejor declararlos cuando vaya a realizar su declaración pues de lo contrario podria verse perjudicado seriamente.
. Apunte. Si usted no ha incluido unos rendimientos del alquiler de 10.000 euros en su autoliquidación pero los declara tras iniciarse una inspección, vea cuál será la regularización que le practicará Hacienda según el año del IRPF:
Concepto
IRPF 2020
IRPF 2021
Mayor rendimiento neto
8.000
8.000
Reducción 60%
-4.800
–
Rendimiento tributable
3200
8000
Cuota a pagar (1)
1.504
3.760
Para un tipo marginal del 47%. A esta cuantía hay que añadir los intereses de demora y la sanción que Hacienda decida aplicar.
Declarar la venta de un piso heredado supone, por un lado, la obligación de declarar en la mayoría de las ocasiones, al vender tu vivienda se produce una alteración en tu patrimonio que te va a obligar a incluir en la renta la ganancia patrimonial o la perdida obtenida.
Si normalmente por si sola la declaración de una ganancia o pérdida patrimonial no es una operación habitual que nos encontremos en nuestra declaración cuando el piso procede de una herencia, esto se puede complicar incluso más, ya que en muchas ocasiones nos podemos que la propiedad ha sido segregada diferenciándose, por una parte, la figura del nudo propietario y, por otra parte, la figura del usufructuario.
El derecho de usufructo, sobre una vivienda, es aquel que otorga al titular del mismo la posibilidad de poder disfrutar y obtener los frutos de la cosa dada en usufructo, en el caso de un piso es el que tiene derecho a poder disponer sobre el mismo para alquilar, para vender con lo cual es el que obtiene los frutos del mismo, motivo por el cual va a ser quien tiene que incluir el piso en su declaración.
La nuda propiedad. Es la persona a quien corresponde la propiedad de la cosa, pero a quien se le ha limitado el poder disfrutar de la misma
Cuando la propiedad y el disfrute de la misma se une en una misma persona, se dice que esa persona tiene el pleno dominio sobre dicha cosa.
En las ventas de los pisos heredados lo más habitual es encontrarse que el usufructo del piso pertenece a la madre o al padre, que es el cónyuge supérstite de una sociedad conyugal que en su día estuvo formado por el padre y la madre que eran dueños de la vivienda heredada y que como consecuencia del fallecimiento de uno de ambos fue obligatorio realizar un reparto de la herencia produciéndose el desdoblamiento de la mitad de la propiedad del piso.
En este artículo vamos a analizar las posibles dudas con las que nos podemos encontrar al intentar hacer una declaración de la renta en la que ahí que incluir la venta del piso heredado
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¿Como incluir en el IRPF la venta del piso heredado?
El IRPF es un impuesto directo que grava la renta obtenida por parte del contribuyente.
Dentro de nuestra declaración de IRPF estamos acostumbrados a encontrarnos rendimientos del trabajo, tal vez el alquiler de alguna vivienda, todas estas rentas van a la base general del contribuyente.
Por otra parte, existen ciertas operaciones cuyo fin suele ser la de obtener un mayor rendimiento a nuestros ingresos, fondos de inversión, algún depósito en alguna cuenta bancaria y otras operaciones que hacemos de vez en cuando, como la venta de algún bien que forman parte del ahorro
La venta de un piso heredado suele llevar aparejada la existencia de una alteración patrimonial, ya sea una ganancia o perdida patrimonial que deberá de declararse en el IRPF y que formara parte de la base imponible del ahorro.
Para poder incluir en nuestra declaración de la renta del ejercicio 2021 la venta de ese piso heredado vamos a necesitar definir ciertos elementos como la fecha de adquisición, su precio de adquisición y, por otra parte, el valor de transmisión y la fecha de dicha operacion
¿Cuál es la fecha de adquisición del piso heredado?
La herencia de un piso se obtiene por motivo de causa, con lo cual lo normal es que busquemos la fecha de la causa que ha provocado que el piso heredado haya pasado a formar parte de nuestro patrimonio, por lo tanto, el primer dato que deberemos de buscar en la escritura de la adjudicación de la herencia será la fecha del fallecimiento del causante.
Tomar otro dato como la fecha de la escritura como fecha de adquisición es un error que podemos cometer de forma fácil a la hora de declarar la venta de un piso heredado.
Una vivienda se puede obtener de dos formas, de forma onerosa pagando un precio de traspaso o de forma lucrativa, la herencia y la donación son las formas lucrativas más corrientes de obtener un piso.
Otra de las cosas que tenemos que tener en cuenta y que nos puede llevar al despiste es que los pisos se heredan de los padres, madres en la mayoría de las ocasiones, aunque también existen pisos heredados que proceden por ejemplo de la herencia de un tío, tío abuelo … A veces falta la escritura de la herencia y en ese plazo nos podemos encontrar que primero falleció el abuelo, después el padre y finalmente el nieto es el que vende el piso, con lo cual ahí que tener muy en cuenta de quien se hereda, si el abuelo falleció antes que el padre en el momento en que el nieto herede la fecha que tendrá que tomar como referencia será la del fallecimiento de su padre.
Por lo tanto, tenemos que tener esto en cuenta si él abuelo fallece antes que el padre primero, la herencia ha tenido que pasar al padre, si el fallecimiento del padre hubiese sido anterior al del abuelo, si que el nieto hubiese tenido que coger como referencia la fecha de fallecimiento de su abuelo pues el padre nunca hubiese podido heredar el piso vendido
¿Como conocer el valor de adquisición del piso heredado?
Otro de los momentos importantes a la hora de declarar la venta de un piso heredado por varios hermanos es conocer cuál es el valor de adquisición de dicho inmueble.
Esta investigación no siempre tiene la misma complejidad, va a depender de si el piso heredado se ha transmitido directamente a los hijos (declaración de la venta del piso heredado sencilla), o si ha existido antes un desglose del pleno dominio del piso es decir si existe un usufructuario normalmente el conyugue supérstite y por otro la un dueño de la nuda propiedad del piso este último caso de herencia va a dificultar algo más la forma de declarar la venta del piso heredado al existir una segregación de la propiedad
Cuando existe una segregación de la propiedad del inmueble va a ser necesario obtener de forma separada el usufructo y la nuda propiedad.
Como calcular el usufructo y el pleno dominio para poder declarar la venta de un piso heredado
Para poder calcular el usufructo deberemos de usar la siguiente fórmula
Calculo del Valor del usufructo= 89 – Edad contribuyente
En este calculo habrá que tener en cuenta las siguientes reglas:
Si el usufructuario es menor de 20 años el valor del usufructo será del 70%.
En el supuesto de que el usufructuario fuese mayor de 79 años el usufructo será el 10%
Por lo tanto teniendo en cuenta que el Notario siempre va a tener que otorgar un valor al bien heredado, vamos a poder calcular el valor de cada una de las partes.
Obtenido el usufructo la nuda propiedad la conoceremos por diferencia
¿Como obtener el valor de venta del piso heredado que queremos declarar?
Otro de los puntos claves a la hora de declarar la venta del piso heredado es obtener el valor de transmision del piso.
En este punto lo mas sencillo es qe la propiedad ya perteneciese a los hijos pero nos podemos encontrar con un problema bien por que se ha producido la consolidación de un dominio, bien por que el valor del usufructo ya no va a coincidir con el de la compra
Si nos remetimos al ejemplo del apartado anterior y a la nuda propiedad adquirida en el momento del fallecimiento del padre esta habrá sufrido una variación de valor por lo que el % en el caso de un hijo habrá aumentado mientras el % del piso de la madre habrá disminuido, en el caso del ejemplo anterior es de 9 puntos por lo cual si el piso es transmitido por 200.000 y teniendo en cuenta que la nuda propiedad solo afecta al 50% del piso el valor de transmisión de dicho derecho de nuda propiedad sera del 70% de dicho bien.
Este 70% es sacado de la formula del usufructo 89-59 = 30%
Por lo tanto el valor de transmisión del piso para la nuda propiedad del 50% correspondiente al hijo seria de 70% s/ 100000= 70000 euros.
¿Como calcular la alteración patrimonial sufrida como consecuencia de la venta del piso heredado?
Para declarar la venta del piso heredado y teniendo en cuenta los aspectos comentados anteriormente en lo relativo a la fecha de adquisición del mismo, el precio de adquisicion, precio de venta lo mejor es prepararnos un excel con el fin de que solo tengamos que traspasar a nuestra declaración de la renta estos datos y facilitar de esta forma la inclusion de los datos que tenemos que declarar como consecuencia de la venta.
Otro consejo es que todos los hermanos o herederos traten de realizar la renta con los mismos criterios para lo cual o buscamos un asesor que realice el calculo de la ganancia patrimonial o perdida de todas las personas implicadas en la venta del piso o que al menos este dispuesto a colaborar para realizar de forma correcta la declaración.
El piso heredado puede ser transmitio mediante donacion o mediante venta, con lo cual habra que tener en cuenta que nunca podra obtenerse un resultado negativo en una transmision de forma lucrativa.
En este articulo nos hemos centrado en lo que es la venta, en cuyo caso el piso heredado a declarar se habra transmitido de forma onerosa con lo cual como resultado podemos obtener tanto una ganancia como una perdida
Para ver esto lo mejor es verlo con un ejemplo.
Imaginémonos que se produce el fallecimiento de un padre el 30 de junio del año 2010 cuando la madre tenia 50 años y el hijo tenia 24 años. El valor otorgado al piso en escritura ha sido de 150.000 euros mientras que el valor de adquisicion fue de 100.000
Lo normal es que en dicha herencia el piso haya pasado en nuda propiedad al hijo y el usufructo a la madre, si seguimos la formula podemos saber que el valor del usufructo ha cambiado desde el momento del fallecimiento del padre hasta la venta por lo cual el hijo al transmitir la nuda propiedad debera de conocer que:
En el año 2010 el usufructo de la madre era de 89-50= 39% por lo que la nuda propiedad suponia un 61% del valor del piso.
Por otra parte en el 2021 cuando se vende el piso el % correspondiente al usufructo es de 89-61= 28% mientras que la nuda propiedad ha pasado a ser un 72%.
Si queremos calcular la ganancia patrimonial obtenida por el hijo sera de
Usufructo en 2010 =29250
Nuda propiedad en 2010= 45750
El ejemplo esta hecho sobre un piso que tenia titulo de ganancial con lo cual la propiedad del 50% le corresponde a la madre por ella misma mientras que el 50% es donde se produce el desglose de la propiedad del piso adquirido a traves de la herencia
Por lo tanto el precio de adquisición de la parte del piso heredado que se transmite para el hijo sera de 45750 euros
Mientras que por parte de la madre 29250
Posterormente el piso se vende por 200.000 euros , en ese momento habra que tener en cuenta que:
* El valor del usufructo se ha actualizado, con lo cual deberemos de calcular nuevamente el usufructo en el momento de la venta.
Ganancia patrimonial correspondeinte al hijo
100000*0,72= 72000 euros es el valor que le corresponde sobre el precio de venta
teniendo en cuenta que en el momento de la adquisicion tenia un valor de 45750 la ganancia es de 26250
A la hora de declarar la venta del piso heredado no debemos de olvidarnos que estas operaciones llevan a aprejados unos gastos como plusvalias, pagos de impuestos ….que pueden ser restados de la ganancia patrimonial obtenida.
Ganancia patrimonial correspondiente a la madre.
Aqui tendremos que tener en cuenta que realmente se producen dos ganancias patrimonial, la primera por la venta de su parte del piso y por otra parte por la transmision del usufructo que tenia sobre dicho piso provocado por el fallecimiento del marido
Parte 1
100000-50000 = 50000
Parte 2
28000 – 29250 = -1250
Ganancia patrimonial madre 48750
Podrian existir dudas sobre si en el momento de la venta a la hode de declarar la venta de un piso heredado con usufructo es necesario actualizar el valor del usufrcto, Hacienda en este caso mantiene el cirterio de que el usufructo debe actualizarse teniendo en cuenta la edad del usufrcutuario.
Otra de las casuisticas que nos podriamos haber encontrado a la hora de declarar la venta de un poiso heredado es que antes de la venta del piso heredado se hubiese producido el fallecimiento de la usufructuaria consolidandose el dominio.
¿Como declarar la venta de un piso heredado si se ha producido la consolidacion del dominio?
En el ejemplo anterior hemos visto como declarar la venta del piso heredado tanto si en el momento de heredar el piso copmo en el momento de la venta existen las personas del nudo propietario y usufructuario
¿Pero que hubiese ocurrido si se hubiese producido el fallecimiento del usufructuario en algun momento?
En dicho caso nos hubiesemos encontrado que al declarar el piso heredado este inmueble va pertenecer en pleno dominio al heredero con lo cual por una parte nos vamos a econtrar con una segunda herencia en la que ademas se habra consolidado el dominio de la parte heredada primeramente del padre.
Si bien conocemos que la fecha que tenemos que coger a la hora de declarar un piso procedente de una herencia es la del fallcimiento del causante, donde podriamos tener dudas es que ha ocurrido en el momento de consolidarse el dominio y cual es la fecha que tenemos que entender como adquisicion de esa parte.
Hacienda en este sentido entiende que la fecha de la adquisicion es la del causante es decir la del primer fallecido con lo cual si bien por un lado tendremos que tener en cuenta a la hora de declarar el piso heredado que vamos a tener una segunda fecha de adquisicion del 50% restante en el caso de la adquisición del usufructo d ela primera parte va a ser la fecha en la que adquirimos la nuda propiedad.
Lo anotado en el parrafo anterior es una cuestion que vamos a tener que tener en cuenta ya que nos va a permitir poder aplicar los coeficientes de actualización sobre la totalidad del precio de adquisicion de esa parte del piso, con lo cual podremos obtener una importante rebaja de impuestos
A la hora de declarar la venta de un piso heredado tenga en cuenta que si se ha producido la consolidacion del dominio podras aplicar el coeficiente de actualización de precios sobre la totalidad del precio de adquisicion de la parte heredad y no solo sobre la nuda propiedad adquirida en un primer momento.
¿Que gastos me puedo deducir al declarar la venta de un piso heredado?
Ademas del valor de venta podran deducirse los gastos necesarios para la adquisicion y venta del piso heredado como;
El ISD pagado en el momento de la donacion.
Gastos de notaria.
Gastos de la agencia inmobiliaria si es que se ha vendido por agencia.
gastos que haya originado la escritura como los de actos jurídicos documentados
Si realizas obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de tu vivienda no debes de olvidarte incluirlas en tu declaración.
Desde el 6-10-2021 hasta el 31-12-2022 será posible deducirnos en nuestra declaración de la renta parte de los pagos hechos con el fin de mejorar la eficiencia energetica de nuestras viviendas, aunque la deducción también será aplicable si dichas viviendas están destinadas al alquiler.
En concreto, la normativa del IRPF ha establecido 3 nuevas deducciones cuyo incentivo es la de que las personas residentes fiscales en España puedan encontrar cierto incentivo para mejorar sus viviendas.
Las deducciones que permitirán deducirse entre un 20, 40 o 60% de la inversión realizada en eficiencia energetica se dividirán en:
Deducción por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda (20%)
Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda (40%)
Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios (60%)
¿Cómo se aplican estas deducciones?
Todas las deducciones relativas a la mejora de la eficiencia energetica tienen un rasgo característico comun , para poder aplicarse la deducción va a ser necesario contar con el certificado de eficiencia energéticay va a ser este certificado el que va a permitir al contribuyente deducirse la inversión en su declaración.
Para poder aplicarte las deducciones de eficiencia energetica sera necesario que cuentes con un certificado energetico que acredite que con la obra se ha conseguido el objetivo
Estas deducciones cuentan con una serie de requisitos comunes pero tambien hay que tener en cuenta ciertas diferencias.
Las deducciones sirven para minorar la cuota integra estatal por lo que habra que tener en cuenta lo que has cobrado y tu cuota integra ya que no daran como resultado un valor negativo.
REQUISITOS COMUNES DEDUCCIONES DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGETICA
Todas estas deducciones tienen ciertos requisitos comunes:
Será necesario que la inversión sea pagada mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o mediante ingreso en cuentas a las personas o entidades que realizan las obras, las personas o entidades que expiden certificado energético, no debiendo de tenerse en cuenta aquella parte de la inversión que sea o fuese a ser financiada mediante ayudas públicas. Se trata de evitar el pago en efectivo y los chanchullos claro
Como inversiones válidas se admiten el pago de profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obra, ejecución de obra o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para el desarrollo de la obra, así como la emisión del propio certificado energético. Lo que no se tiene que tener en cuenta es en ningún caso la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil (como por ejemplo el petróleo, el carbón y el gas natural) . Vamos todo lo relacionado con la obra practicamente salvo aquellos equipos que utilicen aquelloq ue se trata de evitar precisamente.
Certificados energéticos que deberán de ser expedidos de acuerdo a lo dispuesto en el RD 390/2021. A efectos de acreditación serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras, siempre que no hubiese transcurrido el plazo de dos años entre la fecha de su expedición y el inicio de estas.
Para poder aplicar la deduccion las cantidades deberan estar pagadas y el certificado energetico emitido
REQUISITOS ESPECÍFICOS DEDUCCIONES DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGETICA
Las deducciones por mejoras de eficiencia energética se han dividido dependiendo de si se pretende mejorar la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda o si lo que se pretende es hacer una mejora eficiencia más amplia de todo el consumo de energía no renovable o bien mejora el edificio y tambien presentan algunas diferencias.
Deducción por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda
Esta deducción permite deducir el 20% de las cantidades destinadas a la realización de obras que mejoren la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
Si invertes 4000 euros en realizar una obra con el fin d ereducir la demanda de calefaccion y refrijeracion la base de la deducción estara formada por esos 4000 euros ,ya que el limite maximo de la cantidad sobre la que te puedes aplicar esta deducción es de 5000.
Necesitaras tener un certificado energetico emitido antes del 01 de Enero del 2023 que acredite que con la obra se ha conseguido el objetivo –> El objetivo a conseguir reducir en un 7% la demanda de calefaccion y refirgeracion
El certificado energetico es el que te va a permitir poder aplicarte la deducción tambien es necesario que las cantidades pagadas eesten pagadas en el momento de hacer la declaración sino necesitaras presentar despues una declaración rectificativa
Ejemplos:
Si Juan hace una obra para mejorar la eficiencia energetica paga 6000 euros , 3000 euros en abril del 2021 y otros 3000 euros en abril del 2022 puede aplicarse la deduccion sobre la base limite de 5000 con lo cual la deducion sera de 1000 euros,
Si el certificado de Juan se emite en Enero del año 2022 , Juan tendra que esperar a 2022 para poder aplicar esta deduccion
Si una parte de la obra es pagada por Juan en diciembre del 2022 tendra que presentar una declaración rectificativa
Esta deducción no es aplicable cuando:
– la obra se realice en las partes de las viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos;
-la obra de derecho a practicar la deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda. Es decir, si se puede aplicar la deducción del 40% es esta la que se aplicara.
– la mejora acreditada y las cuantías satisfechas correspondan a actuaciones realizadas en el conjunto del edificio y proceda la aplicación de la deducción por obras de rehabilitación energética en edificios
Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda
Esta deducción se aplica sobre obras que permiten reducir el indicador de consumo de energía primaria no renovable en un 30% o bien se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B» en la misma escala de calificación
Va a ser necesario la existencia de un certificado energetico emitido por el tecnico ompetente antes del 01 de Enero del 2023
Permite deducir el 40% sobre una base maxima de 7500 euros
Sin el certificado energetico y sin haber pagado las obras no se puede aplicar la deduccion, por loq ue el año de aplicacion de la misma sera la de emision del certificado
Por ejemplo
El señor Gandia contrata a la empresa Madrid para realizar una reforma con el fin de reducir el consumo de energía de su vivienda obteniendo de esta forma una reducción del indicador de consumo de energia no renovable en mas de un 30 % dichas obras cuestan 10000 euros
Caso 1 Los pagos de la obra se realizan el 30 de Abril del 2021 y 30 de abril del 2022 y el certificado energetico se emite en 2022 , en el momento de realizar la declaración podremos tener en cuenta tanto las cantidades pagadas en 2021 como en 2022 con el limite de 7500
Caso 2Los pagos tienen lugar el 31 de Diciembre del 2021 y Diciembre del 2022 y el certificado se emite en 2021, en este caso para realizar la declaración de la renta del 2021 tendremos que tener en cuenta únicamente la cantidad pagada en Diciembre del 2021 y cuando paguemos en diciembre del 2022 tendremos que presentar una declaración rectificativa aplicándonos la deducción pendiente. En este caso debe tenerse en cuenta igualmente el limite de los 7500 en todo momento.
Una obra tampoco podrá dar derecho a practicar esta deducción y la de obras destinadas a reducir el consumo de calefacción y refrigeración.
Caso 3 , si en vez de una obra se ejecutasen dos obras para mejorar la eficiencia energetica de su vivienda, por ejemplo, una primera por la que se obtiene un certificado energético, en febrero, por la que se redujo la demanda de calefacción y posteriormente se realiza otra obra con la que se obtiene una reducción del consumo de energía primaria renovable y se expide un certificado energético por ejemplo en julio que acredita esto, este contribuyente va a tener derecho a poder aplicarse las dos deducciones. Cada una con su límite independiente
Esta deducción no será aplicable cuando:
– la obra se realice en las partes de las viviendas afectas a una actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos;
– la mejora en eficiencia energetica acreditada y las cuantías satisfechas correspondan a actuaciones realizadas en el conjunto del edificio y proceda la aplicación de la deducción por obras de rehabilitación energética en edificios
Deducción por obras de rehabilitación energética en edificios
Se permitirán a los vecinos de edificios de uso predominantemente residencial deducir las obras que tengan lugar entre el 06 de octubre del 2021 y 31 de diciembre del 2023 que sirvan para mejorar la eficiencia energética del edificio. El % maximo de deduccion sera de 60%
En este caso la base máxima de deducción será de 5000 euros por año aunque se permitira deducir el excedente en los cuatro años siguientes siempre y cuando la base acumulada no sobrepase los 15000 euros.
Para poder acreditar esto sera necesario la emision de un certificado energetico emitido por el tecnico competente dando fe de dicha rehabilitacion energetica exigiendose que dicha rehabilitacion permita una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30% como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación, respecto del expedido antes del inicio de las mismas.
Como en el resto de deducciones anteriores relativas a la mejora de la eficiencia energetica el documento necesario para poder aplicar la deduccion sera el certificado energetico, en el caso de que este sea emitido en un año posterior se tomara como base de deducion el conjunto de cantidades pagadas desde el comienzo de la obra hasta el 31 de diciembre del año de emision del certificado, auqnue habra que tener en cuenta que si en el momento de la declaración no estan pagadas para poderse aplicar la deduccion va a ser necesario presentar primero una declaracion y posteriormente una rectificacion salvo que se sobrepase el limite.
Precisiones
1) Se asimilan a viviendas las plazas de garajey trasteros que se hubieran adquirido con estas.
2) La deducción no se aplica por las obras realizadas en la parte de la vivienda que se encuentre afecta a una actividad económica.
3) Tratándose de obras llevadas a cabo por una comunidad de propietarios, la cuantía susceptible de formar la base de la deducción de cada contribuyente viene determinada por el resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad de propietarios el coeficiente de participación que tuviese en la misma.
Trimestre autonomo, el trimestre o la declaración trimestral es un término del que como autónomo aprenderás a odiar, pero que obligatoriamente debes conocer, si pretendes empezar tu aventura empresarial, ya que tarde o temprano tendrás que hacerle frente a tu declaración trimestral de impuestos
En este artículo explicaremos en que consiste, sobre cuál creemos que es la mejor forma para hacerle frente y como podemos planificar de la mejor forma posible este momento con el fin de que lo podamos superar de forma exitosa.
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¿Qué es el trimestre autonomo?
Nos referimos por trimestre autónomo a la declaración trimestral de los impuestos, que se trata de un periodo de tiempo en el cual los autonomos tienen que dar cumplimiento con la presentación de sus declaraciones tributarias, en concreto existen cuatro trimestres autónomos divididos a lo largo del año.
Para el año 2022 los trimestres autónomos tendrán de plazo durante los días del 1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre, y el del cuarto trimestre se dividirá en varios plazos, ya que dependiendo de la declaración, el plazo puede acabar el 20, el 30 o el 31 de enero del año 2023. Se recomienda quedarse con la idea de que el trimestre autónomo se presenta siempre en los días 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero, aunque esto no sea exacto.
Así pues, llamamos trimestre autonomo al momento o periodo en el que los autonomos presentan sus declaraciones y saldan sus deudas con Hacienda.
¿Qué declaraciones se presentan durante el trimestre autonomo?
Durante el trimestre autonomo se presentan un montón de declaraciones de diversos tipos, ya que es el momento en que las asesorías, los autonomos y todas las empresas tienen que hacer frente en España a la liquidación y presentación de los impuestos.
Existen declaraciones que por ejemplo tienen por objeto liquidar algún impuesto como por ejemplo el IVA, en otras declaraciones algunos autonomos tienen que adelantar una parte de sus beneficios a Hacienda a cuenta de un impuesto futuro como es el impuesto sobre la renta o IRPF que finalmente se liquidara en los meses de abril al último día de junio salvo que este sea inhábil en cuyo caso al igual que ocurre con las declaraciones trimestrales esta declaración de carácter anual se alarga al primer día hábil del mes siguiente. Además de estas declaraciones trimestrales en las que el autonomo tienen que hacer frente a la presentación del trimestre de sus propios impuestos, también es posible que en algún momento tenga que hacer frente al ingreso de alguna retención si tiene un local alquilado, tiene trabajadores o hace uso de otros profesionales para poder desarrollar su actividad.
Las principales declaraciones que se presentan durante el trimestre autonomo son:
Las retenciones de los profesionales y trabajadores (Modelo 111)
Algunos autónomos en algunas ocasiones para cumplir con Hacienda tienen que presentar otros modelos no periódicos como el modelo 309 o el Modelo 349.
¿Qué información debe contener las trimestrales que se presentan durante el trimestre autonomo?
Existen varias declaraciones trimestrales, el modelo 303 o el modelo 130 posiblemente sean las declaraciones trimestrales más conocidas por los autónomos, dependiendo del tipo de declaración trimestral a presentar el contenido de las mismas variará.
Normalmente, las declaraciones trimestrales suelen incluir los datos de las operaciones que han tenido lugar en el trimestre anterior a la fecha del trimestre autónomo correspondiendo,
Por ejemplo las operaciones que han tenido lugar durante los meses de enero, febrero y marzo serán las operaciones que se incluyan en el primer trimestre autónomo que tiene lugar entre los días 1 y 20 de abril este será por ejemplo el funcionamiento del modelo 303,
Pero a diferencia del resto de declaraciones trimestrales también deberá de presentarse el modelo 130 o de pagos fraccionados del IRPF donde la información se incluye de forma acumulativa
Por ejemplo el modelo 130 incluye los datos de esta forma con lo cual cuando vayas a presentar el segundo, tercer o cuarto trimestre de autónomo no solamente tendrás que tener en cuenta las operaciones que habrás realizado durante el trimestre en curso, sino desde el día 1 de Enero hasta el último día del trimestre de referencia
Por lo tanto, a la hora de confeccionar los modelos trimestrales tenemos que tener muy en cuenta el modelo que estamos confeccionando y los datos que en él vamos a incluir para no equivocarnos
¿Cómo podemos prepararnos para el trimestre autónomo?
Como en muchos otros problemas que se nos presentan en la vida, la mejor forma de poder enfrentarnos a un problema y superarlo con éxito es contar con una planificación previa del problema, nadie nos va a eliminar la obligación de tener que presentar declaraciones trimestrales o pagar impuestos durante la época del trimestre autónomo, pero sí que podemos seguir algunos pasos para que el trimestre autonomo no nos caiga de sorpresa y poder afrontarlo de la mejor forma posible.
Por ejemplo, muchas veces habrás oído que el IVA no es algo que nos corresponda y que la tarea que nos toca desempeñar respecto a este impuesto es la de actuar de recaudadores, por lo tanto, aquí tienes tres posibilidades:
Ser precavido y llevar un Excel, una aplicación de facturación en la que puedas ir apartando el IVA repercutido a los clientes,
otra posibilidad es la de crear una cuenta en la que se meta solo el dinero de IVA y así cuando llega el momento de tener que presentar la declaración trimestral el dinero ya está ahorrado
Una solución algo más cara es que el IVA se pague poco a poco mientras vamos adquiriendo liquidez. El interés legal del dinero actualmente es un 3
Si eres un autónomo que realiza una actividad con IVA otra idea de reducir tu carga trimestral es que si vas a realizar una compra, hacer una inversión en la que se va a tener que pagar IVA (Soportar) una idea es hacer dicha compra o inversión justo antes del periodo en el que presentaras la declaración trimestral, ya que de esta forma el IVA se recuperara primero.
Durante las declaraciones trimestrales también se tienen que presentar los pagos fraccionados, estos pagos fraccionados son adelantos de una renta futura con lo cual lo que pagas hoy no lo pagaras mañana por lo que no debe preocuparte adelantar una parte de tu beneficio a Hacienda porque si tienes pocos beneficios Hacienda te acabara devolviendo el dinero, el modelo 130 que es la declaración trimestral mediante las cuales se hacen estos pagos sirve básicamente como medio de control para hacienda y, por otra parte, para que no tengas que pagar todo de golpe cuando hagas la declaración anual. Ahora bien, recuerda que tendrás que adelantar un 20% de tus beneficios, con lo cual teniendo en cuenta que este % es adicional al IVA lo que puedes hacer es ir como mínimo ir llevando en un Excel una relación de tus ingresos y gastos y sin contar el IVA ir metiendo en el banco cada mes un 20% de la diferencia.
Cuando tienes un local alquilado o contratas profesionales, entonces en el momento del pago existe la obligación de retener, por eso tú debes pensar siempre que lo que debes pagar al mes es la base más el IVA e ir ingresando la retención en la cuenta de pagos de impuestos.
Siguiendo estas pautas afrontar con éxito el trimestre autónomo será muy sencillo, una vez que hayas presentado todos los impuestos puedes hacer una transferencia de esa cuenta a tu cuenta personal y así cada trimestre contaras con el dinero suficiente para hacer frente a tus declaraciones, otra idea seria que si no lo necesitases para vivir este dinero lo fueses dejando ahí y lo tuvieses disponible para la renta o para el pago de cualquier improvisto.
Rellenar el modelo 037 y darte de alta como autónomo es posiblemente uno de los primeros pasos que tendrás que realizar como autónomo, por eso con este artículo pretendemos facilitarte un poco la tarea y que puedas darte de alta sin ningún problema, leerlo te supondrá 5 minutos y, en cambio, podrás evitar sanciones.
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¿Qué es el modelo 037?
El modelo 037 es una declaración censal, que como autónomos tendras que rellenar para que en Hacienda se nos dé de alta en un censo especial «censo de empresarios profesionales y retenedores» el cual va a estar formado por todas aquellas personas fisicas y juridicas que realizan actividades economicas en España.
Mediante el 037 podras indicar o modificar datos relativos a:
– El domicilio fiscal
– El domicilio a efectos de notificaciones
– Haberse producido la modificación de otros datos identificativos
– Haberse producido alguna variación en relación a la actividad desarrollada por el contribuyente
– El impuesto sobre el valor añadido
– En las obligaciones que afectan al impuesto sobre la renta personas físicas
– Se haya producido el nacimiento en la obligación de retener
– Se haya producido la baja de la actividad
Pero para todo ello sera necesario que lo primero de todo informes Hacienda que vas a iniciar una actividad y solicitas el alta en el censo de empresarios informando de todas tus obligaciones.
Desde que mandamos el 037 relleno, solicitando dicho alta formaremos parte del censo de empresarios y podremos decir que estamos dados de alta en Hacienda.
Ahora bien ademas de ese alta en el modelo 037 deberemos de rellenar otras muchas cosas
¿Como rellenar el modelo 037?
El 037 debera estar correctamente rellenado indicando entre otras cosas las obligaciones fiscales que tiene de cara a los impuestos trimestrales a los que tiene que hacer frente cada autonomo.
En concreto en este modelo se informara de:
Las causas que originan su presentación, por ejemplo el alta de la actividad economica
La identificación del obligado tributario que solicita el alta en el censo de empresarios profesionales y retenedores
Las obligaciones que tendrá aquel que cursa el alta respecto al impuesto de la renta de las personas físicas
Las mismas obligaciones que en el punto anterior pero respecto al impuesto sobre el valor añadido o IVA
La obligación de retener o realizar ingresos a cuenta como consecuencia de tener trabajadores, contratar profesionales o ser arrendatarios de locales donde se desarrollan actividades
Los datos relativos a la actividad económica como a los locales donde se desarrolla la actividad o la indicación a la administración tributaria de que la actividad se desarrolla fuera de un local
Cada autónomo es un mundo por lo que tendras que tener muy en cuenta tus obligaciones fiscales pues no son las mismas para alguien que realiza actividades exentas, que para un comercio al por menor pero a la mayoria de los autonomos son 2 los impuestos principales a los que tendra que enfrentarse IRPF e IVA.
Aqui tienes dos opciones el alta en la casilla 600 si realizas una actividad por cuenta propia o bien el alta en la casilla 601 si la actividad es realizada mediante una entidad en régimen de atribucion de rentas como puede ser el caso por ejemplo de una ESPJ.
La fecha si tienes claro a quien van a ir dirigidos tus servicios o en el caso de que realices una actividad empresarial sera la misma que la de inicio de actividad en caso contrario tambien podras marcar d espues si tienes obligación o no de realizar pagos fraccionados.
Otro aspecto importante es elegir bien el metodo de estimacion de los rendimientos economicos de la actividad
Los autonomos aunque no todos ellos en principio pueden determinar los rendimientos de la actividad economica mediante estimación directa normal o simplificada y por el metodo de estimación objetiva, este ultimo metodo tiene como caracteristica especial que los rendimientos se determinan en funcion de las sillas , potencia nuemero de trabajadores que tienen una actividad a los que denominamos como signos, indices modulos por eso cuando hablamos de este metodo se suele utilizar el termino «modulos» mas que estimacion objetiva. Para poder determinar los rendimientos mediante modulos la actividad debe aparecer en la orden de modulos
Es importante tener claro como vamos a determinar los rendimientos de nuestra actividad en nuestra declaración de la renta, aunque siempre existe la posibilidad de renunciar tacitamente a los modulos si no lo tioenes claro, si ya lo sabes que quieres determinar tus rendimientos mediante estimación directa simplificada y la actividad en principio esta incluida en la orden de modulos cuando des de alta la actividad en el propio modelo 037 deberas de renunciar a los modulos y marcar la casilla de estimación directa simplificada
En el caso de que la actividad no se pudiera determinar por el metodo de modulos solamente habra que incluir dicha actividad en el metodo de estimación directa simplificada.
Rellenar el apartado del IVA en el modelo 037
Otro de los temas que tendremos que abordar en el momento de rellenar el modelo 037 va a ser marcar las obligaciones en lo relativo al IVA
Lo primero marcar si vamos a tener que presentar declaraciones de IVA de forma periodica.
Una de las dudas es sobre cuando debo marcar «si» o cuando debo marcar «no», por un lado realizaran actividades exentas aquellas incluidas en el articulo 20 de la ley del IVA actividades realizadas para la curacion, trtatamiento de enfermedades, educativas, derechos de autor …. Alguien que realiza solo actividades exentas no es sujeto pasivo del IVA
Por ejemplo traductor que realiza unicamente traduciones audiovisuales.
Por otra parte las incluidas en el articulo 26 de la ley del IVA
Por ejemplo una adquisiciones intracomunitariasde bienes exentas (artículo 26 Ley 37/1992) Ejemplo: Las adquisiciones intracomunitarias de bienes cuya entrega en el territorio de aplicación del impuesto hubiera estado, en todo caso, no sujetao exenta en virtud de lo dispuesto en los artículos7,20,22,23 y 24 de la Ley del IVA.
Un autonomo sujeto al recargo de equivalencia no realiza exclusivamente este tipo de actividades por lo que marcara que no
Lo siguiente marcar la fecha de inicio la actividad
Lo normal es hacerlo es marcando las casillas 502 y 503 iniciando las compras en el momento en que te das de alta en Hacienda para realizar la actividad economica, tambien se puede hacer un alta previa marcando las casillas 504 y 505 esto te permite deducirte el IVA incluso antes de iniciar la actividad pero suele dar problemas con la seguridad social y nosotros lo que menos queremos es complicarnos la existencia.
Este apartado debera de rellenarse incluso cuando se trate de una actividad exenta.
Es hora de elegir el régimen de IVA que te corresponde
El IVA es un impuesto largo en el encuentras varios regimenes, en el régimen general es en el que te vas a encontrar la mayoria de las actividad, el recargo de equivalencia afecta a aquellos que compran bienes para revender y el régimen sumplificado a las actividades en modulos.
El regimen de agricultura, ganaderia y pesca queda reservado a estos colectivos y el criterio de caja no compensa, ni te interesa para muchas empresas que si les podia interesar llego bastante tarde.
Podemos olvidarnos practicamente de todos los demas aspectos relativos al IVA, si inicaramos dos actividades exentas podriamos proponer un % de deduccion para los gastos comunes , yo soy mas partidiario de no deducirse los gastos hasta el 4 trimestre el primer año en el que sucede esto salvo que sepamos que la diferencia va a ser bastante grande
» Lo que no pagues hoy lo pagaras mañana» dijo alguna vez algun sabio»
Las retenciones e ingreso a cuenta.
La obligación de retener nace en el momento del pago
Pagos que normalmente son a trabajadores, profesionales o al dueño del local en el que ejerces la actividad. El modelo 037 te permite rellenar este tipode retenciones
Las reteneciones de los trabajadores es importante tenerlas actualizadas e informar a Hacienda cuando existe y cuando no esta relacion ademas es una relacion que suele ser constante, el tema de los profesionales si por ejemplo tenemos un profesional del que sabemos que vamos a tener ingresos todos los meses deberiamos de tenrla dada de alta, si recibimos facturas de vez en cuando igual es mejor idea dejarlo en blanc
Las retenciones del alquiler deben estar marcadas
La obligación de presentar los modelos en principio solo se tienen cuando realizas pagos aunque en el tema de los trabajadores es mejor presentar el modelo correspondiente si estan dadas de alta, ayudara a evitar problemas
Como rellenar en el 037 la actividad economica
Lo primero que tenemos que saber es que tipo de actividad es la que vamos a realizar
Aqui el mayor probelma es saber si vamos a realizar una actividad empresarial o profesional, sino lo tienes claro un poco mas arriba en este mismo articulo tienes un enlace que te puede solventar las dudas, no sirve eso de darse de alta donde queremos y ahi que saber diferenciar.
Por ejemplo entre un jardinero y una persona que ejerce la actividad de jardineria con ttrabajadores , local …. el primero sera una actividad profesional y la otra una actividad empresarial y las obligaciones son distintas e incluso es posible que una deje tributar mediante modulos y otra no. (Para eso tendras que consultar la orden de modulos)
Si vas a realizar una actividad de veterinario es importante que iniques el tipo de actividad es profesional , que estas dentro del grupo de profesionales y la actividad que vas a realizar.
La seccion o grupo el epigrafe es el que se debe de añadir en el apartado IVA en este caso por ejemplo seria 2/013 lo que se indicaria en la casilla 511
Como rellenar en el 037 el tema de los locales y el lugar de trabajo
Muchas actividades profesionales se pueden realizar sin ningun lugar de trabajo , quien le quita por ejemplo a un traductor que se siente en un banco en la playa con su portatil y empiece a traducir.
En este caso lo que deberas de indicar es que la actividad se desarrolla fuera de un local determinado indicando la provincia y ciudad desde donde realizas tu actividad
Si tienes un local, una oficina donde realices tu actividad o tienes una parte de tu vivienda destinado a tal fin entonces deberas de afectar dicho lugar a la actividad, indicando que dicho espacio esta directamente afecto
Antes de afectar una vivienda en alquiler ten en cuenta que el alquiler de la vivienda habitual esta exento solo si se destina exclusivamente al uso de viviendas , afectar una vivienda en alquiler puede traer problemas para el arrendador y para el profesional .
Si ademas haces uso de otro local para algo deberas tb de afectarlo a la actividad pero de forma indirecta.
Como puedes ver los locales indirectamente afectos a la actividad son aquellos que se usar pero no para realizar la actividad, con lo cual una oficina administrativa no es lo mismo que una oficina por ejemplo de una oficina de abogados donde si se lleva a cabo la actividad principal de la empresa.
Aunque el modelo 037 sirve para comunicar el alta de la actividad economica y otras muchas cosas es importante conocer que se trata de un modelo simplificado por lo que esta limitado a obligados tributarios que cumplan ciertos requisitos.
¿Quien puede utilizar el modelo 037?
Podran presentar este modelo simplificado de declaración censal aquellos que:
Sean residentes en España
Tengan asignado un Número de Identificación Fiscal
No tengan la condición de gran empresa
No actúen por medio de representante
Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa
No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del régimen simplificado, régimen especial de la agricultura ganadería y pesca o régimen especial de recargo de equivalencia
No sirve para solicitar el alta en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA
No realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido
No realicen ventas a distancia
No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros
¿Estás pensando cuál es mínimo para hacer la declaración de la renta?
¿Este año has tenido dos pagadores? , ¿has obtenido ingresos por las ventas de unas criptomonedas? o ¿estás suponiendo que si obtienes algún ingreso aparte de tu jubilación vas a tener que presentar la declaración de la renta con todos tus ingresos? …. Estas son algunas de las cuestiones por las que una persona puede tener cierto temor a la declaración de la renta, por lo que quieren saber cuál es el mínimo de rendimientos que pueden obtener para no tener que declarar.
Conocer el mínimo que te permite, no tener que hacer la declaración, es una buena forma de realizar una planificación fiscal eficiente, ahora bien, estudiar tu declaración y poder tomar la decisión de sí te conviene o no hacer la declaración siempre es algo que te puede venir bien.
Por ejemplo, yo tengo un cliente que ya hace algunos años haciendo la declaración de un año en la que estaba obligado a declarar, revisamos que hubiese pasado, si hubiésemos hecho la declaración en aquel momento descubrimos que Hacienda le hubiese devuelto unos 1000 euros por año, por suerte mi cliente pudo cobrar sus devoluciones pues tuvimos la suerte de que los ejercicios no estaban aún prescriptos ¿Pero si hubiesen prescripto?
Conocer cuál es el mínimo para no tener que hacer la declaración es importante y muchas veces nos puede permitir ahorrar dinero, pero en otras ocasiones será mejor hacer la declaración.
Mínimo para hacer la declaración con rendimientos del trabajo
Si solo percibe rendimientos del trabajo (salarios, pensiones de jubilación, prestación por desempleo …) y no se llega al mínimo de, 22000 euros, no se tiene obligación de presentar la declaración de la renta
Se supone que este trabajador, las retenciones, la empresa ya las ha calculado de forma correcta y con lo cual esa declaración saldrá una cantidad a ingresar muy pequeña o una cantidad a devolver y Hacienda, de esta forma no te exige que hagas la declaración para no tener que devolverte.
Cuando se tienen más de un pagador el límite es de 14000 ¡Aunque vaya con cuidado, a veces incluso teniendo un pagador el límite se sitúa en los 14000!
– Empleadas del hogar
-Administradores de empresas
– Si se han percibido pensiones del extranjero
Mínimo para hacer la declaración si se reciben otras rentas
También puede que durante el año hayas recibido otro tipo de rentas, estos son los mínimos a partir de los cuales tienes que declarar
– Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención 1600 euros o más.
– Imputaciones, rentas inmobiliaria, rendimientos de letras, tesoro y subvenciones recibidas para la compra de vivienda protegidas superior a 1000 euros.
– Cuando se hayan recibido rendimiento de actividades económicas, de alquileres o ganancias patrimoniales, si dichas rentas junto con las del capital mobiliario y rendimientos del trabajo superan los 1000 euros.
– En el caso de recibir ayudas públicas como el ingreso mínimo vital que obliga a declarar independientemente del importe.
– Cuando se haya incurrido en perdidas patrimoniales superiores a 500 euros
También será necesario presentar la declaración cuando nos queramos aprovechar de la deducción de la inversión o de ciertas reducciones aplicables, como por ejemplo las existentes por aportaciones a planes de pensiones o patrimonios protegidos
Las rentas exentas no se deberán tener en cuenta para el cómputo de los mínimos que obligan a declarar, por otra parte, estos límites serán los mismos tanto si tributas individualmente como conjuntamente con tu unidad familiar
Algunos ejemplos en los que un contribuyente tendría que declarar:
* Contribuyente con unos rendimientos del trabajo percibidos por la jubilación de, 15000 euros y una segunda residencia en Playa Gandía con un valor catastral de, 98000 euros
Como consecuencia de la segunda residencia se tendría obligación de declarar, una solución sería donarla a sus hijos o venderla y meter el importe ganado en una renta vitalicia
* Si recibes rentas del trabajo de un pagador por, 21000 euros y un dividendo de 3000 euros
Quien te obliga a declarar es el cobro del dividendo
Sin actividad modelo 303 también tendrá que presentarse, de lo contrario te llegara una sanción.
En este artículo te hablaremos sobre la obligación de presentar el modelo 303 y porque es importante que conozcas este modelo si realizas o vas a realizar una actividad en la que se pueda devenga IVA o se encuentre sujeta a IVA.
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¿Qué es el modelo 303?
El modelo 303 es el modelo utilizado por la mayoría de las empresas y autónomos para pagar y liquidar el IVA mensual o trimestral, dependiendo de las obligaciones de cada uno.
Mediante este modelo se puede pagar, domiciliar o aplazar la liquidación del IVA, pero a través del mismo también se transmite mucha otra información como:
Operaciones de Venta
Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios
Otras operaciones en las que existe obligación de aplicar la inversión del sujeto pasivo .
El recargo de equivalencia que los proveedores tienen que cobrar a sus clientes.
Las modificaciones del IVA soportado y repercutido.
El IVA que soportamos en las compras que hacemos y servicios que contratemos en España.
La adquisición de bienes superiores a 3000 euros que tienen la condición de bienes de inversión, ya sean españoles, intracomunitarias o importaciones
Además de estas operaciones en las que se repercute y deduce el IVA también deben incluirse otras que afectan al IVA y por las que se tiene derecho a poder deducirte el IVA, pero en las que no tiene que repercutirse el IVA por encontrarse no sujetas o exentas por reglas de localización
¿Y los trimestres de IVA sin actividad como se presentan?
Si tienes marcada la obligación de presentar el IVA en el modelo 036/037 deberás de presentar este modelo pero indicando en el mismo que no ha habido actividad.
De esta forma cumplirás con, Hacienda y evitarás que te llegue un requerimiento.
Esto ocurre porque hacienda no conoce si tú tienes la obligación de presentar el modelo 303 y el hecho de que un trimestre no hayas recibido ni emitidas facturas con IVA no supone que hayan desaparecido tus obligaciones fiscales, sino que pueden existir x circunstancias por las que no haya existido actividad para la empresa
¿Cuándo se presenta el IVA?
El plazo para presentar el IVA va a depender de si tus obligaciones son trimestrales o mensuales
IVA trimestral
Este es el IVA que presentan la mayoría de las empresas y autónomos
El IVA trimestral se presenta
Los primeros 20 días de abril, julio y octubre
Para el 4 trimestre el plazo finaliza el 30 de enero
El IVA mensual
Hasta el último día del mes siguiente, salvo que este termine en día inhábil
¿Qué sanción me pueden poner si no presento el modelo 303?
Las sanciones que te pueden poner por no presentar en plazo el 303 va a depender en parte del resultado que arroje la declaración, con lo cual no va a ser lo mismo que presentes la declaración, existiendo la obligación de ingresar la sanción es del 50 al 150% de la cantidad dejada de ingresar, en cambio, si es negativo la sanción es 200 euros
Si corregimos la declaración antes de que se nos requiera, la sanción se reducirá a la mitad en caso de ser negativa, mientras que si es positiva se nos aplicaría los recargos del periodo ejecutivo sin sanción
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